Disposiciones generales. . (2024/515-8)
Decreto 169/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Deporte.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 15 - Martes, 27 de agosto de 2024
página 49848/13
Disposición transitoria segunda. Servicios comunes de la Consejería de Cultura y
Deporte y de la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior.
Hasta tanto se apruebe la correspondiente modificación de la relación de puestos
de trabajo, como consecuencia del Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre
reestructuración de Consejerías, los servicios comunes centrales y periféricos de
la extinta Consejería de Turismo, Cultura y Deporte seguirán prestando servicios a la
Consejería de Cultura y Deporte, continuando subsistentes y serán retribuidos con cargo
a los mismos créditos presupuestarios a que venían imputándose.
Disposición transitoria tercera. Subsistencia de delegaciones de competencias.
Las delegaciones de competencias que en materia de cultura y deporte se encuentren
vigentes a la entrada en vigor del presente decreto, continuarán desplegando su eficacia
en tanto en cuanto no se efectúen nuevas delegaciones o se revoquen las existentes por
los órganos que resulten competentes para ello con arreglo a lo dispuesto en el presente
decreto, prevaleciendo en caso de divergencia las delegaciones de competencias
efectuadas por la extinta Consejería de Turismo, Cultura y Deporte.
Disposición transitoria cuarta. Procedimientos en tramitación.
Los procedimientos iniciados y no concluidos a la entrada en vigor del presente
decreto, seguirán su tramitación en los distintos órganos directivos que, por razón de la
materia, asuman dichas competencias.
Disposición transitoria quinta. Política de Seguridad de la Tecnología de la Información
y de las Comunicaciones.
A los efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 1/2011,
de 11 de enero, por el que se establece la política de seguridad de las tecnologías de
la información y comunicaciones en la Administración de la Junta de Andalucía, y en
tanto la Consejería de Cultura y Deporte no disponga de una Política de Seguridad TIC
propia, se regirá por la establecida por la Orden de 15 de noviembre de 2023, por la que
se establece la política de seguridad de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte
en los ámbitos de seguridad interior, seguridad de las tecnologías de la información y
comunicaciones y de la protección de datos personales.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
dispuesto en el presente decreto.
Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.
Se faculta a la Consejera de Cultura y Deporte para dictar cuantas disposiciones
sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el presente decreto.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 26 de agosto de 2024
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00306798
Consejera de Cultura y Deporte
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 15 - Martes, 27 de agosto de 2024
página 49848/13
Disposición transitoria segunda. Servicios comunes de la Consejería de Cultura y
Deporte y de la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior.
Hasta tanto se apruebe la correspondiente modificación de la relación de puestos
de trabajo, como consecuencia del Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre
reestructuración de Consejerías, los servicios comunes centrales y periféricos de
la extinta Consejería de Turismo, Cultura y Deporte seguirán prestando servicios a la
Consejería de Cultura y Deporte, continuando subsistentes y serán retribuidos con cargo
a los mismos créditos presupuestarios a que venían imputándose.
Disposición transitoria tercera. Subsistencia de delegaciones de competencias.
Las delegaciones de competencias que en materia de cultura y deporte se encuentren
vigentes a la entrada en vigor del presente decreto, continuarán desplegando su eficacia
en tanto en cuanto no se efectúen nuevas delegaciones o se revoquen las existentes por
los órganos que resulten competentes para ello con arreglo a lo dispuesto en el presente
decreto, prevaleciendo en caso de divergencia las delegaciones de competencias
efectuadas por la extinta Consejería de Turismo, Cultura y Deporte.
Disposición transitoria cuarta. Procedimientos en tramitación.
Los procedimientos iniciados y no concluidos a la entrada en vigor del presente
decreto, seguirán su tramitación en los distintos órganos directivos que, por razón de la
materia, asuman dichas competencias.
Disposición transitoria quinta. Política de Seguridad de la Tecnología de la Información
y de las Comunicaciones.
A los efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 1/2011,
de 11 de enero, por el que se establece la política de seguridad de las tecnologías de
la información y comunicaciones en la Administración de la Junta de Andalucía, y en
tanto la Consejería de Cultura y Deporte no disponga de una Política de Seguridad TIC
propia, se regirá por la establecida por la Orden de 15 de noviembre de 2023, por la que
se establece la política de seguridad de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte
en los ámbitos de seguridad interior, seguridad de las tecnologías de la información y
comunicaciones y de la protección de datos personales.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
dispuesto en el presente decreto.
Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.
Se faculta a la Consejera de Cultura y Deporte para dictar cuantas disposiciones
sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el presente decreto.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 26 de agosto de 2024
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00306798
Consejera de Cultura y Deporte
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