Disposiciones generales. . (2024/515-4)
Decreto 165/2024, de 26 de agosto, por el que se modifica el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 15 - Martes, 27 de agosto de 2024
página 49844/4
Seis. Se modifican los apartados 3 y 4 del artículo 8, que quedan redactados como
sigue:
«3. Corresponde a la Secretaría General del Agua impulsar y coordinar la ejecución
de las acciones relacionadas con las siguientes materias:
a) La política de agua y, en especial, la protección y recuperación del ciclo integral
del agua y la promoción de su uso sostenible, eficiente y responsable de acuerdo con el
interés general y el Pacto Andaluz por el Agua.
b) La planificación hidrológica de las cuencas intracomunitarias; la definición y
coordinación de acciones de prevención de avenidas e inundaciones y situaciones de
sequía, sin perjuicio de las competencias de las Entidades Locales.»
«4. En particular, corresponden a la Secretaría General el ejercicio de las siguientes
funciones:
a) El diseño, la programación, la evaluación y el seguimiento mediante indicadores
de las políticas de incentivos públicos en el ámbito de sus competencias, incluidos los
financiados con fondos europeos, en coordinación con la Secretaría General de Fondos
Agrarios y Desarrollo Rural y sin perjuicio de las competencias de los órganos que
ejerzan la Autoridad de Gestión de estos fondos.
b) El seguimiento del grado de ejecución de las subvenciones en el área de agua, sin
perjuicio de las competencias de los órganos directivos centrales dependientes de ella.
c) La definición y desarrollo de las acciones frente a la escasez de agua, así como
el impulso y coordinación de las actividades de I+D en colaboración con universidades y
otros centros de investigación en el ámbito de sus competencias.
d) La programación, promoción y fomento de actividades de educación y
sensibilización sobre usos del agua.
e) La coordinación de los proyectos de colaboración o cooperación en el marco
de las políticas de la Unión Europea y con entidades públicas y privadas nacionales e
internacionales en su ámbito competencial.
f) La coordinación de los órganos colegiados de ámbito autonómico con competencias
en agua.
g) La ordenación y regulación de los sistemas de gestión supramunicipales del agua
de uso urbano, así como la tramitación de los expedientes de constitución de los mismos.
h) El impulso y la coordinación de la fiscalidad en materia de aguas competencia de
la Consejería, así como la aprobación, tras el análisis de la propuesta de la Dirección
General de Infraestructuras del Agua, de los cánones y tarifas previstos en la normativa
andaluza en materia de aguas además de la gestión de su cobro.
i) El análisis y evaluación de la aplicación del principio de recuperación de costes para el
cumplimiento de los objetivos previstos en la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306794
la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria relativas a su
dirección y ejecución.
d) El impulso y coordinación de actuaciones para la mejora del funcionamiento de
los mercados agrarios y alimentarios, con especial atención a la calidad y trazabilidad de
los productos y a la generación de valor y su adecuado reparto en todas las fases de la
cadena agroalimentaria.
e) La coordinación y el seguimiento de los controles de la cadena alimentaria.
f) El impulso de acciones para fomentar la transformación digital y la bioeconomía
circular en la cadena de valor agroalimentaria.
g) El impulso y coordinación de los planes y programas en materia de infraestructuras
rurales y de regadíos, sin perjuicio de las competencias de la Dirección General de la
Producción Agrícola y Ganadera relativas a su dirección y ejecución.
h) El diseño, la programación, evaluación y seguimiento mediante indicadores de las
políticas de incentivos públicos, incluidos los financiados con fondos europeos agrarios,
en coordinación con la Secretaría General de Fondos Agrarios y Desarrollo Rural.»
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 15 - Martes, 27 de agosto de 2024
página 49844/4
Seis. Se modifican los apartados 3 y 4 del artículo 8, que quedan redactados como
sigue:
«3. Corresponde a la Secretaría General del Agua impulsar y coordinar la ejecución
de las acciones relacionadas con las siguientes materias:
a) La política de agua y, en especial, la protección y recuperación del ciclo integral
del agua y la promoción de su uso sostenible, eficiente y responsable de acuerdo con el
interés general y el Pacto Andaluz por el Agua.
b) La planificación hidrológica de las cuencas intracomunitarias; la definición y
coordinación de acciones de prevención de avenidas e inundaciones y situaciones de
sequía, sin perjuicio de las competencias de las Entidades Locales.»
«4. En particular, corresponden a la Secretaría General el ejercicio de las siguientes
funciones:
a) El diseño, la programación, la evaluación y el seguimiento mediante indicadores
de las políticas de incentivos públicos en el ámbito de sus competencias, incluidos los
financiados con fondos europeos, en coordinación con la Secretaría General de Fondos
Agrarios y Desarrollo Rural y sin perjuicio de las competencias de los órganos que
ejerzan la Autoridad de Gestión de estos fondos.
b) El seguimiento del grado de ejecución de las subvenciones en el área de agua, sin
perjuicio de las competencias de los órganos directivos centrales dependientes de ella.
c) La definición y desarrollo de las acciones frente a la escasez de agua, así como
el impulso y coordinación de las actividades de I+D en colaboración con universidades y
otros centros de investigación en el ámbito de sus competencias.
d) La programación, promoción y fomento de actividades de educación y
sensibilización sobre usos del agua.
e) La coordinación de los proyectos de colaboración o cooperación en el marco
de las políticas de la Unión Europea y con entidades públicas y privadas nacionales e
internacionales en su ámbito competencial.
f) La coordinación de los órganos colegiados de ámbito autonómico con competencias
en agua.
g) La ordenación y regulación de los sistemas de gestión supramunicipales del agua
de uso urbano, así como la tramitación de los expedientes de constitución de los mismos.
h) El impulso y la coordinación de la fiscalidad en materia de aguas competencia de
la Consejería, así como la aprobación, tras el análisis de la propuesta de la Dirección
General de Infraestructuras del Agua, de los cánones y tarifas previstos en la normativa
andaluza en materia de aguas además de la gestión de su cobro.
i) El análisis y evaluación de la aplicación del principio de recuperación de costes para el
cumplimiento de los objetivos previstos en la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306794
la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria relativas a su
dirección y ejecución.
d) El impulso y coordinación de actuaciones para la mejora del funcionamiento de
los mercados agrarios y alimentarios, con especial atención a la calidad y trazabilidad de
los productos y a la generación de valor y su adecuado reparto en todas las fases de la
cadena agroalimentaria.
e) La coordinación y el seguimiento de los controles de la cadena alimentaria.
f) El impulso de acciones para fomentar la transformación digital y la bioeconomía
circular en la cadena de valor agroalimentaria.
g) El impulso y coordinación de los planes y programas en materia de infraestructuras
rurales y de regadíos, sin perjuicio de las competencias de la Dirección General de la
Producción Agrícola y Ganadera relativas a su dirección y ejecución.
h) El diseño, la programación, evaluación y seguimiento mediante indicadores de las
políticas de incentivos públicos, incluidos los financiados con fondos europeos agrarios,
en coordinación con la Secretaría General de Fondos Agrarios y Desarrollo Rural.»