Disposiciones generales. . (2024/515-4)
Decreto 165/2024, de 26 de agosto, por el que se modifica el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 15 - Martes, 27 de agosto de 2024
página 49844/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
El Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías,
establece el reparto competencial de las Consejerías que forman parte de la
Administración de la Junta de Andalucía con el fin de acompasar su actividad con la
ejecución del conjunto de políticas públicas que conforman el programa político del
Gobierno, buscando la máxima eficiencia posible en el empleo de los recursos públicos
para hacer frente a las circunstancias de orden político, económico y social en las que se
encuentra en la actualidad la Comunidad Autónoma de Andalucía.
De esta forma, establece en su artículo 4 que corresponden a la Consejería de
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural las competencias que actualmente tiene
atribuidas, así como las hasta ahora ejercidas por la Consejería de Sostenibilidad,
Medio Ambiente y Economía Azul en materia de uso, gestión y conservación sostenible
de los recursos marinos y por la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social
y Simplificación Administrativa en materia de protección y tenencia de los animales de
compañía.
No obstante, la experiencia adquirida en el transcurso de la presente Legislatura,
unida a la necesidad de optimizar el funcionamiento de los distintos órganos directivos
centrales, con la finalidad de posibilitar una mayor eficacia y eficiencia de los mismos,
hacen aconsejable establecer una nueva distribución de las competencias atribuidas
a estos órganos, con el fin de clarificar y mejorar su ejercicio, así como plasmar una
apropiada adscripción de las distintas unidades, servicios y entidades dependientes de la
Consejería.
De conformidad con lo establecido en el artículo 27.18 de la Ley 6/2006, de 24 de
octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 24.1 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, corresponde
al Consejo de Gobierno aprobar la estructura orgánica de las Consejerías.
El presente decreto se adecúa a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26
de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, según el cual
los poderes públicos integrarán la perspectiva de género en la elaboración, ejecución
y seguimiento de las disposiciones normativas, con el objeto de eliminar los efectos
discriminatorios que pudieran causar y fomentar la igualdad entre mujeres y hombres.
Este decreto ha sido tramitado con respeto a los principios de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En cumplimiento de los principios de necesidad y eficacia, este decreto se justifica
por razón de interés general como es modificar la estructura orgánica de la Consejería
de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, de manera que la misma se adecúe a la
realidad actual de su organización, siendo la presente norma el instrumento establecido
por la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, para
la consecución de dicha finalidad.
Por otro lado, se cumple el principio de proporcionalidad, ya que la presente norma
contiene la regulación imprescindible para atender la necesidad a cubrir por la misma.
Con el fin de garantizar el principio de seguridad jurídica, el presente decreto se
dicta en coherencia con el resto del ordenamiento jurídico de la Comunidad Autónoma
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306794
Decreto 165/2024, de 26 de agosto, por el que se modifica el Decreto 157/2022,
de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 15 - Martes, 27 de agosto de 2024
página 49844/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
El Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías,
establece el reparto competencial de las Consejerías que forman parte de la
Administración de la Junta de Andalucía con el fin de acompasar su actividad con la
ejecución del conjunto de políticas públicas que conforman el programa político del
Gobierno, buscando la máxima eficiencia posible en el empleo de los recursos públicos
para hacer frente a las circunstancias de orden político, económico y social en las que se
encuentra en la actualidad la Comunidad Autónoma de Andalucía.
De esta forma, establece en su artículo 4 que corresponden a la Consejería de
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural las competencias que actualmente tiene
atribuidas, así como las hasta ahora ejercidas por la Consejería de Sostenibilidad,
Medio Ambiente y Economía Azul en materia de uso, gestión y conservación sostenible
de los recursos marinos y por la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social
y Simplificación Administrativa en materia de protección y tenencia de los animales de
compañía.
No obstante, la experiencia adquirida en el transcurso de la presente Legislatura,
unida a la necesidad de optimizar el funcionamiento de los distintos órganos directivos
centrales, con la finalidad de posibilitar una mayor eficacia y eficiencia de los mismos,
hacen aconsejable establecer una nueva distribución de las competencias atribuidas
a estos órganos, con el fin de clarificar y mejorar su ejercicio, así como plasmar una
apropiada adscripción de las distintas unidades, servicios y entidades dependientes de la
Consejería.
De conformidad con lo establecido en el artículo 27.18 de la Ley 6/2006, de 24 de
octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 24.1 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, corresponde
al Consejo de Gobierno aprobar la estructura orgánica de las Consejerías.
El presente decreto se adecúa a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26
de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, según el cual
los poderes públicos integrarán la perspectiva de género en la elaboración, ejecución
y seguimiento de las disposiciones normativas, con el objeto de eliminar los efectos
discriminatorios que pudieran causar y fomentar la igualdad entre mujeres y hombres.
Este decreto ha sido tramitado con respeto a los principios de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En cumplimiento de los principios de necesidad y eficacia, este decreto se justifica
por razón de interés general como es modificar la estructura orgánica de la Consejería
de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, de manera que la misma se adecúe a la
realidad actual de su organización, siendo la presente norma el instrumento establecido
por la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, para
la consecución de dicha finalidad.
Por otro lado, se cumple el principio de proporcionalidad, ya que la presente norma
contiene la regulación imprescindible para atender la necesidad a cubrir por la misma.
Con el fin de garantizar el principio de seguridad jurídica, el presente decreto se
dicta en coherencia con el resto del ordenamiento jurídico de la Comunidad Autónoma
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306794
Decreto 165/2024, de 26 de agosto, por el que se modifica el Decreto 157/2022,
de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.