3. Otras disposiciones. . (2024/165-11)
Resolución de 16 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Vela.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 165 - Lunes, 26 de agosto de 2024

página 49710/14

Artículo 21. De las políticas de privacidad y condifencialidad de la FAV.
Será considerada información confidencial:
- Datos de los empleados/as, regatistas, colaboradores, proveedores y demás terceras
personas relacionadas con la FAV, que no hayan sido difundidos públicamente dentro de la
legalidad y en el ámbito del desarrollo de su actividad, o por los propietarios de los datos.
- Documentación, que influya directa o indirectamente en el desarrollo de cualquier
actividad (acuerdos de patrocinio, partes médicos de afiliados, información económica, etc.)
- Procedimientos, políticas, procesos, técnicas, y conocimientos no difundidos
públicamente por la FAV.
Todos los cargos de representación y gobiernos, de órganos técnicos, empleados, y
afiliado en general deberán cumplir con el deber de discreción, secreto y confidencialidad
en relación con la información de la que disponen en el ejercicio de las actividades
propias de sus funciones.
Se utilizará la información exclusivamente con fines legítimos y de forma honesta y
responsable, y se dará cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de
Datos y demás normativa que vele por la confidencialidad de la información.
Se deberá cumplir estrictamente con el deber de confidencialidad, según lo dispuesto
en los contratos suscritos con los diferentes contratistas, proveedores, y demás terceras
personas.
Ningún obligado podrá, ni durante la vigencia de su relación laboral, ni una vez
finalizada ésta, difundir información confidencial sin la debida autorización de la FAV.
Se deberá informar con carácter inmediato al órgano de control, cualquier uso,
difusión y/o publicación de información confidencial por parte de los obligados, así como
cualquier intento realizado por un tercero ajeno, de obtener información confidencial de
cualquier obligado.
Se firmará obligatoriamente un documento de confidencialidad en el contrato, en el
momento de la incorporación de cualquier empleado, empresa o colaborador externo,
que vaya a tener acceso a datos confidenciales.
La difusión de información confidencial, material impreso o digital producido por la FAV
para cualquier fin, la captación de imágenes fotográficas o filmación de cualquier tipo en
las instalaciones, así como cualquier otra acción que implique la publicidad de materiales
propiedad de éste, o con su nombre, deberá contar con la autorización del presidente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00306660

Los usuarios no podrán, en ningún caso, alterar en todo o en parte, cualquiera de
los recursos TIC de la federación, o instalar programas informáticos por su cuenta y
riesgo. En este sentido, queda estrictamente prohibido el uso de programas informáticos
sin la correspondiente licencia, así como el uso, reproducción, cesión, transformación o
comunicación pública de cualquier tipo de obra o invención protegida por derechos de
propiedad intelectual o industrial.
Los programas o software instalados en los activos informáticos titularidad de la
Federación, son propiedad de ésta, o de uso en la nube, estando prohibida su uso, copia
y/o reproducción no autorizada expresamente. Asimismo, la federación será también
titular de los derechos de propiedad intelectual e industrial sobre las obras e invenciones
creadas en o con los medios de la federación, o en el seno de la relación laboral.
No se permite copiar o reproducir software licenciado a favor de la federación en
dispositivos informáticos personales, aunque el software vaya a emplearse para
actividades profesionales relacionadas con la federación. Tampoco deben emplearse
los recursos TIC de la federación para descargar, copiar, alterar, modificar, mezclar
o manipular ningún medio electrónico, datos o software que pudiera contravenir la
legislación sobre derechos de propiedad intelectual.
La actividad de control y monitorización de recursos TIC, por parte de la FAV, se
realizará en todo momento cumpliendo la legalidad vigente y respetando los derechos
fundamentales de los profesionales.