Disposiciones generales. . (2024/165-1)
Resolución de 1 de agosto de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se convocan ayudas por desplazamiento, en régimen de concurrencia competitiva, al alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos que realiza el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo o la formación práctica en la Formación Profesional dual en el curso académico 2023/2024.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 165 - Lunes, 26 de agosto de 2024
página 49286/2
2. La presente convocatoria se regirá por la Orden de 2 de marzo de 2017, por la que
se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por desplazamiento, en
régimen de concurrencia competitiva, al alumnado de centros docentes sostenidos con
fondos públicos que realiza el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo o
la formación práctica en la Formación Profesional dual.
Segundo. Financiación y cuantía de las subvenciones.
1. La financiación de las ayudas se realizará con cargo a la siguiente partida
presupuestaria:
Provincia
Almería
Cádiz
Córdoba
Granada
Huelva
Jaén
Málaga
Sevilla
Líneas de ayudas
Línea 1: Formación en Centros de Trabajo
Línea 2: Formación Profesional dual
1100030000 G/42D/48500/04 01
1100030000 G/42D/48500/04 01
1100030000 G/42D/48500/11 01
1100030000 G/42D/48500/11 01
1100030000 G/42D/48500/14 01
1100030000 G/42D/48500/14 01
1100030000 G/42D/48500/18 01
1100030000 G/42D/48500/18 01
1100030000 G/42D/48500/21 01
1100030000 G/42D/48500/21 01
1100030000 G/42D/48500/23 01
1100030000 G/42D/48500/23 01
1100030000 G/42D/48500/29 01
1100030000 G/42D/48500/29 01
1100030000 G/42D/48500/41 01
1100030000 G/42D/48500/41 01
El Programa Operativo de FSE de la Comunidad Autónoma de Andalucía 20142020 al que se refieren las actuales bases reguladoras establecidas en la orden de 2
de marzo de 2017 no se encuentra vigente. Por ello, para la financiación de la línea 2 de
subvención, mientras se tramita una nueva orden que permita la adecuación de las bases
reguladoras al marco normativo europeo actual, se ha optado por la financiación de esta
línea de ayudas con cargo a la partida presupuestaria 1100030000 G/42D/48500/00 01.
2. La cuantía total máxima disponible en el marco de la presente convocatoria es
de 800.000 euros para la línea de subvención 1 y de 300.000 euros para la línea de
subvención 2, quedando la cantidad total final a distribuir sujeta al número de alumnado
que finalmente solicite la ayuda y cumpla con los requisitos necesarios para ser
beneficiario de esta.
3. Atendiendo a lo dispuesto en el apartado 5.b) del cuadro resumen de las bases
reguladoras para cada una de las líneas de subvención, se establece la distribución
inicial de las cantidades a repartir por provincia en función del número de alumnado
matriculado en el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, en cada uno
de los periodos contemplados para su realización en el caso de la línea de subvención
1, y en función del número de alumnas y alumnos matriculados en un proyecto de
Formación Profesional dual, tanto de primer como de segundo curso, en el caso de la
línea de subvención 2.
Almería
Cádiz
1.º y 2.º trimestre (cuantía en euros)
11.547
24.776
15.270
Núm. de personas
matriculadas 1.º y 2.º trimestre
611
1.311
3.º trimestre (cuantía en euros)
49.400
Núm. de personas
matriculadas 3. º trimestre
TOTAL CUANTÍA
POR PROVINCIA EN EUROS
Huelva
Jaén
Málaga
Sevilla
18.105
9.071
11.717
22.451
40.120
808
958
480
620
1.188
2.123
99.858
66.484
82.188
43.882
46.471
97.080
161.580
2.614
5.284
3.518
4.349
2.322
2.459
5.137
8.550
60.947
124.634
81.754
100.293
52.953
58.188
119.531
201.700
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
Córdoba Granada
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306236
Línea de subvención 1: Formación en Centros de Trabajo
BOJA
Número 165 - Lunes, 26 de agosto de 2024
página 49286/2
2. La presente convocatoria se regirá por la Orden de 2 de marzo de 2017, por la que
se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por desplazamiento, en
régimen de concurrencia competitiva, al alumnado de centros docentes sostenidos con
fondos públicos que realiza el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo o
la formación práctica en la Formación Profesional dual.
Segundo. Financiación y cuantía de las subvenciones.
1. La financiación de las ayudas se realizará con cargo a la siguiente partida
presupuestaria:
Provincia
Almería
Cádiz
Córdoba
Granada
Huelva
Jaén
Málaga
Sevilla
Líneas de ayudas
Línea 1: Formación en Centros de Trabajo
Línea 2: Formación Profesional dual
1100030000 G/42D/48500/04 01
1100030000 G/42D/48500/04 01
1100030000 G/42D/48500/11 01
1100030000 G/42D/48500/11 01
1100030000 G/42D/48500/14 01
1100030000 G/42D/48500/14 01
1100030000 G/42D/48500/18 01
1100030000 G/42D/48500/18 01
1100030000 G/42D/48500/21 01
1100030000 G/42D/48500/21 01
1100030000 G/42D/48500/23 01
1100030000 G/42D/48500/23 01
1100030000 G/42D/48500/29 01
1100030000 G/42D/48500/29 01
1100030000 G/42D/48500/41 01
1100030000 G/42D/48500/41 01
El Programa Operativo de FSE de la Comunidad Autónoma de Andalucía 20142020 al que se refieren las actuales bases reguladoras establecidas en la orden de 2
de marzo de 2017 no se encuentra vigente. Por ello, para la financiación de la línea 2 de
subvención, mientras se tramita una nueva orden que permita la adecuación de las bases
reguladoras al marco normativo europeo actual, se ha optado por la financiación de esta
línea de ayudas con cargo a la partida presupuestaria 1100030000 G/42D/48500/00 01.
2. La cuantía total máxima disponible en el marco de la presente convocatoria es
de 800.000 euros para la línea de subvención 1 y de 300.000 euros para la línea de
subvención 2, quedando la cantidad total final a distribuir sujeta al número de alumnado
que finalmente solicite la ayuda y cumpla con los requisitos necesarios para ser
beneficiario de esta.
3. Atendiendo a lo dispuesto en el apartado 5.b) del cuadro resumen de las bases
reguladoras para cada una de las líneas de subvención, se establece la distribución
inicial de las cantidades a repartir por provincia en función del número de alumnado
matriculado en el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, en cada uno
de los periodos contemplados para su realización en el caso de la línea de subvención
1, y en función del número de alumnas y alumnos matriculados en un proyecto de
Formación Profesional dual, tanto de primer como de segundo curso, en el caso de la
línea de subvención 2.
Almería
Cádiz
1.º y 2.º trimestre (cuantía en euros)
11.547
24.776
15.270
Núm. de personas
matriculadas 1.º y 2.º trimestre
611
1.311
3.º trimestre (cuantía en euros)
49.400
Núm. de personas
matriculadas 3. º trimestre
TOTAL CUANTÍA
POR PROVINCIA EN EUROS
Huelva
Jaén
Málaga
Sevilla
18.105
9.071
11.717
22.451
40.120
808
958
480
620
1.188
2.123
99.858
66.484
82.188
43.882
46.471
97.080
161.580
2.614
5.284
3.518
4.349
2.322
2.459
5.137
8.550
60.947
124.634
81.754
100.293
52.953
58.188
119.531
201.700
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
Córdoba Granada
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306236
Línea de subvención 1: Formación en Centros de Trabajo