3. Otras disposiciones. . (2024/163-8)
Resolución de 14 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Andaluza de Deportes para Sordos.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 163 - Jueves, 22 de agosto de 2024

página 49641/9

d) Ser informado sobre las actividades federativas.
e) Separarse libremente de la Federación.
Artículo 31. Deberes de los jueces y árbitros.
Los jueces y árbitros tendrán los siguientes deberes:
a) Acatar las prescripciones contenidas en los presentes estatutos y los acuerdos
válidamente adoptados por los órganos federativos.
b) Abonar, en su caso, las cuotas de entrada, así como las periódicas correspondientes
a las licencias federativas.
c) Cooperar en todo momento al cumplimiento de los fines de la Federación.
d) Asistir a las pruebas y cursos a los que sean convocados por la Federación.
e) Aquellas otras que le vengan impuestas por la legislación vigente, por los presentes
estatutos, o por los acuerdos válidamente adoptados por los órganos federativos.
TÍTULO III
LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
CAPÍTULO I
Órganos federativos
Artículo 32. Órganos federativos.
Son órganos de la Federación Andaluza de Deporte para Sordos:
a) De gobierno y representación:
- La Asamblea General.
- La Junta Directiva.
- El presidente/a.
b) De administración:
- La Secretaría General
- El interventor.
- El Comité de Transparencia y Buen Gobierno.
c) Técnicos:
- El Comité Técnico de Árbitros o jueces.
- El Comité Técnico de Técnicos-Entrenadores.
- Los Comités Técnico-específicos.
d) Los Comités Disciplinarios.
e) La Comisión Electoral.
f) Las Delegaciones Territoriales.
g) La Comisión de Mujer y Deporte.
h) El Comisionado del Menor Deportista.
i) El Comité de Conciliación.
CAPÍTULO II
Órganos de gobierno y representación
Artículo 33. La Asamblea General.
La Asamblea General es el órgano supremo y representación, está integrada por
clubes, deportistas, entrenadores, secciones deportivas, técnicos y jueces y árbitros.
Artículo 34. Composición.
Estará compuesta por el número de miembros que se determine en el reglamento
electoral federativo, de conformidad en la normativa electoral de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00306591

Sección 1.ª La Asamblea General