3. Otras disposiciones. . (2024/163-9)
Resolución de 14 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Deportes de Montaña, Escalada y Senderismo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 163 - Jueves, 22 de agosto de 2024

página 49642/12

Además, la participación responsable en determinadas actividades puede coadyuvar
al desarrollo de la sensibilidad respecto al medioambiente.
Responsabilidad por el «Juego Limpio».
8. El Código reconoce que la participación de niños y adolescentes en las actividades
deportivas se inserta en un entorno social más amplio. Admite que el individuo y la
sociedad sólo pueden aprovechar plenamente las ventajas potenciales del deporte si el
«juego limpio» deja de ser un concepto secundario para convertirse en preocupación
central; reconoce que todas las personas que, de forma directa o indirecta, favorecen e
influyen en la experiencia que niños y adolescentes viven en el deporte, deben conceder
una prioridad absoluta a dicho concepto. Se trata, concretamente, de:
8.1. Los gobiernos: a todos los niveles, incluidos los organismos que trabajan con
los gobiernos. Los participantes en los sectores oficiales de la educación poseen una
responsabilidad especial.
8.2. Las organizaciones deportivas y vinculadas con el deporte: en particular, las
federaciones deportivas y los organismos dirigentes, las asociaciones de educación física,
los organismos e institutos vinculados al entrenamiento, las profesiones relacionadas
con la medicina y la farmacia, y los medios de comunicación. El sector comercial,
comprendidas las actividades de producción, venta y marketing de artículos deportivos,
debe asimismo asumir sus responsabilidades y contribuir al fomento del «juego limpio».
9. Las personas: específicamente, los padres, docentes, entrenadores, árbitros,
mandos, directivos, administradores, periodistas, médicos y farmacéuticos, así como los
deportistas de la alta competición, que sirven de modelos.
El Código se aplica a todas las personas, con independencia de que participen como
voluntarios o en calidad de profesionales. En su condición de espectadores, las personas
pueden asumir responsabilidades complementarias.
Cada una de estas instituciones y personas tiene que asumir una responsabilidad
y desempeñar una función. Este Código de Ética va destinado a ellas, y solamente
será eficaz si todos los actores del mundo del deporte están dispuestos a asumir las
responsabilidades definidas en el mismo.

Organizaciones deportivas y vinculadas al deporte.
11. Las organizaciones deportivas y vinculadas al deporte asumirán las responsabilidades
siguientes:
Marco y contexto del «juego limpio»:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00306592

Los Gobiernos.
10. Los gobiernos asumirán las responsabilidades siguientes:
10.1. Favorecer la adopción de criterios éticos, rigurosos en todos los ámbitos sociales
en los que el deporte está presente.
10.2. Alentar y apoyar a las personas y organizaciones que apliquen principios éticos
sanos en las actividades vinculadas con el deporte.
10.3. Alentar a los profesores y monitores de educación física a que concedan
importancia primordial a la promoción del deporte y al «juego limpio» en los programas
escolares de formación deportiva.
10.4. Apoyar cuantas iniciativas estén destinadas a promover el «juego limpio» en
el deporte, en particular entre los jóvenes, y alentar a las instituciones a que concedan
prioridad a este objetivo.
10.5. Alentar, en los ámbitos nacional e internacional, la investigación destinada a
mejorar la comprensión de los complejos problemas que afectan a la práctica del deporte
juvenil, y a valorar el alcance de los comportamientos indeseables y las oportunidades de
promover el «juego limpio».