Disposiciones generales. . (2024/162-1)
Resolución de 8 de agosto de 2024, de la Viceconsejería, por la que se aprueban las instrucciones para el desarrollo, la dirección y la coordinación del Plan General de Actuación de la Inspección Educativa y el Plan de Formación para el Perfeccionamiento y Actualización Profesional, para el curso escolar 2024-2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 162 - Miércoles, 21 de agosto de 2024

página 49618/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 8 de agosto de 2024, de la Viceconsejería, por la que se aprueban
las instrucciones para el desarrollo, la dirección y la coordinación del Plan
General de Actuación de la Inspección Educativa y el Plan de Formación para el
Perfeccionamiento y Actualización Profesional, para el curso escolar 2024-2025.
La Orden de 26 de julio de 2023, por la que se establece el Plan General de Actuación
de la Inspección Educativa de Andalucía para el período 2023-2027, establece en sus
artículos 4 y 5 los objetivos generales vinculados con las líneas y objetivos estratégicos
que determinan y articulan las actuaciones y acciones a desarrollar en los tres ejes de
trabajo: Supervisión y control, evaluación y asesoramiento e información.
El propio carácter general del Plan de Actuación para el cuatrienio 2023-2027
requiere de su concreción y adecuada planificación como exigencia profesional y técnica,
implicando la definición de las tareas a desarrollar desde los principios esenciales de
coherencia, eficacia y eficiencia en todas las actuaciones inspectoras contextualizada a
un curso escolar concreto.
La finalidad de la Inspección Educativa de Andalucía es asegurar el cumplimiento
de las leyes, mediante la garantía de los derechos y la observancia de los deberes de
cuantos participan en los procesos de enseñanza y aprendizaje dirigiendo su actuación
hacia la mejora, a través de los principios de equidad y calidad, con el fin último de
contribuir a la consecución de la excelencia del sistema educativo.
Por todo ello, y en virtud de lo establecido en el artículo 28 de la Orden de 13 de julio
de 2007, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento de la Inspección
Educativa de Andalucía, esta Viceconsejería en el uso de sus competencias

HA RESUELTO
Primero. Aprobar las Instrucciones para el desarrollo, la dirección y coordinación
del Plan General de Actuación de la Inspección Educativa y el Plan Anual de
Perfeccionamiento y Actualización Profesional para el curso académico 2024-2025, que
se incluyen como Anexo I.
Segundo. Disponer la publicación de las mismas, para el conocimiento de los centros
docentes públicos, concertados y privados, servicios, programas y actividades del
sistema educativo de Andalucía, así como el resto de elementos y aspectos del mismo, y
demás sectores de la comunidad educativa sobre los que tendrá incidencia su aplicación,
a tenor de lo establecido en el artículo 147.2 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre,
de Educación de Andalucía, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 98.5 de
la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y 2.b)
de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.

00306568

Sevilla, 8 de agosto de 2024.- El Viceconsejero, Pablo Quesada Ruiz.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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