3. Otras disposiciones. . (2024/161-17)
Resolución de 13 de agosto de 2024, de la Secretaría General de Fondos Agrarios y Desarrollo Rural, por la que se delegan funciones del Organismo Pagador en la Secretaría General de Infraestructuras Judiciales, Modernización Digital y Regeneración, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-2022, con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 161 - Martes, 20 de agosto de 2024

página 49598/3

Patrimonio Cultural existente en el entorno rural» con cargo al Fondo Europeo Agrícola
de Desarrollo Rural (FEADER).
Segundo. Con objeto de evitar cualquier conflicto de intereses en la autorización y
control de los pagos, por la persona titular de la Secretaría General de Infraestructuras
Judiciales, Modernización Digital y Regeneración se garantizará la no participación de la
unidad responsable del compromiso de gasto, ejecución y materialización del pago de
las operaciones con beneficiario Junta de Andalucía en los sistemas de gestión y control
implementados para la autorización y control de los pagos que se delega.
Tercero. A efectos de coordinar las actuaciones para una eficiente gestión y
control de la autorización y control de los pagos, articular el ejercicio de las funciones
delegadas, así como para especificar las exigencias procedimentales contempladas en
el Reglamento Delegado (UE) 2022/127 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2021, por
la persona titular de la Secretaría General de Infraestructuras Judiciales, Modernización
Digital y Regeneración y la persona titular de la Secretaría General de Fondos Agrarios y
Desarrollo Rural se dictarán las correspondientes instrucciones conjuntas conforme a lo
establecido en el inciso i) del apartado D.1) del Anexo I del citado Reglamento Delegado
(UE) 2022/127 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2021.
La Secretaría General de Infraestructuras Judiciales, Modernización Digital y
Regeneración se dotará de los medios humanos y procedimientos necesarios para
el desempeño de las funciones que se delegan garantizando el cumplimiento de lo
establecido en el artículo 9.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Cuarto. La presente resolución, surtirá efectos a partir de la fecha de su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía.
En los actos y resoluciones que se adopten en virtud de esta delegación se hará
constar expresamente esta circunstancia, con mención de la fecha de aprobación de esta
resolución y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

00306548

Sevilla, 13 de agosto de 2024.- El Secretario General, Manuel Alías Cantón.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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