3. Otras disposiciones. . (2024/158-36)
Resolución de 6 de agosto de 2024, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, por la que se publica el Convenio entre el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, la Comunidad Autónoma de Andalucía y la Universidad de Granada, para la realización de prácticas externas en juzgados y tribunales de la Comunidad Autónoma de Andalucía y de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 158 - Miércoles, 14 de agosto de 2024

página 49448/6

Quinta. Protección de Datos.
Todos los afectados por el presente convenio vendrán obligados por las disposiciones
y exigencias establecidas por el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales y demás disposiciones vigentes sobre la materia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00306398

Cuarta. Condiciones específicas de las prácticas externas.
1. El alumnado estará obligado a:
a) Cumplir los horarios y seguir las normas fijadas por el juzgado o tribunal donde se
realicen las prácticas externas.
b) Adoptar una actitud activa en las tareas que se le encomienden, inherentes a las
líneas de formación para las que han sido seleccionados/as.
c) Mantener contacto con la persona o personas que ejercen la tutoría y con la
persona que ejerce la Dirección de las prácticas externas, si se designan, en la forma en
que se establezca.
d) Cumplir las normas de prevención de riesgos laborales.
e) Mantener el deber de secreto y confidencialidad en materia de medios, procesos
o de aquellas actuaciones judiciales o administrativas de las que pudieran tener
conocimiento por razón de las prácticas externas realizadas durante su estancia en el
juzgado o tribunal donde se realicen, inclusive una vez finalizadas éstas, para lo cual
deberá suscribir el anexo del presente convenio.
f) En caso de que esté establecido entregar la memoria final en el plazo previsto a la
persona que desempeñe la tutoría de la Universidad, a fin de poder superar las prácticas
externas curriculares y la correspondiente mención favorable en las prácticas externas
extracurriculares.
2. Los/las estudiantes que realicen las prácticas no llevarán a cabo ninguna de las
funciones atribuidas en los artículos 476, 477 y 478 de la Ley Orgánica del Poder Judicial
a los Cuerpos Generales al servicio de la Administración de Justicia.
3. El alumnado tiene derecho a:
a) Desarrollar la actividad en que consistan las prácticas y en el horario estipulado.
b) Obtener una certificación final del desarrollo de su actividad y del nivel de
aprovechamiento alcanzado.
c) Obtener permiso para acudir a las convocatorias de evaluación que le afecten.
4. El juzgado o tribunal donde se realicen las prácticas externas, nombrará a la
persona o personas que ejercerá/n la tutoría de las mismas, que podrá recaer en
Magistrado/a, Juez/a o Letrado/a de la Administración de Justicia. La persona designada
para realizar la tutoría debe obtener la declaración de compatibilidad con carácter previo
al ejercicio de la actividad. La misión de estas personas será:
a) Fijar el plan de trabajo del alumnado.
b) Orientar al mismo en sus dudas y dificultades.
c) Evaluar la actividad del/de la alumno/a mediante un informe.
Se podrá establecer una tutoría mixta desempeñada por Juez/a o Magistrado/a y
Letrado/a de la Administración de Justicia.
5. El alumnado que finalice el periodo establecido de prácticas externas, recibirá un
certificado expedido por el juzgado o tribunal, donde consten las horas realizadas, la
naturaleza de las actividades llevadas a cabo y el nivel alcanzado según la persona o
personas que ejerzan la tutoría de las mismas.
La Universidad de Granada emitirá un documento acreditativo a la persona o personas
que ejerza/n la tutoría que lo soliciten, por la colaboración prestada en el programa de
prácticas externas.