3. Otras disposiciones. . (2024/156-38)
Resolución de 2 de agosto de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Cádiz, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz, de fecha 15 de abril de 2024, sobre el Plan de Sectorización Sector SUNS 1 Castellar Norte.
43 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 156 - Lunes, 12 de agosto de 2024
página 49246/3
no sectorizado en terrenos clasificados hasta ese momento como suelo no urbanizable
con la finalidad de propiciar una oferta residencial para satisfacer la demanda de vivienda a
precio asequible que existe en el municipio. La superficie del ámbito asciende a 84.247 m² y
está situado al norte del núcleo urbano principal de Castellar de la Frontera, conocido como
Castellar Nuevo.
El objeto de este Plan de Sectorización es el cambio de categoría de los terrenos
incluidos en el Sector SUNS 1 Castellar Norte, de suelo urbanizable no sectorizado a
suelo urbanizable ordenado, para proceder a su urbanización posterior, siguiendo lo
previsto en la legislación vigente.
La procedencia de la formulación del Plan de Sectorización del Sector SUNS 1
Castellar Norte se justifica en las disposiciones del Plan Municipal de Vivienda y Suelo de
Castellar de la Frontera, el cual establece una programación para desarrollar y ejecutar
viviendas de protección pública en el sector. Para cumplir dicha programación el gobierno
municipal considera que se dan las condiciones adecuadas para comenzar el proceso
de tramitación administrativa que culmine con la construcción de las viviendas públicas
previstas en el citado Plan Municipal de Vivienda y Suelo del municipio.
Tercero. Conforme a la disposición transitoria tercera de la vigente Ley 7/2021,
de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, los
procedimientos relativos a los instrumentos de planeamiento urbanístico que se hubieran
iniciado antes de la entrada en vigor de esta ley podrán continuar su tramitación conforme
a las reglas de ordenación del procedimiento y el régimen de competencias establecidos
por la legislación sectorial y urbanística vigente en el momento de iniciar la misma. El
Plan de Sectorización del Sector SUNS 1 Castellar Norte fue aprobado inicialmente por el
Ayuntamiento de Castellar el 29 de julio de 2021. En consecuencia, resulta de aplicación
el régimen urbanístico establecido por la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación
Urbanística de Andalucía (en adelante LOUA), vigente en el momento de inicio de la
tramitación del procedimiento de la innovación del PGOU de Castellar propuesta.
Cuarto. El expediente ha sido sometido al procedimiento establecido en los
artículos 32 y 39 de la LOUA, siguiendo la tramitación administrativa que se resume a
continuación:
Evaluación Ambiental Estratégica
Solicitud de Inicio
Admisión a trámite
Documento de alcance
Declaración ambiental estratégica
06/03/2019
17/06/2019
07/02/2020
08/03/2023
Aprobación inicial (29/07/2021)
Informe jurídico
02/06/2021
Nota de conformidad Secretaria General
26/07/2021
Informe técnico
27/07/2021
Certificación acuerdo plenario
03/08/2021
Información pública
De 01/09/2021 a 05/811/2021
BOP de Cádiz núm. 167
01/09/2021
núm. 181
20/09/2021
Periódico Europa Sur
05/09/2023
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00306196
Tablón de anuncios
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 156 - Lunes, 12 de agosto de 2024
página 49246/3
no sectorizado en terrenos clasificados hasta ese momento como suelo no urbanizable
con la finalidad de propiciar una oferta residencial para satisfacer la demanda de vivienda a
precio asequible que existe en el municipio. La superficie del ámbito asciende a 84.247 m² y
está situado al norte del núcleo urbano principal de Castellar de la Frontera, conocido como
Castellar Nuevo.
El objeto de este Plan de Sectorización es el cambio de categoría de los terrenos
incluidos en el Sector SUNS 1 Castellar Norte, de suelo urbanizable no sectorizado a
suelo urbanizable ordenado, para proceder a su urbanización posterior, siguiendo lo
previsto en la legislación vigente.
La procedencia de la formulación del Plan de Sectorización del Sector SUNS 1
Castellar Norte se justifica en las disposiciones del Plan Municipal de Vivienda y Suelo de
Castellar de la Frontera, el cual establece una programación para desarrollar y ejecutar
viviendas de protección pública en el sector. Para cumplir dicha programación el gobierno
municipal considera que se dan las condiciones adecuadas para comenzar el proceso
de tramitación administrativa que culmine con la construcción de las viviendas públicas
previstas en el citado Plan Municipal de Vivienda y Suelo del municipio.
Tercero. Conforme a la disposición transitoria tercera de la vigente Ley 7/2021,
de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, los
procedimientos relativos a los instrumentos de planeamiento urbanístico que se hubieran
iniciado antes de la entrada en vigor de esta ley podrán continuar su tramitación conforme
a las reglas de ordenación del procedimiento y el régimen de competencias establecidos
por la legislación sectorial y urbanística vigente en el momento de iniciar la misma. El
Plan de Sectorización del Sector SUNS 1 Castellar Norte fue aprobado inicialmente por el
Ayuntamiento de Castellar el 29 de julio de 2021. En consecuencia, resulta de aplicación
el régimen urbanístico establecido por la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación
Urbanística de Andalucía (en adelante LOUA), vigente en el momento de inicio de la
tramitación del procedimiento de la innovación del PGOU de Castellar propuesta.
Cuarto. El expediente ha sido sometido al procedimiento establecido en los
artículos 32 y 39 de la LOUA, siguiendo la tramitación administrativa que se resume a
continuación:
Evaluación Ambiental Estratégica
Solicitud de Inicio
Admisión a trámite
Documento de alcance
Declaración ambiental estratégica
06/03/2019
17/06/2019
07/02/2020
08/03/2023
Aprobación inicial (29/07/2021)
Informe jurídico
02/06/2021
Nota de conformidad Secretaria General
26/07/2021
Informe técnico
27/07/2021
Certificación acuerdo plenario
03/08/2021
Información pública
De 01/09/2021 a 05/811/2021
BOP de Cádiz núm. 167
01/09/2021
núm. 181
20/09/2021
Periódico Europa Sur
05/09/2023
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00306196
Tablón de anuncios
https://www.juntadeandalucia.es/eboja