3. Otras disposiciones. . (2024/156-38)
Resolución de 2 de agosto de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Cádiz, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz, de fecha 15 de abril de 2024, sobre el Plan de Sectorización Sector SUNS 1 Castellar Norte.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 156 - Lunes, 12 de agosto de 2024

página 49246/2

Segundo. Publicar, igualmente, la Normativa Urbanística del referido instrumento
de planeamiento como Anexo II de la presente resolución, para general conocimiento y
tras la inscripción y depósito del instrumento urbanístico en el Registro Autonómico de
Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios
Catalogados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.1 y 2 de la LOUA.
Cádiz, 2 de agosto de 2024.- La Delegada, Vicepresidenta 2.ª de la Comisión Territorial
de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz, Carmen Sánchez Barrera.
ANEXO I
ACUERDO DE 15 DE ABRIL DE 2024, DE LA COMISIÓN TERRITORIAL DE
ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y URBANISMO DE CÁDIZ, SOBRE LA APROBACIÓN
DEFINITIVA DEL DOCUMENTO DE CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE SECTORIZACIÓN
DEL SECTOR SUNS-1 «CASTELLAR NORTE»
Punto núm. 2. Vistos el expediente administrativo y documentación técnica correspondiente
al Plan de Sectorización del Sector SUNS-1 «Castellar Norte», aprobado provisionalmente
por el Ayuntamiento de Castellar en sesión plenaria celebrada el 1 de febrero de 2024, y
el Informe del Servicio de Urbanismo, de 13 de marzo de 2024, esta Comisión Territorial
de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz, de conformidad con la previsión
contenida en el artículo 12.1.d) del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se
regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en
materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, dicta el presente acuerdo conforme a
los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO

Segundo. En sesión celebrada el día 31 de julio de 2008, la Comisión Provincial de
Ordenación del Territorio y Urbanismo aprobó definitivamente una modificación del PGOU
de Castellar de la Frontera mediante la cual se clasificaba un ámbito de suelo urbanizable
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00306196

Primero. Castellar de la Frontera cuenta como instrumento de planeamiento
urbanístico general con un Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) aprobado
definitivamente de manera parcial por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio
y Urbanismo en sesión celebrada el 12/05/2003, siendo el Texto Refundido aceptado
por dicho órgano colegiado en sesión celebrada el 15/03/2005. Este instrumento fue
adaptado parcialmente a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) por
Acuerdo del Ayuntamiento de Castellar de la Frontera de fecha 24/04/2012, siguiendo
el procedimiento establecido por el Decreto 11/2008, de 22 de enero, por el que se
desarrollan procedimientos dirigidos a poner suelo urbanizado en el mercado con destino
preferente a la construcción de viviendas protegidas.
El término municipal de Castellar de la Frontera se encuentra incluido en el ámbito del
Plan de Ordenación del Territorio del Campo de Gibraltar (POTCG), cuyo documento fue
aprobado por el Consejo de Gobierno mediante el Decreto 95/2011, de 20 de diciembre
(BOJA núm.54, de 19 de marzo de 2012).
De acuerdo con la disposición transitoria segunda de la vigente Ley 7/2021, de 1
de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio en Andalucía, todos los
instrumentos de planificación territorial y de planeamiento general, así como los restantes
instrumentos aprobados para su desarrollo y ejecución que estuvieren en vigor o fueran
ejecutivos en el momento de entrada en vigor de esta ley conservarán su vigencia y
ejecutividad hasta su total cumplimiento o ejecución o su sustitución por alguno de los
instrumentos de ordenación de dicha ley.