5. Anuncios. . (2024/153-26)
Anuncio de 23 de julio de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Córdoba, por el se hace pública la Resolución de 30 de mayo de 2024, de esta Delegación Territorial, por la que se concede autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para el proyecto que se cita. (PP. 9189/2024).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 153 - Miércoles, 7 de agosto de 2024
página 48720/6
Telefónica.
Inicialmente con fecha 10 de diciembre de 2021 se remitió separata del proyecto.
El 21 de diciembre de 2021 se obtuvo respuesta de la esta compañía. Telefónica no
planteó objeción a la ejecución del proyecto referido, condicionada al cumplimiento
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305669
transporte, en un punto próximo al «Seccionamiento». El cruce se había proyectado de
manera que el tramo de doble circuito con las líneas de evacuación promovidas por el
otro promotor y por Mirabras Solar, S.L., cruzase por debajo de la existente Línea Aérea
400 kV, D/C, «Guadame-Cabra 2 y 3».
Esa configuración del cruzamiento es la que REE consideró como no reglamentaria,
ya que, de acuerdo al Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban
el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas
de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, apartado
5.6.1, debería ser, a igualdad de tensión de las líneas, la proyectada la que discurra por
encima de la existente.
El 13 de octubre de 2022 el promotor presentó nuevos reparos al informe de REE de
25 de julio de 2022, indicando que también según el apartado 5.6.1 del mencionado Real
Decreto 223/2008, de 15 de febrero, existía la posibilidad de considerar una excepción
a la regla general, de manera que previa justificación, y mediante una autorización del
órgano competente de la Administración, se podría invertir el orden en alturas establecido
de forma ordinaria en los cruces de líneas.
Al respecto de lo expuesto y dado que podría corresponder a la Administración
valorar las circunstancias singulares, o la excepcionalidad, del cruzamiento, con fecha
23 de noviembre de 2022, se manifestó a los promotores de las líneas de evacuación
que cruzan con la línea de transporte a 400 kV D/C «Guadame-Cabra 2 y 3», que no se
apreciaba que concurrieran circunstancias singulares, que irremediablemente avocasen
a adoptar la solución de cruzamiento propuesta, siendo posibles opciones como:
1) Mantener el orden de alturas previsto en el Reglamento, 2) Cambiar la ubicación del
«Seccionamiento» de manera que desapareciese el cruzamiento de la línea proyectada
con la Línea Aérea 400 kV D/C «Guadame-Cabra 2 y 3» de la red de transporte, o 3)
Optar por la utilización de un tramo subterráneo a la entrada al «Seccionamiento». En
consecuencia, se comunicó que el procedimiento de autorización administrativa quedaba
pendiente de la presentación de una propuesta compatible con el Reglamento sobre
condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión,
aprobado en el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero.
El 14 de diciembre de 2022, Mirabras Solar, S.L., presentó una propuesta de
modificación de las instalaciones de evacuación de las plantas solares fotovoltaicas
«Mirabal I» y Mirabal II» según la cual, la posición del «Seccionamiento» se modificaría
de manera que se evitaría el cruzamiento de la línea de evacuación proyectada con la
Línea Aérea 400 kV D/C «Guadame-Cabra 2 y 3» de la red de transporte, razón de la no
conformidad comunicada por REE.
El 22 de marzo de 2023, Mirabras Solar, S.L., presentó nueva documentación
respecto a la propuesta de modificación de las instalaciones de evacuación de las plantas
solares fotovoltaicas «Mirabal I» y Mirabal II». Se aportó una Adenda con el objetivo de
informar de las características de la línea modificada, así como mostrar su adaptación a
lo establecido en el Reglamento sobre condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad
de Líneas Eléctricas de Alta Tensión, aprobado por el R.D. 223/2008. Así mismo se
adjuntaron nuevas separatas, una de ellas para Red Eléctrica de España, S.A., (REE).
La separata correspondiente a REE, del proyecto modificado de la Línea de
Evacuación a 400 kV de las Plantas Solares Fotovoltaicas «Mirabal I» y «Mirabal II», se
remitió el 18 de agosto de 2023. El 6 de octubre de 2023, REE respondió a lo requerido,
dando conformidad con los cruzamientos que se producen entre la línea proyectada y las
pertenecientes a la red de transporte.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 153 - Miércoles, 7 de agosto de 2024
página 48720/6
Telefónica.
Inicialmente con fecha 10 de diciembre de 2021 se remitió separata del proyecto.
El 21 de diciembre de 2021 se obtuvo respuesta de la esta compañía. Telefónica no
planteó objeción a la ejecución del proyecto referido, condicionada al cumplimiento
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305669
transporte, en un punto próximo al «Seccionamiento». El cruce se había proyectado de
manera que el tramo de doble circuito con las líneas de evacuación promovidas por el
otro promotor y por Mirabras Solar, S.L., cruzase por debajo de la existente Línea Aérea
400 kV, D/C, «Guadame-Cabra 2 y 3».
Esa configuración del cruzamiento es la que REE consideró como no reglamentaria,
ya que, de acuerdo al Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban
el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas
de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, apartado
5.6.1, debería ser, a igualdad de tensión de las líneas, la proyectada la que discurra por
encima de la existente.
El 13 de octubre de 2022 el promotor presentó nuevos reparos al informe de REE de
25 de julio de 2022, indicando que también según el apartado 5.6.1 del mencionado Real
Decreto 223/2008, de 15 de febrero, existía la posibilidad de considerar una excepción
a la regla general, de manera que previa justificación, y mediante una autorización del
órgano competente de la Administración, se podría invertir el orden en alturas establecido
de forma ordinaria en los cruces de líneas.
Al respecto de lo expuesto y dado que podría corresponder a la Administración
valorar las circunstancias singulares, o la excepcionalidad, del cruzamiento, con fecha
23 de noviembre de 2022, se manifestó a los promotores de las líneas de evacuación
que cruzan con la línea de transporte a 400 kV D/C «Guadame-Cabra 2 y 3», que no se
apreciaba que concurrieran circunstancias singulares, que irremediablemente avocasen
a adoptar la solución de cruzamiento propuesta, siendo posibles opciones como:
1) Mantener el orden de alturas previsto en el Reglamento, 2) Cambiar la ubicación del
«Seccionamiento» de manera que desapareciese el cruzamiento de la línea proyectada
con la Línea Aérea 400 kV D/C «Guadame-Cabra 2 y 3» de la red de transporte, o 3)
Optar por la utilización de un tramo subterráneo a la entrada al «Seccionamiento». En
consecuencia, se comunicó que el procedimiento de autorización administrativa quedaba
pendiente de la presentación de una propuesta compatible con el Reglamento sobre
condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión,
aprobado en el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero.
El 14 de diciembre de 2022, Mirabras Solar, S.L., presentó una propuesta de
modificación de las instalaciones de evacuación de las plantas solares fotovoltaicas
«Mirabal I» y Mirabal II» según la cual, la posición del «Seccionamiento» se modificaría
de manera que se evitaría el cruzamiento de la línea de evacuación proyectada con la
Línea Aérea 400 kV D/C «Guadame-Cabra 2 y 3» de la red de transporte, razón de la no
conformidad comunicada por REE.
El 22 de marzo de 2023, Mirabras Solar, S.L., presentó nueva documentación
respecto a la propuesta de modificación de las instalaciones de evacuación de las plantas
solares fotovoltaicas «Mirabal I» y Mirabal II». Se aportó una Adenda con el objetivo de
informar de las características de la línea modificada, así como mostrar su adaptación a
lo establecido en el Reglamento sobre condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad
de Líneas Eléctricas de Alta Tensión, aprobado por el R.D. 223/2008. Así mismo se
adjuntaron nuevas separatas, una de ellas para Red Eléctrica de España, S.A., (REE).
La separata correspondiente a REE, del proyecto modificado de la Línea de
Evacuación a 400 kV de las Plantas Solares Fotovoltaicas «Mirabal I» y «Mirabal II», se
remitió el 18 de agosto de 2023. El 6 de octubre de 2023, REE respondió a lo requerido,
dando conformidad con los cruzamientos que se producen entre la línea proyectada y las
pertenecientes a la red de transporte.