3. Otras disposiciones. . (2024/152-26)
Resolución de 31 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público de limpieza prestado por el Ayuntamiento de Motril (Granada), mediante el establecimiento de los servicios mínimos.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 152 - Martes, 6 de agosto de 2024
página 49110/3
regulación de servicios mínimos en las jornadas de paro parcial, por entender que en
esos días la falta de servicio durante las horas de paro se puede completar en las horas
siguientes de la misma jornada laboral.
Tercero. Motril es una localidad costera con un mayor número de visitantes que visitan
sus playas en verano, lo que determina la necesidad de aumentar los servicios mínimos
establecidos para evitar problemas de insalubridad e incluso sanitarios por infecciones y
plagas de insectos por un insuficiente servicio de limpieza varia y recogida de residuos
urbanos. En verano las altas temperaturas dan lugar a una rápida descomposición
de la materia orgánica que puede provocar la transmisión de enfermedades infectocontagiosas por la presencia de insectos y roedores.
En este sentido hay que tener en cuenta la especial vulnerabilidad de los centros
de salud, hospitales, centros educativos, centros de personas mayores y de servicios
sociales, mercados de abastecimiento y mataderos, donde la salubridad y las condiciones
higiénico-sanitarias deben de ser mayores.
Cuarto. Los precedentes administrativos, consentidos o no impugnados regulados,
entre otras, en la Resolución de 20 de marzo de 2024 (BOJA 60, de 26 de marzo) de
la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se garantiza el
funcionamiento del servicio público limpieza viaria y recogida de residuos sólidos urbanos
prestado por el Ayuntamiento de Motril (Granada), la Resolución de 23 de febrero de
2024 (BOJA 1 de marzo de 2024), de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud
Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público de limpieza viaria
y recogida de residuos sólidos urbanos prestado por la empresa Valoriza Servicios
Medioambientales S.A., en el municipio de Baza (Granada), la Resolución de 11 de julio
de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se
garantiza el funcionamiento del servicio público prestado por la empresa UTE RELIMA
concesionaria del servicio público de limpieza viaria y recogida de residuos sólidos
urbanos en el municipio de Manilva (Málaga).
Por estos motivos, entendiendo que con ello se garantiza el adecuado equilibrio
entre los derechos de los ciudadanos y el derecho de los trabajadores a realizar el
efectivo ejercicio de la huelga, el contenido de esta regulación es el que consta en el
anexo, regulación que se establece de conformidad con lo que disponen las normas
aplicables: artículo 28.2 de la Constitución; artículo 63.1.5.º del Estatuto de Autonomía
para Andalucía; artículo 10, párrafo 2.º, Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo; Real
Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la
Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo; Decreto del
Presidente 10/2022, de 25 de julio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de
Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto; Decreto
155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de
Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, y Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que
se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización
territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306060
Quinto. Se ha valorado positivamente la propuesta de servicios mínimos realizada
por la representación de los trabajadores ya que reconoce la necesidad de servicios
mínimos destacando la atención en hospitales y demás centros sanitarios, mataderos,
mercados de abastos y mercadillos por su vulnerabilidad. Así mismo, propone que los
servicios mínimos comiencen a partir de la fecha en que la huelga es indefinida a jornada
completa, es decir a partir de las 6:30 del día 19 de agosto.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 152 - Martes, 6 de agosto de 2024
página 49110/3
regulación de servicios mínimos en las jornadas de paro parcial, por entender que en
esos días la falta de servicio durante las horas de paro se puede completar en las horas
siguientes de la misma jornada laboral.
Tercero. Motril es una localidad costera con un mayor número de visitantes que visitan
sus playas en verano, lo que determina la necesidad de aumentar los servicios mínimos
establecidos para evitar problemas de insalubridad e incluso sanitarios por infecciones y
plagas de insectos por un insuficiente servicio de limpieza varia y recogida de residuos
urbanos. En verano las altas temperaturas dan lugar a una rápida descomposición
de la materia orgánica que puede provocar la transmisión de enfermedades infectocontagiosas por la presencia de insectos y roedores.
En este sentido hay que tener en cuenta la especial vulnerabilidad de los centros
de salud, hospitales, centros educativos, centros de personas mayores y de servicios
sociales, mercados de abastecimiento y mataderos, donde la salubridad y las condiciones
higiénico-sanitarias deben de ser mayores.
Cuarto. Los precedentes administrativos, consentidos o no impugnados regulados,
entre otras, en la Resolución de 20 de marzo de 2024 (BOJA 60, de 26 de marzo) de
la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se garantiza el
funcionamiento del servicio público limpieza viaria y recogida de residuos sólidos urbanos
prestado por el Ayuntamiento de Motril (Granada), la Resolución de 23 de febrero de
2024 (BOJA 1 de marzo de 2024), de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud
Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público de limpieza viaria
y recogida de residuos sólidos urbanos prestado por la empresa Valoriza Servicios
Medioambientales S.A., en el municipio de Baza (Granada), la Resolución de 11 de julio
de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se
garantiza el funcionamiento del servicio público prestado por la empresa UTE RELIMA
concesionaria del servicio público de limpieza viaria y recogida de residuos sólidos
urbanos en el municipio de Manilva (Málaga).
Por estos motivos, entendiendo que con ello se garantiza el adecuado equilibrio
entre los derechos de los ciudadanos y el derecho de los trabajadores a realizar el
efectivo ejercicio de la huelga, el contenido de esta regulación es el que consta en el
anexo, regulación que se establece de conformidad con lo que disponen las normas
aplicables: artículo 28.2 de la Constitución; artículo 63.1.5.º del Estatuto de Autonomía
para Andalucía; artículo 10, párrafo 2.º, Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo; Real
Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la
Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo; Decreto del
Presidente 10/2022, de 25 de julio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de
Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto; Decreto
155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de
Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, y Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que
se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización
territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306060
Quinto. Se ha valorado positivamente la propuesta de servicios mínimos realizada
por la representación de los trabajadores ya que reconoce la necesidad de servicios
mínimos destacando la atención en hospitales y demás centros sanitarios, mataderos,
mercados de abastos y mercadillos por su vulnerabilidad. Así mismo, propone que los
servicios mínimos comiencen a partir de la fecha en que la huelga es indefinida a jornada
completa, es decir a partir de las 6:30 del día 19 de agosto.