3. Otras disposiciones. . (2024/152-31)
Orden de 28 de junio de 2024, por la que se aprueba el Programa Sectorial de Uso Público del Espacio Natural de Doñana.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 152 - Martes, 6 de agosto de 2024

página 47841/3

para la ciudadanía y las empresas derivadas de su futura aplicación, cargas relacionadas
principalmente con actividades recreativas vinculadas al medio natural y actividades de
investigación. Las cargas establecidas son la mínimas imprescindibles para garantizar
que derecho de la ciudadanía al uso y disfrute de la naturaleza, así como al estudio
y conocimiento de la misma, sean compatible con la conservación de los valores
ambientales que alberga el espacio protegido y que motivaron su declaración como
parque natural, parque nacional, Zona de Especial Conservación y Zona de Especial
Protección de las Aves.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Espacios Naturales Protegidos,
conforme a lo establecido en el artículo 10 del Decreto 162/2022, de 9 de agosto, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul, en uso de las facultades que me confiere el artículo 44.2 de
la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
DISPONGO
Artículo único. Programa Sectorial de Uso Público.
1. Se aprueba el Programa Sectorial de Uso Público del Espacio Natural Doñana que
figura en el Anexo I.
2. Se aprueba la Ordenación de actividades del Programa Sectorial de Uso Público
del Espacio Natural Doñana que figura como Anexo II.
3. Se aprueba el Glosario de actividades del Programa Sectorial de Uso Público del
Espacio Natural Doñana que figura como Anexo III.
4. El citado Programa Sectorial tendrá vigencia indefinida pudiendo ser modificado y
revisado en los términos contemplados en el epígrafe 1.4 de dicho documento.
Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.
Se habilita a la persona titular de la Dirección General competente en materia de
espacios protegidos para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo
y ejecución de lo previsto en la presente orden.
Disposición final segunda. Efectos.
La presente orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 28 de junio de 2024
RAMÓN FERNÁNDEZ-PACHECO MONTERREAL

00304789

Consejero de Sostenibilidad, Medio Ambiente
y Economía Azul

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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