Autoridades y personal. . (2024/152-19)
Acuerdo de 24 de junio de 2024, de la Comisión de Gobierno de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por el que se acuerda la convocatoria de pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Titulados Medios (Documentación) de la Cámara de Cuentas de Andalucía.
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Número 152 - Martes, 6 de agosto de 2024

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Asimismo, corresponderá al Tribunal adoptar las medidas oportunas que permitan
a las personas aspirantes con discapacidad que así lo hubieren indicado en la solicitud,
participar en igualdad de condiciones que el resto de los participantes.
5.2. La pertenencia al Tribunal calificador será a título individual, sin que pueda
ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie. No podrán formar parte del
mismo aquellas personas que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes
a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria,
tampoco podrán formar parte el personal de elección o designación política, el personal
funcionario interino y el personal eventual.
Las personas que formen parte de un Tribunal calificador deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo a la persona titular de la Presidencia de la Cámara de Cuentas,
cuando concurra en ellas alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público. La persona que ejerza
la presidencia del Tribunal deberá exigir a quienes compongan la misma declaración
expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el mencionado artículo.
Asimismo, cualquier persona que participe en el proceso selectivo podrá recusar a
los miembros del Tribunal calificador cuando concurran las circunstancias previstas en
el párrafo anterior, debiendo adoptar al respecto las decisiones motivadas que estime
pertinentes.
5.3. Por resolución de la persona titular de la Presidencia de la Cámara de Cuentas,
se podrá nombrar personal funcionario que colabore temporalmente en el desarrollo
del proceso de selección, con las competencias de ejecución material y ordenación
administrativa de los ejercicios que le atribuya el Tribunal. Este personal estará adscrito
a dicha Comisión de Selección y ejercerá sus funciones de conformidad con las
instrucciones que ésta le curse al efecto.
5.4. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas, quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que serán
la única base de su colaboración con el órgano de decisión.
5.5. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto
cumplimiento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos
legalmente.
5.6. Para la válida constitución del Tribunal calificador, a efectos de la celebración
de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia de quienes
ostenten la presidencia y la secretaría o, en su caso, de quienes les sustituyan, sumando
los asistentes la mitad, al menos, de sus miembros.
5.7. El Tribunal se ajustará en su actuación a lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.8. El Tribunal resolverá todas las dudas o reclamaciones que puedan originarse en
la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como con lo que proceda en
los casos no previstos.
5.9. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las
pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.
5.10. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en
la Cámara de Cuentas de Andalucía, Hospital de las Cinco Llagas, C/ Don Fadrique, s/n,
41009 Sevilla, así como en registro-ccuentas-and@ccuentas.es
5.11. De acuerdo con lo establecido en el Acuerdo de 2 de mayo de 2024, del Pleno
de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por el que se aprueban las normas sobre
indemnizaciones por razón del servicio y asistencias, los miembros del Tribunal del
presente proceso selectivo tendrán derecho al abono de dietas.
Sexta. Sistema selectivo, desarrollo y calificación de las pruebas.
6.1. El sistema selectivo de los aspirantes será el de concurso-oposición, celebrándose
todas las pruebas selectivas en la ciudad de Sevilla, sede del Tribunal.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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