Disposiciones generales. . (2024/151-1)
Orden de fecha 29 de julio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de proyectos de investigación de las universidades públicas andaluzas sobre patrimonio etnológico en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 151 - Lunes, 5 de agosto de 2024

página 49039/10

Consejería de Turismo, Cultura y Deporte

x No se exige la aportación de fondos propios.
La aportación de fondos propios por la persona o entidad beneficiaria para financiar la actividad
subvencionada será, al menos, de:
7.b) Compatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad
procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea
o de organismos internacionales:
x Sí. Observaciones, en su caso: Se establece la obligación de declararlas. En ningún caso la suma de todas
las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad puede superar el coste
subvencionable.
No.
7.c) Incremento del importe de la subvención concedida con los rendimientos financieros que se generen
por los fondos librados:
Sí.
x No.
7.d) Participación en la financiación de las subvenciones:
x Administración de la Junta de Andalucía. Porcentaje: 100%
La Unión Europea participa, a través del fondo:
en la financiación de estas subvenciones. Porcentaje:
Administración General del Estado. Porcentaje:
Otra/s participación/es de órganos, organismos o entidades de derecho público: Porcentaje:
8.- Entidad/es colaboradora/s (Artículo 7).
8.a). Participación de entidad/es colaboradora/s:
x

No.
Sí . Identificación:

8.b). Requisitos que deben reunir la/s entidad/es colaboradora/s:
8.c). Periodo durante el que deben mantenerse los requisitos:
8.d). Excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de entidad/es colaboradora/s:
8.e). Condiciones de solvencia y eficacia:
8.f). Particularidades y contenido que, en su caso, se establecen para el convenio de colaboración o
contrato:
8.g). Funciones y obligaciones de la/s entidad/es colaboradora/s:
9.- Subcontratación (Artículo 8).

00305989

9.a). Posibilidad de subcontratación:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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