3. Otras disposiciones. . (2024/151-29)
Orden de 26 de julio de 2024, por la que se publica la Resolución de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, de 25 de junio de 2024, por la que se declara inversión empresarial de interés estratégico para Andalucía el proyecto denominado «Ampliación de planta de fabricación de transformadores de potencia».
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 151 - Lunes, 5 de agosto de 2024
página 48980/3
Sexto. La Unidad Aceleradora de Proyectos emite el 22 de mayo de 2024 un
informe favorable a la declaración de interés estratégico del proyecto, condicionada a
las salvedades, obligaciones y especificidades establecidas por las Consejerías en los
respectivos informes preceptivos mencionados en el antecedente quinto. En esa misma
fecha el informe es remitido a la Comisión de Política Económica.
Séptimo. La Comisión de Política Económica, en su sesión de 31 de mayo de 2024,
vistas las conclusiones del informe técnico de la Unidad Aceleradora de Proyectos,
considera que el proyecto «Ampliación de planta de fabricación de transformadores de
potencia» promovido por Hitachi Energy Spain, S.A.U., se ajusta a los requisitos y criterios
previstos en el Decreto-ley 4/2019, de 10 de diciembre, por lo que informa favorablemente
y eleva, para su consideración por la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, una
propuesta de resolución favorable a su declaración como inversión empresarial de interés
estratégico para Andalucía.
Octavo. Con fecha 31 de mayo de 2024, y conforme a lo establecido en el artículo 5
del Decreto-ley 4/2109, de 10 de diciembre, la Comisión de Política Económica traslada a
Hitachi Energy Spain, S.A.U., el informe propuesta de resolución para que en el plazo de
quince días alegue, en su caso, lo que estime procedente.
Noveno. Mediante escrito presentado el 20 de junio de 2024, Hitachi Energy Spain,
S.A.U., informa que ha recibido el informe propuesta de resolución de la Comisión de
Política Económica y que no realiza alegaciones, solicitando, igualmente, que se proceda
con los tramites oportunos para la declaración de interés estratégico para Andalucía del
proyecto «Ampliación de planta de fabricación de transformadores de potencia».
Primero. Régimen Jurídico.
El Decreto-ley 4/2019, de 10 de diciembre, para el fomento de iniciativas económicas
mediante la agilización y simplificación administrativas en la tramitación de proyectos y
su declaración de interés estratégico para Andalucía, para la creación de una Unidad
Aceleradora de Proyectos de Interés estratégico y por el que se modifica la Ley 1/1994,
de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y
la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, establece en
el artículo 5, lo siguiente:
«1. La Consejería con competencia en materia de economía remitirá a la Unidad
Aceleradora de Proyectos, prevista en el artículo 8, la solicitud a la que hace referencia
el artículo 4, que dispondrá de un plazo máximo de un mes desde su recepción para
recabar la siguiente documentación:
- En primer lugar, un informe de la Consejería competente por razón de la materia del
proyecto empresarial, que incluirá la valoración sobre el cumplimiento de los requisitos
para la declaración establecidos en los apartados 1, 2.a), en su ámbito sectorial, 2.b), 2.c)
y 3 del artículo 3, en base a la documentación aportada de acuerdo con lo establecido en
el apartado 1 del artículo 4.
En el caso de que el informe anterior sea favorable se recabará:
- Un informe de la Consejería competente de ordenación del territorio sobre la
adecuación del proyecto a la planificación territorial en base a las determinaciones de
dicha planificación que puedan ser objeto de verificación en función del nivel de definición
de la documentación técnica presentada. Excepcionalmente, en caso de actuaciones
incompatibles con la planificación territorial y urbanística que sean de especial relevancia
por su magnitud, su proyección económica y social o su importancia para la estructuración
territorial de Andalucía, se valorará la viabilidad de su modificación de conformidad con
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305930
II. FUNDAMENTOS DE DERECHO
BOJA
Número 151 - Lunes, 5 de agosto de 2024
página 48980/3
Sexto. La Unidad Aceleradora de Proyectos emite el 22 de mayo de 2024 un
informe favorable a la declaración de interés estratégico del proyecto, condicionada a
las salvedades, obligaciones y especificidades establecidas por las Consejerías en los
respectivos informes preceptivos mencionados en el antecedente quinto. En esa misma
fecha el informe es remitido a la Comisión de Política Económica.
Séptimo. La Comisión de Política Económica, en su sesión de 31 de mayo de 2024,
vistas las conclusiones del informe técnico de la Unidad Aceleradora de Proyectos,
considera que el proyecto «Ampliación de planta de fabricación de transformadores de
potencia» promovido por Hitachi Energy Spain, S.A.U., se ajusta a los requisitos y criterios
previstos en el Decreto-ley 4/2019, de 10 de diciembre, por lo que informa favorablemente
y eleva, para su consideración por la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, una
propuesta de resolución favorable a su declaración como inversión empresarial de interés
estratégico para Andalucía.
Octavo. Con fecha 31 de mayo de 2024, y conforme a lo establecido en el artículo 5
del Decreto-ley 4/2109, de 10 de diciembre, la Comisión de Política Económica traslada a
Hitachi Energy Spain, S.A.U., el informe propuesta de resolución para que en el plazo de
quince días alegue, en su caso, lo que estime procedente.
Noveno. Mediante escrito presentado el 20 de junio de 2024, Hitachi Energy Spain,
S.A.U., informa que ha recibido el informe propuesta de resolución de la Comisión de
Política Económica y que no realiza alegaciones, solicitando, igualmente, que se proceda
con los tramites oportunos para la declaración de interés estratégico para Andalucía del
proyecto «Ampliación de planta de fabricación de transformadores de potencia».
Primero. Régimen Jurídico.
El Decreto-ley 4/2019, de 10 de diciembre, para el fomento de iniciativas económicas
mediante la agilización y simplificación administrativas en la tramitación de proyectos y
su declaración de interés estratégico para Andalucía, para la creación de una Unidad
Aceleradora de Proyectos de Interés estratégico y por el que se modifica la Ley 1/1994,
de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y
la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, establece en
el artículo 5, lo siguiente:
«1. La Consejería con competencia en materia de economía remitirá a la Unidad
Aceleradora de Proyectos, prevista en el artículo 8, la solicitud a la que hace referencia
el artículo 4, que dispondrá de un plazo máximo de un mes desde su recepción para
recabar la siguiente documentación:
- En primer lugar, un informe de la Consejería competente por razón de la materia del
proyecto empresarial, que incluirá la valoración sobre el cumplimiento de los requisitos
para la declaración establecidos en los apartados 1, 2.a), en su ámbito sectorial, 2.b), 2.c)
y 3 del artículo 3, en base a la documentación aportada de acuerdo con lo establecido en
el apartado 1 del artículo 4.
En el caso de que el informe anterior sea favorable se recabará:
- Un informe de la Consejería competente de ordenación del territorio sobre la
adecuación del proyecto a la planificación territorial en base a las determinaciones de
dicha planificación que puedan ser objeto de verificación en función del nivel de definición
de la documentación técnica presentada. Excepcionalmente, en caso de actuaciones
incompatibles con la planificación territorial y urbanística que sean de especial relevancia
por su magnitud, su proyección económica y social o su importancia para la estructuración
territorial de Andalucía, se valorará la viabilidad de su modificación de conformidad con
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305930
II. FUNDAMENTOS DE DERECHO