3. Otras disposiciones. . (2024/151-34)
Acuerdo de 30 de julio de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el I Plan de Familias de Andalucía 2024-2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 151 - Lunes, 5 de agosto de 2024

página 49069/2

diseño, ejecución y evaluación de políticas públicas. Para ello, es necesario llevar a cabo
actuaciones de información, sensibilización y concienciación sobre las familias, así como
la formación de profesionales y entidades.
Línea 2. Fomentar la natalidad, a través de un plan andaluz de natalidad, para hacer
frente al reto demográfico implantando políticas públicas de apoyo explícito a la natalidad,
mediante actuaciones transversales y complementarias desarrolladas en coordinación
con otras administraciones.
Línea 3. Apoyar a las familias y promocionar su libre desarrollo, favoreciendo que las
personas puedan llevar a cabo su proyecto familiar, y promoviendo un trato equitativo a
las familias en toda su diversidad de acuerdo con sus diferentes circunstancias.
Línea 4. Facilitar la conciliación y la corresponsabilidad entre los miembros de la unidad
familiar unida a la adecuada conciliación de la vida profesional con la vida familiar y personal.
Por último, el Plan de Familias contará con un sistema de seguimiento desarrollado por
la Secretaría General de Familias, Igualdad, Violencia de Género y Diversidad que realizará
un análisis de aquellas acciones e iniciativas ejecutadas o promovidas que estén alineadas
con las líneas de actuación referidas, así como de sus indicadores. Igualmente, al finalizar
la vigencia del Plan, se llevará a cabo un trabajo de evaluación que servirá como punto de
partida para los futuros instrumentos de planificación que den continuidad a este Plan.
Por otro lado, con el presente Plan de Familias, Andalucía pretende alinear su
estrategia y actuación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) proclamados
por Naciones Unidas, considerando que su implementación puede conseguir que las
futuras políticas funcionen para las familias. Concretamente se puede vincular el Plan de
Familias con el Objetivo 3. Garantizar una vida sana y promover el bienestar de todos a
todas las edades, así como con el Objetivo 5. Lograr la igualdad de género y empoderar
a todas las mujeres y las niñas a través de su Meta 5.4.
El Plan que se aprueba mediante el presente acuerdo, ha sido elaborado conforme
a lo dispuesto en el apartado quinto del citado Acuerdo de formulación del I Plan de
Familias, si bien su ámbito temporal se actualiza al periodo 2024-2025.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 27.12 de la Ley 6/2006,
de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la
Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, previa deliberación del Consejo
de Gobierno en su reunión del día 30 de julio de 2024, se adopta el siguiente
ACUERDO
Primero. Aprobación del I Plan de Familias de Andalucía 2024-2025.
1. Se aprueba el I Plan de Familias de Andalucía 2024-2025 .
2. El texto del Plan estará disponible en la sección de Planificación, evaluación y
estadística (Planes y programas) del Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de
Transparencia Pública de Andalucía, y en la web de la Consejería de Inclusión Social,
Juventud, Familias e Igualdad.
https://juntadeandalucia.es/organismos/transparencia/planificacion-evaluacionestadistica/planes.html

Tercero. Desarrollo y ejecución.
Se habilita a la persona titular de la Consejería con competencias en materia de
familias para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución
del presente acuerdo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00306019

Segundo. Ámbito temporal.
El ámbito temporal del Plan comprenderá dos anualidades, de 2024 a 2025.