Disposiciones generales. . (2024/150-6)
Orden de 30 de julio de 2024, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, para el ejercicio 2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 150 - Viernes, 2 de agosto de 2024
página 49046/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Orden de 30 de julio de 2024, por la que se convocan subvenciones, en
régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas para la
realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con
cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, para el ejercicio 2024.
Mediante Orden de 10 de julio de 2024 (BOJA núm. 137, de 16 de julio de 2024), se
aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de
concurrencia competitiva destinadas a entidades privadas para la realización de
actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación
tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto
sobre Sociedades, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Inclusión Social,
Juventud, Familias e Igualdad.
En el marco de la referida orden se regulan cuatro líneas de subvenciones y se
especifica el régimen jurídico para cada una de ellas.
Conforme dispone el artículo 5.2 de la Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que
se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de
la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva, en la correspondiente convocatoria se especificará la cuantía total máxima
destinada a cada línea de subvención y, en su caso, su distribución entre los ámbitos
territoriales y/o funcionales de competitividad.
El pleno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía
y Atención a la Dependencia, reunido en sesión de 17 de junio de 2024, propone acordar
los criterios de distribución y la distribución resultante de los créditos destinados a
subvencionar, por parte de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de
Autonomía, programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del 0,7%
del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades,
para el año 2024. Así, y con el fin de disponer de mayor plazo para la presentación de
solicitudes y la gestión del procedimiento, se realiza la presente convocatoria por el
importe disponible actualmente en el presupuesto de la Comunidad Autónoma, con la
previsión expresa de una cuantía adicional en los términos del artículo 10.d) del Decreto
282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos
de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, cuantía
adicional que se publicará una vez aprobado el crédito definitivo correspondiente a la
Comunidad Autónoma de Andalucía por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del
Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
DISPONGO
Primero. Convocatoria y limitaciones presupuestarias.
1. Se convocan para el ejercicio 2024, en la modalidad de concesión en régimen
de concurrencia competitiva, las cuatro líneas de subvenciones reguladas en el marco
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305996
En su virtud, y conforme a lo establecido en el Título VII del texto refundido de la
Ley General de La Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, en relación con el Decreto 161/2022, de 9 de agosto,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social,
Juventud, Familias e Igualdad,
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 150 - Viernes, 2 de agosto de 2024
página 49046/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Orden de 30 de julio de 2024, por la que se convocan subvenciones, en
régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas para la
realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con
cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, para el ejercicio 2024.
Mediante Orden de 10 de julio de 2024 (BOJA núm. 137, de 16 de julio de 2024), se
aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de
concurrencia competitiva destinadas a entidades privadas para la realización de
actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación
tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto
sobre Sociedades, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Inclusión Social,
Juventud, Familias e Igualdad.
En el marco de la referida orden se regulan cuatro líneas de subvenciones y se
especifica el régimen jurídico para cada una de ellas.
Conforme dispone el artículo 5.2 de la Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que
se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de
la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva, en la correspondiente convocatoria se especificará la cuantía total máxima
destinada a cada línea de subvención y, en su caso, su distribución entre los ámbitos
territoriales y/o funcionales de competitividad.
El pleno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía
y Atención a la Dependencia, reunido en sesión de 17 de junio de 2024, propone acordar
los criterios de distribución y la distribución resultante de los créditos destinados a
subvencionar, por parte de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de
Autonomía, programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del 0,7%
del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades,
para el año 2024. Así, y con el fin de disponer de mayor plazo para la presentación de
solicitudes y la gestión del procedimiento, se realiza la presente convocatoria por el
importe disponible actualmente en el presupuesto de la Comunidad Autónoma, con la
previsión expresa de una cuantía adicional en los términos del artículo 10.d) del Decreto
282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos
de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, cuantía
adicional que se publicará una vez aprobado el crédito definitivo correspondiente a la
Comunidad Autónoma de Andalucía por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del
Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
DISPONGO
Primero. Convocatoria y limitaciones presupuestarias.
1. Se convocan para el ejercicio 2024, en la modalidad de concesión en régimen
de concurrencia competitiva, las cuatro líneas de subvenciones reguladas en el marco
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305996
En su virtud, y conforme a lo establecido en el Título VII del texto refundido de la
Ley General de La Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, en relación con el Decreto 161/2022, de 9 de agosto,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social,
Juventud, Familias e Igualdad,