Disposiciones generales. . (2024/150-8)
Orden de 26 de julio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a los Colegios de Procuradores de los Tribunales de Andalucía, para la financiación de las medidas necesarias a adoptar para la designación de Procurador o Procuradora que represente de forma gratuita a las víctimas de violencia de género en las fases del proceso penal en que su intervención no sea preceptiva.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 150 - Viernes, 2 de agosto de 2024
página 48905/12
(Página 8 de 10)
Antes de proponerse el pago la persona o entidad beneficiaria deberá acreditar que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y frente
a la Seguridad Social, así como que no es deudora de la Junta de Andalucía por cualquier otro ingreso de derecho público.
Otros requisitos previos a la propuesta de pago:
23.c) Compromiso de pago en una fecha determinada:
No se establece el compromiso de pago en una fecha determinada.
Se establece el compromiso de pago en la/s siguientes fecha/s:
23.d) Forma en la que se efectuará el pago:
El pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta que la persona o entidad solicitante haya indicado, previa acreditación de su
titularidad.
Otra forma: El pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la entidad colaboradora, que lo
distribuirá entre los distintos colegios de procuradores de los tribunales de Andalucía
solicitantes.
24.- Medidas de garantía en favor de los intereses públicos (Artículo 26):
No se establecen.
Sí.
- Forma:
- Cuantía de las garantías:
- Órgano en cuyo favor se constituyen:
- Procedimiento de cancelación:
25.- Justificación de la subvención (Artículo 27).
25.a) La justificación de la subvención ante el órgano concedente se realizará por parte de:
La persona o entidad beneficiaria.
La entidad colaboradora.
25.b) Plazo máximo para la presentación de la justificación:
El plazo máximo para la presentación de la justificación será de: 3 meses , a contar desde: la materialización del pago
Otras formas de determinar el plazo máximo para la presentación de la justificación:
25.c) Documentos justificativos del gasto:
Originales. Se marcarán con una estampilla:
Sí
No
Fotocopias compulsadas.
25.d) Utilización de medios electrónicos, informáticos o telemáticos en el procedimiento de justificación:
No.
Sí. Medios: Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía.
25.e) Trámites que podrán cumplimentarse con los medios arriba aludidos.
Envío de la cuenta justificativa prevista en el apartado 25.f).1º.
25.f) Modalidad de justificación:
25.f).1º Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto:
Contenido de la memoria económica justificativa:
El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto será el indicado en el artículo 27.2.a).1ª del Texto
Articulado.
El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto será el siguiente:
1. Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la
concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados
obtenidos, que contendrá:
a)Certificación de cada uno de los colegios profesionales beneficiarios en la que se relacione las
designaciones realizadas y en la que se detalle respecto de estas la siguiente información:
b)Certificación de cada uno de los colegios profesionales beneficiarios sobre el cumplimiento de
las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, así como de las obligaciones en
materia de publicidad relativas a la constancia en toda la documentación, información o publicidad
que se efectúe de la actividad objeto de subvención de que esta se encuentra subvencionada por la
Consejería competente en materia de justicia,así como que se ha financiado con cargo a los fondos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305855
1º. Número de colegiación, nombre y apellidos, así como el número de identificación fiscal, de
cada uno de los profesionales de la procuraduría que han realizado actuaciones, desagregados por
sexo.
2º. Relación de actuaciones realizadas por cada procurador o procuradora, con indicación del
número de víctimas de violencia de género atendidas y fecha de cada actuación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 150 - Viernes, 2 de agosto de 2024
página 48905/12
(Página 8 de 10)
Antes de proponerse el pago la persona o entidad beneficiaria deberá acreditar que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y frente
a la Seguridad Social, así como que no es deudora de la Junta de Andalucía por cualquier otro ingreso de derecho público.
Otros requisitos previos a la propuesta de pago:
23.c) Compromiso de pago en una fecha determinada:
No se establece el compromiso de pago en una fecha determinada.
Se establece el compromiso de pago en la/s siguientes fecha/s:
23.d) Forma en la que se efectuará el pago:
El pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta que la persona o entidad solicitante haya indicado, previa acreditación de su
titularidad.
Otra forma: El pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la entidad colaboradora, que lo
distribuirá entre los distintos colegios de procuradores de los tribunales de Andalucía
solicitantes.
24.- Medidas de garantía en favor de los intereses públicos (Artículo 26):
No se establecen.
Sí.
- Forma:
- Cuantía de las garantías:
- Órgano en cuyo favor se constituyen:
- Procedimiento de cancelación:
25.- Justificación de la subvención (Artículo 27).
25.a) La justificación de la subvención ante el órgano concedente se realizará por parte de:
La persona o entidad beneficiaria.
La entidad colaboradora.
25.b) Plazo máximo para la presentación de la justificación:
El plazo máximo para la presentación de la justificación será de: 3 meses , a contar desde: la materialización del pago
Otras formas de determinar el plazo máximo para la presentación de la justificación:
25.c) Documentos justificativos del gasto:
Originales. Se marcarán con una estampilla:
Sí
No
Fotocopias compulsadas.
25.d) Utilización de medios electrónicos, informáticos o telemáticos en el procedimiento de justificación:
No.
Sí. Medios: Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía.
25.e) Trámites que podrán cumplimentarse con los medios arriba aludidos.
Envío de la cuenta justificativa prevista en el apartado 25.f).1º.
25.f) Modalidad de justificación:
25.f).1º Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto:
Contenido de la memoria económica justificativa:
El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto será el indicado en el artículo 27.2.a).1ª del Texto
Articulado.
El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto será el siguiente:
1. Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la
concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados
obtenidos, que contendrá:
a)Certificación de cada uno de los colegios profesionales beneficiarios en la que se relacione las
designaciones realizadas y en la que se detalle respecto de estas la siguiente información:
b)Certificación de cada uno de los colegios profesionales beneficiarios sobre el cumplimiento de
las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, así como de las obligaciones en
materia de publicidad relativas a la constancia en toda la documentación, información o publicidad
que se efectúe de la actividad objeto de subvención de que esta se encuentra subvencionada por la
Consejería competente en materia de justicia,así como que se ha financiado con cargo a los fondos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305855
1º. Número de colegiación, nombre y apellidos, así como el número de identificación fiscal, de
cada uno de los profesionales de la procuraduría que han realizado actuaciones, desagregados por
sexo.
2º. Relación de actuaciones realizadas por cada procurador o procuradora, con indicación del
número de víctimas de violencia de género atendidas y fecha de cada actuación.