Disposiciones generales. . (2024/149-3)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Vivienda y Regeneración Urbana, por la que se acuerda la redistribución del crédito y el reajuste de anualidades establecido en la Orden de 18 de julio de 2023, por la que se amplía la cuantía total máxima del crédito destinado a la convocatoria, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para la rehabilitación a nivel de edificio, la mejora de la eficiencia energética en viviendas, la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, efectuada por la Orden de 26 de septiembre de 2022.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 149 - Jueves, 1 de agosto de 2024
página 48912/3
de julio de 2023 al momento en el que, de conformidad con las correspondientes bases
reguladoras, deba reconocerse el derecho a la percepción de los fondos por la persona
o entidad beneficiaria, habilitando para ello el crédito que se estima necesario en la
anualidad 2025.
De conformidad con el artículo 9.3 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que
se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las
subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias
administrativas y de régimen especial (BOJA núm. 70, de 12 de abril de 2018), el cual
dispone que toda modificación de las cuantías totales máximas del crédito afectado a
una convocatoria, así como la que se produzca en la distribución de aquéllas entre los
distintos ámbitos territoriales o funcionales de concurrencia, entre los distintos ejercicios
presupuestarios, y la que derive de la utilización de la dotación adicional prevista en
el apartado 2, requerirá la correspondiente modificación de la autorización inicial del
gasto, con carácter previo a la aprobación de la presente resolución se han tramitado los
expedientes complementarios de gasto correspondientes a las cuantías previstas en la
redistribución de cada una de las líneas de subvenciones afectadas.
Del mismo modo, el artículo 5.2 de la mencionada orden establece que, la modificación
de la distribución por anualidades inicialmente aprobada de las subvenciones plurianuales,
requerirá la tramitación del correspondiente expediente de reajuste de anualidades y que
este no precisará la modificación de la convocatoria.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Decreto 92/2022, de 31 de
mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la
Intervención General de la Junta de Andalucía, este procedimiento estará sometido a
fiscalización previa por parte de la Intervención competente.
Por lo anteriormente expuesto, conforme con lo establecido en las disposiciones
mencionadas, en el Título VII del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de
marzo, y en el Decreto 160/2022, de 09 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, la Dirección
General de Vivienda y Regeneración Urbana,
RESU ELV E
LÍNEA
PROVINCIA
PARTIDA PRESUPUESTARIA
CRÉDITO INICIAL
INCREMENTO
CRÉDITO FINAL
Línea 3
Almería
1700181252 G/43A/78400/04
MR01020101 2022000933
11.176.452,06 €
2.047.443,84 €
13.223.895,90 €
Línea 3
Cádiz
1700182252 G/43A/78400/11
MR01020101 2022000933
18.165.026,29 €
3.485.867,93 €
21.650.894,22 €
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305862
Primero. Redistribuir el crédito disponible por importe de 23.697.266,70 euros
establecido en la Orden de 18 de julio de 2023, por la que se amplía la cuantía total máxima
del crédito destinado a la convocatoria, en régimen de concurrencia no competitiva,
de subvenciones para la rehabilitación a nivel de edificio, la mejora de la eficiencia
energética en viviendas, la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación
y la redacción de proyectos de rehabilitación, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, efectuada por
la Orden de 26 de septiembre de 2022, en atención al criterio de peso poblacional y
al orden de prelación previsto; con asignación a las partidas presupuestarias, líneas de
subvenciones y ámbitos territoriales relacionadas a continuación:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 149 - Jueves, 1 de agosto de 2024
página 48912/3
de julio de 2023 al momento en el que, de conformidad con las correspondientes bases
reguladoras, deba reconocerse el derecho a la percepción de los fondos por la persona
o entidad beneficiaria, habilitando para ello el crédito que se estima necesario en la
anualidad 2025.
De conformidad con el artículo 9.3 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que
se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las
subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias
administrativas y de régimen especial (BOJA núm. 70, de 12 de abril de 2018), el cual
dispone que toda modificación de las cuantías totales máximas del crédito afectado a
una convocatoria, así como la que se produzca en la distribución de aquéllas entre los
distintos ámbitos territoriales o funcionales de concurrencia, entre los distintos ejercicios
presupuestarios, y la que derive de la utilización de la dotación adicional prevista en
el apartado 2, requerirá la correspondiente modificación de la autorización inicial del
gasto, con carácter previo a la aprobación de la presente resolución se han tramitado los
expedientes complementarios de gasto correspondientes a las cuantías previstas en la
redistribución de cada una de las líneas de subvenciones afectadas.
Del mismo modo, el artículo 5.2 de la mencionada orden establece que, la modificación
de la distribución por anualidades inicialmente aprobada de las subvenciones plurianuales,
requerirá la tramitación del correspondiente expediente de reajuste de anualidades y que
este no precisará la modificación de la convocatoria.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Decreto 92/2022, de 31 de
mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la
Intervención General de la Junta de Andalucía, este procedimiento estará sometido a
fiscalización previa por parte de la Intervención competente.
Por lo anteriormente expuesto, conforme con lo establecido en las disposiciones
mencionadas, en el Título VII del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de
marzo, y en el Decreto 160/2022, de 09 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, la Dirección
General de Vivienda y Regeneración Urbana,
RESU ELV E
LÍNEA
PROVINCIA
PARTIDA PRESUPUESTARIA
CRÉDITO INICIAL
INCREMENTO
CRÉDITO FINAL
Línea 3
Almería
1700181252 G/43A/78400/04
MR01020101 2022000933
11.176.452,06 €
2.047.443,84 €
13.223.895,90 €
Línea 3
Cádiz
1700182252 G/43A/78400/11
MR01020101 2022000933
18.165.026,29 €
3.485.867,93 €
21.650.894,22 €
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305862
Primero. Redistribuir el crédito disponible por importe de 23.697.266,70 euros
establecido en la Orden de 18 de julio de 2023, por la que se amplía la cuantía total máxima
del crédito destinado a la convocatoria, en régimen de concurrencia no competitiva,
de subvenciones para la rehabilitación a nivel de edificio, la mejora de la eficiencia
energética en viviendas, la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación
y la redacción de proyectos de rehabilitación, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, efectuada por
la Orden de 26 de septiembre de 2022, en atención al criterio de peso poblacional y
al orden de prelación previsto; con asignación a las partidas presupuestarias, líneas de
subvenciones y ámbitos territoriales relacionadas a continuación: