3. Otras disposiciones. . (2024/149-43)
Resolución de 18 de julio de 2024, de la Dirección General de Movilidad y Transportes, por la que se aprueba la encomienda de gestión a la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía, de conformidad con el artículo 105 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, para el seguimiento y evaluación de los Planes de Transporte Metropolitano, Planes de Movilidad Sostenibles de Andalucía y la Estrategia Andaluza de Movilidad y Transporte Sostenibles.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 149 - Jueves, 1 de agosto de 2024

página 48909/4

de Supervisión de Proyectos, la competencia para aprobar las encomiendas reguladas
en el art. 105 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, se encuentra delegada en los órganos
directivos centrales de la Consejería, en el ámbito de sus respectivas competencias, por
lo que
RESU ELVO
Primero. Objeto y actividades.
Autorizar encomendar a la AOPJA, de conformidad con el art. 105 de la Ley 9/2007,
de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y el art. 11 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la realización de
tareas técnicas y materiales vinculada al seguimiento y evaluación de los PPTTMM
y la EMTS. En el caso de los PPTTMM este sistema de seguimiento y evaluación se
encuentra recogido en las correspondientes versiones finales y tienen un funcionamiento
muy similar, homogéneo. No obstante, la EAMTS, por sus características específicas,
que abarcan un ámbito de actuación mucho más amplio y que afecta a todo el sistema
de transportes y movilidad, aún no se encuentra definida, por lo que se irá concretando a
medida que avancen los trabajos de elaboración de la citada Estrategia en coordinación
con AOPJA.
- La presente encomienda comprenderá la realización de actividades y tareas de
carácter material y técnicas dirigidas al desarrollo de los siguientes cometidos:
- Asesoramiento en la definición del Sistema de Evaluación y Seguimiento de la
EAMTS.
- Implementación de procedimientos para la evaluación y seguimiento de los PPTTMM
y la EMTS, incluyendo el seguimiento ambiental y de Impacto en la Salud de los mismos.
- Elaboración de los informes necesarios y con la periodicidad establecida en cada
uno de los sistemas de seguimiento y evaluación tanto de los PPTTMM como de la EMTS.
- Programación de propuestas, estrategias y alternativas en relación con el seguimiento.
- Evaluación y propuesta de revisión, en su caso, de los PPTTMM y la EMTS.
- Recopilación, mantenimiento y explotación de la información que constituye el
sistema de seguimiento y evaluación.
- Apoyo a la oficina técnica de seguimiento de cada PTM así como de la EMTS, una
vez aprobados, en todo aquello que sea necesario.
- Asesoramiento, asistencia y coordinación en las Mesas de Participación incluidas
en los distintos sistemas de seguimiento y evaluación organizadas por la DGMT.

Tercero. Mecanismo de control y seguimiento de la actividad encomendada.
Por la DGMT se nombrará una persona Directora de Actuaciones quien tendrá
asignadas funciones de inspección general de la encomienda, coordinación entre las
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00305859

Segundo. Naturaleza y alcance de la gestión encomendada.
La naturaleza de la encomienda tiene carácter administrativo y se desarrollará con
medios materiales y técnicos propios de la AOPJA, lo que supone un presupuesto de
cero euros, según consta en la memoria justificativa y el acuerdo por el que se ordena el
inicio de este expediente.
No supone cesión de titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos
de su ejercicio correspondientes a la CFATV, siendo responsabilidad de ésta última dictar
cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la
concreta actividad material objeto de la encomienda.
La persona titular de la DGMT estará facultada para dictar cuantas instrucciones
sean necesarias para el correcto desarrollo y ejecución de las actividades objeto de la
presente encomienda de gestión, así como la introducción de cualquier otro instrumento
de control y evaluación que se considere adecuado.