Autoridades y personal. . (2024/149-34)
Resolución de 12 de julio de 2024, de la Universidad Pablo de Olavide, por la que se establecen las bases reguladoras para la contratación laboral prevista en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación y se convoca a concurso público contratos de actividades científico-técnicas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 149 - Jueves, 1 de agosto de 2024
página 48861/7
• Como representante del órgano de representación de personal de la Universidad,
don Braulio Luis Flores Morón (suplente: Doña Monserrat Torralbo Aranda).
• Un funcionario del Área de Investigación, don Mario Asencio Macías, que
actuará como Secretario, con voz, pero sin voto (suplente: Un funcionario del Área de
Investigación, don Manuel Rafael Cardenete López).
10.2. La Comisión de Evaluación podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores/as especialistas. Estos asesores/as colaborarán, exclusivamente, en el
ejercicio de sus especialidades técnicas. En todo caso, podrán asistir a la Comisión como
especialistas:
• El/La Investigador/a responsable del proyecto, grupo, contrato o convenio de
Investigación objeto del contrato.
• Un/a Doctor/a propuesto/a por el Investigador Principal, con experiencia en la
investigación a realizar por los contratados/as.
11. Actas.
La Secretaria levantará acta de la sesión de cada Comisión Evaluadora y recogerá,
explícitamente, el orden priorizado de los/as solicitantes a efectos de su posible sustitución
en caso de renuncias o reclamaciones.
12. Propuesta de contratación.
Efectuada la selección de los/as aspirantes, se elevará la propuesta de contratación
al Sr/a. Rector/a Magnífico/a de la Universidad Pablo de Olavide.
13. Finalización del procedimiento selectivo.
El procedimiento de selección finalizará con la publicación en el Tablón Electrónico
Oficial https://www.upo.es/teo de la Universidad Pablo de Olavide, de la Resolución
Rectoral en la que se adjudique el contrato o contratos ofertados o se declare la
no provisión de todos/as o algunos/as de ellos/as, por no reunir los/las aspirantes las
condiciones del perfil y/o los requisitos mínimos solicitado en la convocatoria, o por no
existir solicitudes válidas.
14. Incompatibilidades.
Para la formalización del contrato, la persona contratada deberá formular declaración
de no poseer o ejercer, en el momento de su contratación, empleo público o privado
incompatible con las funciones a desempeñar. La comprobación, en cualquier momento,
por parte de la Universidad Pablo de Olavide de la existencia de una actividad incompatible
según la normativa de aplicación, supondrá la inmediata rescisión del contrato de trabajo
adjudicado.
16. Declaraciones específicas persona adjudicataria del contrato relativas al Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La persona adjudicataria del contrato, deberá aportar al Área de Investigación, en
el plazo de incorporación de cada contrato, las declaraciones específicas detalladas en
el Anexo VII relativas al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, firmadas
electrónicamente:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305810
15. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El contrato convocado está acogido al Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, siendo financiado por la Unión Europea-Next GenerationEU, por lo que
su gestión y formalización supondrá el cumplimiento de los requerimientos normativos
aplicables.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 149 - Jueves, 1 de agosto de 2024
página 48861/7
• Como representante del órgano de representación de personal de la Universidad,
don Braulio Luis Flores Morón (suplente: Doña Monserrat Torralbo Aranda).
• Un funcionario del Área de Investigación, don Mario Asencio Macías, que
actuará como Secretario, con voz, pero sin voto (suplente: Un funcionario del Área de
Investigación, don Manuel Rafael Cardenete López).
10.2. La Comisión de Evaluación podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores/as especialistas. Estos asesores/as colaborarán, exclusivamente, en el
ejercicio de sus especialidades técnicas. En todo caso, podrán asistir a la Comisión como
especialistas:
• El/La Investigador/a responsable del proyecto, grupo, contrato o convenio de
Investigación objeto del contrato.
• Un/a Doctor/a propuesto/a por el Investigador Principal, con experiencia en la
investigación a realizar por los contratados/as.
11. Actas.
La Secretaria levantará acta de la sesión de cada Comisión Evaluadora y recogerá,
explícitamente, el orden priorizado de los/as solicitantes a efectos de su posible sustitución
en caso de renuncias o reclamaciones.
12. Propuesta de contratación.
Efectuada la selección de los/as aspirantes, se elevará la propuesta de contratación
al Sr/a. Rector/a Magnífico/a de la Universidad Pablo de Olavide.
13. Finalización del procedimiento selectivo.
El procedimiento de selección finalizará con la publicación en el Tablón Electrónico
Oficial https://www.upo.es/teo de la Universidad Pablo de Olavide, de la Resolución
Rectoral en la que se adjudique el contrato o contratos ofertados o se declare la
no provisión de todos/as o algunos/as de ellos/as, por no reunir los/las aspirantes las
condiciones del perfil y/o los requisitos mínimos solicitado en la convocatoria, o por no
existir solicitudes válidas.
14. Incompatibilidades.
Para la formalización del contrato, la persona contratada deberá formular declaración
de no poseer o ejercer, en el momento de su contratación, empleo público o privado
incompatible con las funciones a desempeñar. La comprobación, en cualquier momento,
por parte de la Universidad Pablo de Olavide de la existencia de una actividad incompatible
según la normativa de aplicación, supondrá la inmediata rescisión del contrato de trabajo
adjudicado.
16. Declaraciones específicas persona adjudicataria del contrato relativas al Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La persona adjudicataria del contrato, deberá aportar al Área de Investigación, en
el plazo de incorporación de cada contrato, las declaraciones específicas detalladas en
el Anexo VII relativas al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, firmadas
electrónicamente:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305810
15. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El contrato convocado está acogido al Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, siendo financiado por la Unión Europea-Next GenerationEU, por lo que
su gestión y formalización supondrá el cumplimiento de los requerimientos normativos
aplicables.