Autoridades y personal. . (2024/148-45)
Resolución de 25 de julio de 2024, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca, por procedimiento de urgencia, proceso selectivo para la contratación de personal investigador predoctoral en formación con cargo a la Acción 5 del Plan Operativo de Apoyo a la Investigación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 148 - Miércoles, 31 de julio de 2024
página 48783/8
12. Extinción del contrato.
12.1. Causas generales de extinción.
El contrato predoctoral se extinguirá al llegar a término o por denuncia de cualquiera
de las partes, así como por las causas previstas en el artículo 49 del texto refundido
de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Para contratos de duración superior a un
año, la parte que formule la denuncia debe notificar la terminación del contrato con una
antelación mínima de quince días.
12.2. Obtención del título de doctorado.
La consecución del título universitario oficial de doctorado pone fin a la etapa de
formación del personal investigador predoctoral y marca el inicio de la etapa postdoctoral.
La obtención del título de doctorado extingue el contrato predoctoral, aunque no se haya
agotado su duración máxima. Se considera que se ha obtenido el título de doctorado en
la fecha del acto de defensa y aprobación de la tesis doctoral.
12.3. Falta de remisión de documentación.
La falta de remisión de la documentación requerida al finalizar cada anualidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305733
11.2. Comunicación del grado de doctor.
Deben comunicar al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia del Conocimiento
la obtención del grado de doctor en un plazo máximo de 10 días naturales desde la fecha
de su obtención.
11.3. Comunicación de incidencias.
Deben comunicar al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia del Conocimiento
cualquier renuncia, interrupción u otra incidencia en un plazo máximo de 10 días naturales
desde que se produzca.
11.4. Desarrollo del plan de trabajo.
Deben desarrollar eficazmente el plan de trabajo presentado en la Memoria de
Investigación, conforme a las fases previstas y las normas del grupo o equipo de
investigación.
11.5. Colaboración en tareas docentes.
Pueden colaborar en tareas docentes con fines formativos hasta un máximo de 60
horas anuales, con un máximo de 180 horas durante todo el contrato, previo acuerdo
entre el director/a del contrato predoctoral y el departamento implicado. Esta docencia
debe reflejarse en el Plan de Organización Docente.
11.6. Comunicación de suspensiones temporales.
Deben comunicar la suspensión temporal por enfermedad justificada o maternidad al
director/a de tesis y al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia del Conocimiento.
11.7. Informe anual.
Deben remitir anualmente al Servicio de Gestión de la Investigación, en un plazo
máximo de un mes desde su concesión, un informe favorable de la comisión académica
del programa de doctorado sobre el desarrollo del Plan de Investigación y el Documento
de Actividades del Doctorando. Un informe desfavorable será causa de extinción del
contrato.
11.8. Acreditación de matrícula.
Deben presentar, junto con el informe de seguimiento, la acreditación de la matrícula
en un programa de doctorado de la Universidad de Jaén.
11.9. Depósito de tesis doctoral.
Deben realizar el depósito de su tesis doctoral como máximo durante el último
cuatrimestre del cuarto año del contrato, asegurando que la tesis se defienda o tenga
autorizada su defensa dentro de los cuatro años del contrato predoctoral.
11.10. Actuaciones de comprobación.
Deben someterse a las actuaciones de comprobación que considere la Comisión de
Investigación de la Universidad de Jaén.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 148 - Miércoles, 31 de julio de 2024
página 48783/8
12. Extinción del contrato.
12.1. Causas generales de extinción.
El contrato predoctoral se extinguirá al llegar a término o por denuncia de cualquiera
de las partes, así como por las causas previstas en el artículo 49 del texto refundido
de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Para contratos de duración superior a un
año, la parte que formule la denuncia debe notificar la terminación del contrato con una
antelación mínima de quince días.
12.2. Obtención del título de doctorado.
La consecución del título universitario oficial de doctorado pone fin a la etapa de
formación del personal investigador predoctoral y marca el inicio de la etapa postdoctoral.
La obtención del título de doctorado extingue el contrato predoctoral, aunque no se haya
agotado su duración máxima. Se considera que se ha obtenido el título de doctorado en
la fecha del acto de defensa y aprobación de la tesis doctoral.
12.3. Falta de remisión de documentación.
La falta de remisión de la documentación requerida al finalizar cada anualidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305733
11.2. Comunicación del grado de doctor.
Deben comunicar al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia del Conocimiento
la obtención del grado de doctor en un plazo máximo de 10 días naturales desde la fecha
de su obtención.
11.3. Comunicación de incidencias.
Deben comunicar al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia del Conocimiento
cualquier renuncia, interrupción u otra incidencia en un plazo máximo de 10 días naturales
desde que se produzca.
11.4. Desarrollo del plan de trabajo.
Deben desarrollar eficazmente el plan de trabajo presentado en la Memoria de
Investigación, conforme a las fases previstas y las normas del grupo o equipo de
investigación.
11.5. Colaboración en tareas docentes.
Pueden colaborar en tareas docentes con fines formativos hasta un máximo de 60
horas anuales, con un máximo de 180 horas durante todo el contrato, previo acuerdo
entre el director/a del contrato predoctoral y el departamento implicado. Esta docencia
debe reflejarse en el Plan de Organización Docente.
11.6. Comunicación de suspensiones temporales.
Deben comunicar la suspensión temporal por enfermedad justificada o maternidad al
director/a de tesis y al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia del Conocimiento.
11.7. Informe anual.
Deben remitir anualmente al Servicio de Gestión de la Investigación, en un plazo
máximo de un mes desde su concesión, un informe favorable de la comisión académica
del programa de doctorado sobre el desarrollo del Plan de Investigación y el Documento
de Actividades del Doctorando. Un informe desfavorable será causa de extinción del
contrato.
11.8. Acreditación de matrícula.
Deben presentar, junto con el informe de seguimiento, la acreditación de la matrícula
en un programa de doctorado de la Universidad de Jaén.
11.9. Depósito de tesis doctoral.
Deben realizar el depósito de su tesis doctoral como máximo durante el último
cuatrimestre del cuarto año del contrato, asegurando que la tesis se defienda o tenga
autorizada su defensa dentro de los cuatro años del contrato predoctoral.
11.10. Actuaciones de comprobación.
Deben someterse a las actuaciones de comprobación que considere la Comisión de
Investigación de la Universidad de Jaén.