Autoridades y personal. . (2024/148-45)
Resolución de 25 de julio de 2024, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca, por procedimiento de urgencia, proceso selectivo para la contratación de personal investigador predoctoral en formación con cargo a la Acción 5 del Plan Operativo de Apoyo a la Investigación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 148 - Miércoles, 31 de julio de 2024

página 48783/6

de Investigación y Transferencia del Conocimiento con al menos 15 días naturales de
antelación a la fecha fin de la tercera anualidad. Junto al escrito, deberán acreditar
documentalmente que la aprobación y/o el acto de defensa de la tesis doctoral se realizó
antes del inicio de la última anualidad del contrato y presentar un programa de actividades
de docencia e investigación para el contrato posdoctoral. No será válido el depósito de la
tesis doctoral pendiente de aprobación para su defensa.
6. Presupuesto de la convocatoria.
El presupuesto de los contratos convocados en esta resolución asciende a
1.372.061,44 €, que se imputará a la aplicación presupuestaria 02.03 IFP 482.20
correspondiente al Presupuesto de la Universidad de Jaén para el ejercicio 2024,
y sus equivalentes en ejercicios posteriores, de acuerdo con las disponibilidades
presupuestarias.
La distribución de la financiación de los contratos predoctorales por aplicaciones
presupuestarias, con carácter estimativo, es la siguiente:
Aplicación
presupuestaria
02.03 IFP 482.20

2024

2025

2026

2027

2028

TOTAL

68.498,01

273.992,06

289.557,35

323.930,69

351.467,91

1.372.061,44

Importes en euros.
La distribución de la cuantía total máxima que figura en la convocatoria tiene carácter
estimado.

8. Cambio de director/a de tesis o de Estructura de Investigación.
8.1. Cambio de director/a de tesis.
El personal investigador en formación deberá realizar su labor en la estructura
de investigación a la que pertenezca su director/a de tesis. Para cualquier cambio de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00305733

7. Régimen de incompatibilidades.
7.1. Incompatibilidad con otros contratos.
Los contratos financiados serán incompatibles con la vigencia de cualquier otro contrato
laboral por parte del personal investigador predoctoral en formación contratado y con la
percepción de cualquier cuantía que tenga naturaleza salarial, cuando ello perjudique a la
finalidad investigadora y formativa del contrato y/o se produzca en su mismo horario, así
como con la percepción de otras ayudas que tengan una finalidad análoga.
No obstante lo anterior, el personal investigador predoctoral en formación contratado
podrá percibir complementos no salariales provenientes de proyectos y contratos de
I+D, complementos por tareas docentes que no impliquen vinculación contractual, así
como ayudas complementarias para fomentar la movilidad del personal investigador,
siempre que estas ayudas no impliquen la formalización de contratos laborales, u otras
destinadas a la asistencia a congresos, reuniones o jornadas científicas. En todo caso,
las actividades de las que se deriven los complementos o ayudas anteriores no deben
menoscabar o interrumpir la finalidad del contrato.
7.2. Comunicación de otras ayudas.
Las personas beneficiarias deberán comunicar al Vicerrectorado de Investigación y
Transferencia del Conocimiento la obtención de otras ayudas, subvenciones, ingresos
o recursos que financien las actividades subvencionadas tan pronto como tengan
conocimiento de ello y antes de percibirlas. La Comisión de Investigación determinará los
efectos de esta situación.
7.3. Limitación de adjudicación de contratos.
Ningún proyecto de investigación, contrato o convenio de prestación de servicios
podrá ser adjudicatario de más de un contrato de este tipo, incluso de distintas
convocatorias, y no podrá tener activa más de una persona adjudicataria de estos
contratos de la Universidad de Jaén simultáneamente.