Disposiciones generales. . (2024/147-1)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Secretaría General de Vivienda, acordando someter al trámite de información pública el anteproyecto de ley de vivienda de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 147 - Martes, 30 de julio de 2024

página 48732/2

Segundo. El texto del anteproyecto de ley quedará expuesto durante dicho plazo,
para su general conocimiento:
a) En formato digital, en el Portal de la Junta de Andalucía mediante el punto de
acceso identificado con la expresión «participación pública en proyectos normativos»:
https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/523006.html
b) En formato papel, en las dependencias administrativas de la Secretaría General de
Vivienda de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, sita en calle
Pablo Picasso, núm. 6, 41071 Sevilla, dentro del siguiente horario: de lunes a viernes de
9:00 a 14:00 horas, con las excepciones previstas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al anteproyecto de ley de vivienda
de Andalucía deberán dirigirse a la persona titular de la Secretaría General de Vivienda
de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda (indicando el Número
de Identificación Fiscal y el nombre y apellidos de las personas físicas; en el caso de las
personas jurídicas, deberán indicar su denominación y número de Identificación Fiscal) y
se presentarán:
a) Las personas o entidades que estén obligadas a relacionarse a través de medios
electrónicos podrán presentar sus escritos en formato digital y abierto en la dirección
electrónica: leyvivienda.sgv.cfatv@juntadeandalucia.es
Asimismo, se podrán presentar en formato electrónico en el Registro Electrónico
Único en la Sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la
Presentación Electrónica General
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientoDetalle.xhtml
o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo
2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
b) Las personas físicas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios
electrónicos podrán presentar sus alegaciones, además de en el Registro Electrónico
Único en la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía,
en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere
el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o en formato papel en las Oficinas de
Asistencia en materia de Registro de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio
y Vivienda, sita en calle Pablo Picasso, núm. 6, 41071 Sevilla, o bien en cualquiera otra,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Cuarto. En cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa establecidas en el
artículo 13 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, la
documentación correspondiente a este proyecto normativo estará disponible en el Portal
de Transparencia, al que se podrá acceder a través del siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/servicios/normativa/normas-elaboracion/detalle/522988.html

00305682

Sevilla, 24 de julio de 2024.- La Secretaria General, Alicia Martínez Martín.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja