Autoridades y personal. . (2024/147-19)
Resolución de 23 de julio de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesorado Permanente Laboral.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 147 - Martes, 30 de julio de 2024
página 48669/5
Igualmente se procederá a su publicación de forma complementaria y con carácter
meramente informativo en la página web del área de Ordenación Académica.
Para el caso de que todas las personas candidatas estén incluidas, las listas
provisionales podrán elevarse a definitivas.
5. Subsanación de solicitudes.
Las personas interesadas podrán subsanar sus solicitudes en un plazo de 10 días
hábiles, a computar a partir del día siguiente al de la publicación de la lista provisional de
personas concursantes admitidas y excluidas en el tablón electrónico oficial, aportando
los documentos cuya omisión motivó la exclusión o complementando los mismos, salvo
que hayan sido excluidos por las causas incluidas en el punto 7. En el mismo plazo,
podrán formular las alegaciones relativas a la exclusión u omisión. Los/as interesados/as
que dentro del plazo señalado no hayan subsanado su solicitud o no realicen alegaciones
frente a la omisión producida, serán excluidos de forma definitiva del procedimiento.
6. Publicación de lista definitiva de concursantes admitidos y excluidos.
A la vista de las reclamaciones, el Vicerrectorado con competencia en materia
de profesorado resolverá las mismas y procederá a publicar la lista definitiva de
concursantes admitidos y excluidos, mediante inserción en el Tablón Electrónico Oficial
y, de forma complementaria y meramente informativa, en la página web del área de
Ordenación Académica. Dicha resolución no agotará la vía administrativa, pudiendo las
personas interesadas interponer recurso de alzada ante la Rectora en el plazo legalmente
establecido.
8. Comisiones de Selección.
8.1. Las Comisiones estarán formadas por las personas que figuran en Anexo I de la
convocatoria, nombrados de acuerdo con el procedimiento y condiciones establecidas en
los artículos 11, 12, 13 y 14 del Reglamento para la selección de Profesorado Ayudante
Doctor y Profesorado Permanente Laboral/Contratado Doctor de la Universidad de Huelva.
La configuración de las comisiones se ajustará al principio de composición equilibrada
que contempla la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres, que establece como criterio de actuación la obligación de promover
la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de selección y valoración,
salvo por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas. Se entenderá por
composición equilibrada la presencia de mujeres y hombres de forma que, en el conjunto
a que se refiera, las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean
menos del cuarenta por ciento.
8.2. De acuerdo con el artículo 17 del Reglamento para la selección de Profesorado
Ayudante Doctor y Profesorado Permanente Laboral/Contratado Doctor de la Universidad
de Huelva; y a fin de garantizar la transparencia y objetividad en el nombramiento de
las personas evaluadoras de las Comisiones de Selección, la Universidad publicará los
currículos de las personas evaluadoras en la página web del servicio de Ordenación
Académica
(https://www.uhu.es/ordenacion-academica/plazas-de-profesorado/plazas-personaldocente-investigador-contratado).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305619
7. Motivos de exclusión de las personas candidatas no subsanables.
Será causa de exclusión automática, sin posibilidad de subsanación:
1. La falta de entrega de la instancia-currículo dentro del período de solicitud.
2. No adjuntar con la instancia-currículo el documento acreditativo del pago de las
tasas.
3. No aportar la documentación requerida por la convocatoria en el formato indicado
en la misma.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 147 - Martes, 30 de julio de 2024
página 48669/5
Igualmente se procederá a su publicación de forma complementaria y con carácter
meramente informativo en la página web del área de Ordenación Académica.
Para el caso de que todas las personas candidatas estén incluidas, las listas
provisionales podrán elevarse a definitivas.
5. Subsanación de solicitudes.
Las personas interesadas podrán subsanar sus solicitudes en un plazo de 10 días
hábiles, a computar a partir del día siguiente al de la publicación de la lista provisional de
personas concursantes admitidas y excluidas en el tablón electrónico oficial, aportando
los documentos cuya omisión motivó la exclusión o complementando los mismos, salvo
que hayan sido excluidos por las causas incluidas en el punto 7. En el mismo plazo,
podrán formular las alegaciones relativas a la exclusión u omisión. Los/as interesados/as
que dentro del plazo señalado no hayan subsanado su solicitud o no realicen alegaciones
frente a la omisión producida, serán excluidos de forma definitiva del procedimiento.
6. Publicación de lista definitiva de concursantes admitidos y excluidos.
A la vista de las reclamaciones, el Vicerrectorado con competencia en materia
de profesorado resolverá las mismas y procederá a publicar la lista definitiva de
concursantes admitidos y excluidos, mediante inserción en el Tablón Electrónico Oficial
y, de forma complementaria y meramente informativa, en la página web del área de
Ordenación Académica. Dicha resolución no agotará la vía administrativa, pudiendo las
personas interesadas interponer recurso de alzada ante la Rectora en el plazo legalmente
establecido.
8. Comisiones de Selección.
8.1. Las Comisiones estarán formadas por las personas que figuran en Anexo I de la
convocatoria, nombrados de acuerdo con el procedimiento y condiciones establecidas en
los artículos 11, 12, 13 y 14 del Reglamento para la selección de Profesorado Ayudante
Doctor y Profesorado Permanente Laboral/Contratado Doctor de la Universidad de Huelva.
La configuración de las comisiones se ajustará al principio de composición equilibrada
que contempla la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres, que establece como criterio de actuación la obligación de promover
la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de selección y valoración,
salvo por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas. Se entenderá por
composición equilibrada la presencia de mujeres y hombres de forma que, en el conjunto
a que se refiera, las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean
menos del cuarenta por ciento.
8.2. De acuerdo con el artículo 17 del Reglamento para la selección de Profesorado
Ayudante Doctor y Profesorado Permanente Laboral/Contratado Doctor de la Universidad
de Huelva; y a fin de garantizar la transparencia y objetividad en el nombramiento de
las personas evaluadoras de las Comisiones de Selección, la Universidad publicará los
currículos de las personas evaluadoras en la página web del servicio de Ordenación
Académica
(https://www.uhu.es/ordenacion-academica/plazas-de-profesorado/plazas-personaldocente-investigador-contratado).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305619
7. Motivos de exclusión de las personas candidatas no subsanables.
Será causa de exclusión automática, sin posibilidad de subsanación:
1. La falta de entrega de la instancia-currículo dentro del período de solicitud.
2. No adjuntar con la instancia-currículo el documento acreditativo del pago de las
tasas.
3. No aportar la documentación requerida por la convocatoria en el formato indicado
en la misma.