3. Otras disposiciones. . (2024/145-30)
Acuerdo de 23 de julio de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se cede gratuitamente el uso, al Ayuntamiento de Puente Genil (Córdoba), del silo de dicha localidad, sito en calle Montalbán, 19, por un plazo de 30 años, con destino a centro expositivo, vivero empresarial y oficina de turismo, dotando al edificio de sistemas de producción de energías renovables.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 145 - Viernes, 26 de julio de 2024
página 48634/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Acuerdo de 23 de julio de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se cede
gratuitamente el uso, al Ayuntamiento de Puente Genil (Córdoba), del silo
de dicha localidad, sito en calle Montalbán, 19, por un plazo de 30 años, con
destino a centro expositivo, vivero empresarial y oficina de turismo, dotando al
edificio de sistemas de producción de energías renovables.
El Ayuntamiento de Puente Genil ha solicitado la cesión de uso del silo de dicha localidad,
sito en calle Montalbán, 19, por un plazo de 30 años, con destino a centro expositivo,
vivero empresarial y oficina de turismo, dotando al edificio de sistemas de producción de
energías renovables. El uso dominante en la parcela es el industrial, según se establece
en el informe de compatibilidad urbanística, siendo el uso pretendido compatible con el
desarrollo del uso industrial.
La Consejería competente en materia de agricultura, a la que está adscrito el
inmueble, ha mostrado su conformidad con la referida cesión de uso en los términos que
se establecen en el presente Acuerdo. Asimismo, la Consejería competente en materia
de turismo, afectada por razón del destino del bien, ha mostrado su conformidad.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía, Hacienda y Fondos Europeos,
y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión celebrada el día 23 de julio
de 2024,
ACUERDA
Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley 4/1986, de 5 de
mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, ceder gratuitamente el
uso, al Ayuntamiento de Puente Genil, del silo de dicha localidad, sito en calle Montalbán,
19, por un plazo de 30 años, con destino a centro expositivo, vivero empresarial y oficina
de turismo, dotando al edificio de sistemas de producción de energías renovables.
Consta inscrito en el Registro de la Propiedad de Aguilar de la Frontera, al tomo
1.426, libro 692, folio 178, con el número de finca 39.658 y con referencia catastral:
3805301UG4430N0001XM.
Anotado en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma
de Andalucía con el número 2000002236, con carácter patrimonial.
Tercero. El cesionario se obliga a asumir los gastos necesarios para el buen uso del
bien, así como los de personal, el cual, una vez finalizado el plazo de cesión, no pasará a
depender de la Junta de Andalucía.
Cuarto. Transcurrido el plazo de cesión de uso, pasarán a ser propiedad de
la Comunidad Autónoma de Andalucía las pertenencias, accesiones y cuantas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305584
Segundo. Si el bien cedido no fuera destinado al uso público previsto o dejara de
destinarse posteriormente, se considerará resuelta la cesión y revertirá a la Comunidad
Autónoma de Andalucía, integrándose en su patrimonio con todas sus pertenencias,
accesiones y cuantas revalorizaciones se hubieran acometido por el Ayuntamiento en
el mismo, sin derecho a compensación alguna, teniendo la Comunidad Autónoma de
Andalucía, además, derecho a percibir del Ayuntamiento, previa tasación pericial, el valor
de los detrimentos o deterioros que hubiera causado.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 145 - Viernes, 26 de julio de 2024
página 48634/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Acuerdo de 23 de julio de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se cede
gratuitamente el uso, al Ayuntamiento de Puente Genil (Córdoba), del silo
de dicha localidad, sito en calle Montalbán, 19, por un plazo de 30 años, con
destino a centro expositivo, vivero empresarial y oficina de turismo, dotando al
edificio de sistemas de producción de energías renovables.
El Ayuntamiento de Puente Genil ha solicitado la cesión de uso del silo de dicha localidad,
sito en calle Montalbán, 19, por un plazo de 30 años, con destino a centro expositivo,
vivero empresarial y oficina de turismo, dotando al edificio de sistemas de producción de
energías renovables. El uso dominante en la parcela es el industrial, según se establece
en el informe de compatibilidad urbanística, siendo el uso pretendido compatible con el
desarrollo del uso industrial.
La Consejería competente en materia de agricultura, a la que está adscrito el
inmueble, ha mostrado su conformidad con la referida cesión de uso en los términos que
se establecen en el presente Acuerdo. Asimismo, la Consejería competente en materia
de turismo, afectada por razón del destino del bien, ha mostrado su conformidad.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía, Hacienda y Fondos Europeos,
y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión celebrada el día 23 de julio
de 2024,
ACUERDA
Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley 4/1986, de 5 de
mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, ceder gratuitamente el
uso, al Ayuntamiento de Puente Genil, del silo de dicha localidad, sito en calle Montalbán,
19, por un plazo de 30 años, con destino a centro expositivo, vivero empresarial y oficina
de turismo, dotando al edificio de sistemas de producción de energías renovables.
Consta inscrito en el Registro de la Propiedad de Aguilar de la Frontera, al tomo
1.426, libro 692, folio 178, con el número de finca 39.658 y con referencia catastral:
3805301UG4430N0001XM.
Anotado en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma
de Andalucía con el número 2000002236, con carácter patrimonial.
Tercero. El cesionario se obliga a asumir los gastos necesarios para el buen uso del
bien, así como los de personal, el cual, una vez finalizado el plazo de cesión, no pasará a
depender de la Junta de Andalucía.
Cuarto. Transcurrido el plazo de cesión de uso, pasarán a ser propiedad de
la Comunidad Autónoma de Andalucía las pertenencias, accesiones y cuantas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305584
Segundo. Si el bien cedido no fuera destinado al uso público previsto o dejara de
destinarse posteriormente, se considerará resuelta la cesión y revertirá a la Comunidad
Autónoma de Andalucía, integrándose en su patrimonio con todas sus pertenencias,
accesiones y cuantas revalorizaciones se hubieran acometido por el Ayuntamiento en
el mismo, sin derecho a compensación alguna, teniendo la Comunidad Autónoma de
Andalucía, además, derecho a percibir del Ayuntamiento, previa tasación pericial, el valor
de los detrimentos o deterioros que hubiera causado.