3. Otras disposiciones. . (2024/144-32)
Resolución de 9 de julio de 2024, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable aprobadas por el Ayuntamiento de Jabalquinto (Jaén). (PP. 9118/2024).
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BOJA
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Hasta 15 mm
20 mm
25 mm
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40 mm
50 mm
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 144 - Jueves, 25 de julio de 2024
página 48285/4
Cuota de contratación (Cc) (euros)
66,94
82,26
97,59
112,91
143,56
174,22
La reconexión del suministro se hará por la Entidad suministradora, que cobrará del
abonado una cantidad equivalente al importe de la cuota de contratación vigente en el
momento del restablecimiento, para un calibre igual al instalado.
Segundo. Esta resolución surtirá efectos desde el día en que se adopta,
independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía como requisito de publicidad. De la misma se deberá informar expresamente
a los usuarios del servicio, por la Entidad, hasta tanto no se publique en el citado boletín.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General de
Hacienda en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o,
en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía.
00305234
Sevilla, 9 de julio de 2024.- El Director General, Jesús Ignacio Pérez Aguilera.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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97,59
112,91
143,56
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La reconexión del suministro se hará por la Entidad suministradora, que cobrará del
abonado una cantidad equivalente al importe de la cuota de contratación vigente en el
momento del restablecimiento, para un calibre igual al instalado.
Segundo. Esta resolución surtirá efectos desde el día en que se adopta,
independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía como requisito de publicidad. De la misma se deberá informar expresamente
a los usuarios del servicio, por la Entidad, hasta tanto no se publique en el citado boletín.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General de
Hacienda en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o,
en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía.
00305234
Sevilla, 9 de julio de 2024.- El Director General, Jesús Ignacio Pérez Aguilera.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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