Disposiciones generales. . (2024/143-3)
Orden de 16 de julio de 2024, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las ayudas previstas en la Orden de 24 de septiembre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.1).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 143 - Miércoles, 24 de julio de 2024

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Por su parte, la operación 4.1.2 está orientada igualmente a los Focus Área 2A y
Focus Área 5B, con una contribución indirecta en el Focus 5A, con especial hincapié en
el sector del olivar ya que esta operación está incluida en el Subprograma Temático del
Olivar. Además, las inversiones incluidas en esta operación deberán estar destinadas a
explotaciones agrarias de olivar, en cumplimiento con lo estipulado en el artículo 19 de la
Ley 5/2011, de 6 de octubre, del olivar de Andalucía.
Estas subvenciones están cofinanciadas por la Unión Europea que participa en un
75% a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER). Por su parte,
la Administración de la Junta de Andalucía lo hace en un 17,5%, y en un 7,5% con cargo
al Presupuesto de la Administración General del Estado estando la concesión de estas
subvenciones condicionada a las disponibilidades presupuestarias existentes.
Por lo anteriormente expuesto, considerando oportuno proceder a la convocatoria
de estas ayudas para el año 2024, y en su virtud y en ejercicio de la competencia que
me confiere el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y el artículo
115 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo,
RESU ELVO
Primero. Aprobar la Convocatoria para 2024 de la operación 4.1.1.
1. Se convocan para 2024 las ayudas reguladas en la Orden de 24 de septiembre de
2020, dentro de la operación 4.1.1, subvenciones en régimen de concurrencia competitiva
dirigidas a la realización de inversiones para la mejora del rendimiento y la sostenibilidad
global de explotaciones agrarias (operación 4.1.1, actuación para la modernización
genérica de explotaciones agrarias).
2. La información asociada al procedimiento de concesión de la ayuda convocada en
la presente orden se reproduce a continuación:

Ayudas dirigidas a la realización de
inversiones para la mejora del rendimiento y la
sostenibilidad global de explotaciones agrarias

Código de
Procedimiento
22097

Enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la
Sede Electrónica General de la Junta de Andalucía
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/
detalle/22097

3. Estas subvenciones tendrán por objeto la realización de inversiones dirigidas a
la mejora del rendimiento y la sostenibilidad global en explotaciones agrarias, así como
mejorar la eficiencia en el uso de la energía en la agricultura y los recursos naturales
disponibles, para las que exista un coste de referencia en el Anexo V de esta orden.
4. Para las subvenciones dirigidas a la mejora del rendimiento y la sostenibilidad
global de explotaciones agrarias (operación 4.1.1), a través de inversiones dirigidas a la
mejora del rendimiento y sostenibilidad global de explotaciones agrarias (modernización
genérica de explotaciones agrarias), podrán ser beneficiarios los agricultores con
personalidad física o jurídica, incluidos jóvenes agricultores solicitantes de la submedida
6.1, agrupaciones de agricultores, comunidades de bienes y cualquier otro tipo de unidad
económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica que sean titulares de
explotaciones agrarias ubicadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, para las
inversiones que realicen no relacionadas con la producción de olivar.
5. La presentación de solicitudes se realizará mediante modelo normalizado que
figura como Anexo I adjunto a esta convocatoria, y que está disponible en el enlace
indicado en el resuelvo primero, apartado 2, de esta orden.
6. Las solicitudes se presentarán de forma exclusiva electrónica, al poder optar
las personas interesadas por la presentación electrónica a través de las Entidades
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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