3. Otras disposiciones. . (2024/142-31)
Resolución de 16 de julio de 2024, de la Dirección General de Comercio, por la que se modifica la declaración de la Zona de Interés Artesanal del Casco Histórico de Córdoba.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 142 - Martes, 23 de julio de 2024

página 48372/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 16 de julio de 2024, de la Dirección General de Comercio, por
la que se modifica la declaración de la Zona de Interés Artesanal del Casco
Histórico de Córdoba.
Examinada la documentación remitida por la Delegación Territorial de Empleo, Empresa
y Trabajo Autónomo en Córdoba para la modificación de la Zona de Interés Artesanal del
Casco Histórico de Córdoba, al amparo de la Orden de 8 de septiembre de 2011, por la
que se regula el procedimiento para la declaración, revisión y revocación de las Zonas
y Puntos de Interés Artesanal, y se aprueba el distintivo para su identificación, se han
apreciado los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con objeto de la revisión de la Zona de Interés Artesanal del Casco Histórico
de Córdoba, la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en
Córdoba, en informe de fecha 4 de abril de 2024, indica que tres talleres no han cumplido
el requerimiento realizado por la misma al objeto de acreditar el mantenimiento de las
circunstancias que dieron lugar a la declaración, constatándose que incumplen con tal
obligación los talleres de Carmen Lucena Rodríguez, Ricardo Cané Sánchez y Rafael
Varo Atalaya (Cueros Ghadames).
En el mismo informe, se traslada a esta Dirección General que los talleres de
Inmaculada Serrano Polonio y M.ª del Carmen Pintado Moreno, para los que la
Asociación Cordobesa de Artesanos solicita su inclusión en la Zona de Interés Artesanal,
cumplen los requisitos establecidos en la Orden de 8 de septiembre de 2011, estimando
procedente la modificación, con las altas y bajas mencionadas, de la declaración de la
Zona de Interés Artesanal del Casco Histórico de Córdoba.
Segundo. Fue oída la Comisión de Artesanía de Andalucía manifestándose la misma
favorablemente en su sesión celebrada el día 12 de junio de 2024, respecto a la baja de
los talleres anteriormente mencionados y a la inclusión de los nuevos talleres propuestos
en la Zona de Interés Artesanal del Casco Histórico de Córdoba.
Tercero. De las actuaciones realizadas se dio traslado con fecha 24 de junio de
2024 a la Asociación Cordobesa de Artesanos, que en esa misma fecha comunicó su
conformidad a la modificación de la Zona de Interés Artesanal del Casco Histórico de
Córdoba.
Cuarto. Con fecha 2 de julio de 2024, el Servicio de Promoción Comercial y Artesana
suscribe la propuesta por la que se modifica la declaración de la Zona de Interés Artesanal
del Casco Histórico de Córdoba.

Primero. La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo es competente
para conocer y resolver el presente procedimiento, a tenor de lo dispuesto en el
artículo 58.1.3º de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de
Autonomía para Andalucía; Ley 15/2005, de 22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía;
Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio sobre reestructuración de Consejerías;
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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