Disposiciones generales. . (2024/141-1)
Resolución de 16 de julio de 2024, del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las subvenciones para acciones de formación en prevención de riesgos laborales que fomenten el impulso de la cultura preventiva, reguladas en la Orden de 14 febrero de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de formación, asistencia técnica e información en materia de prevención de riesgos laborales y cultura preventiva.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 141 - Lunes, 22 de julio de 2024

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2. Dado que de conformidad con el apartado 2.c) del cuadro resumen, cada entidad
puede presentar una única solicitud, en el caso de que se presentara más de una, la
última registrada en plazo en la dirección electrónica citada en el número 3 del apartado
décimo, sustituirá a las anteriores a los efectos de tramitación del procedimiento de
concesión de subvenciones.
Duodécimo. Órganos competentes.
Los órganos competentes para la instrucción, evaluación y resolución del
procedimiento de concesión de subvenciones serán los previstos en el apartado 13 del
cuadro resumen de la Orden de 14 de febrero de 2022.
Decimotercero. Notificación de los actos administrativos mediante publicación en la web.
Los actos que deban notificarse de forma conjunta a todas las entidades interesadas
y, en particular, los requerimientos de subsanación, el trámite de audiencia y la resolución
del procedimiento, serán publicados íntegramente en el tablón de anuncios de la página
web de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, en la siguiente dirección
electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24641.html
Dicha publicación sustituye a la notificación personal y surte los mismos efectos,
según lo previsto en los artículos 17 y 30 del Reglamento de los Procedimientos de
Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, y en relación
con lo recogido en el apartado 19 del cuadro resumen.
Decimocuarto. Forma y secuencia de pago.
De conformidad con lo dispuesto en el apartado 24 del cuadro resumen y con lo
establecido en el Acuerdo de 28 de mayo de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que
se excepciona de lo previsto en el artículo 124.4 del Texto Refundido de la Ley General
de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo
1/2010, de 2 de marzo, las subvenciones que se concedan en el marco de la Orden de
14 de febrero de 2022, se establece una secuencia de pago consistente en el abono
de la subvención concedida mediante un primer pago correspondiente al 75% del
importe total de la cantidad concedida, tras la publicación de la resolución de concesión,
librándose la cantidad restante, una vez finalizada la actividad o proyecto subvencionado,
previa presentación por la entidad beneficiaria de los documentos justificativos que se
especifican en el apartado 26 del cuadro resumen y tras la comprobación técnica y
documental de su ejecución.

Decimosexto. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de la publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la presente convocatoria, previsto en el
artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Sevilla, 16 de julio de 2024.- La Presidenta, P.D. (Orden de 14.10.2022, BOJA núm. 201,
de 19.10.2022), el Director-Gerente del IAPRL, Luis Roda Oliveira.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Decimoquinto. Devolución voluntaria de la subvención.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 124 quáter del Texto Refundido
de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, los medios disponibles
para que la entidad beneficiaria pueda efectuar la devolución voluntaria de la subvención,
o solicitar la compensación o el aplazamiento y fraccionamiento con reconocimiento de
deuda, regulados en los apartados 1 y 2 de dicho artículo, se encuentran en la siguiente
dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/organismos/haciendaindustriayenergia/areas/tesoreriaendeudamiento/paginas/devolucion-voluntaria.html