3. Otras disposiciones. . (2024/140-26)
Resolución de 12 de julio de 2024, de la Dirección Gerencia de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se aprueba la Política de Seguridad Interior, Seguridad de las Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones (TIC) y Protección de Datos de la Agencia Digital de Andalucía.
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Número 140 - Viernes, 19 de julio de 2024
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negligencia grave en su ejercicio. Se garantizará la independencia del Delegado de
Protección de Datos dentro de la Agencia, debiendo evitarse cualquier conflicto de
intereses.
2. S
u designación será comunicada en el plazo de diez días al Consejo de la
Transparencia y Protección de Datos de Andalucía.
3. Las funciones y responsabilidades del Delegado de protección de datos son:
a) Poner en conocimiento del Comité las cuestiones relacionadas con la protección de
datos que sea necesario y participar, desde el inicio, en todas las cuestiones relacionadas
con la protección de datos, contribuyendo así al cumplimiento de la protección de datos
personales desde el diseño y por defecto.
b) Asesorar y participar en todo proyecto normativo que pueda afectar al derecho de
protección de datos cuando prevea o determine un tratamiento de datos personales y en
el proceso de elaboración del análisis del impacto.
c) Ser consultado sobre la contratación, análisis, diseño, operación y mantenimiento
de los tratamientos realizados sobre datos personales.
d) Orientar sobre la confección de los modelos de formularios de recogida de datos
personales.
e) Asesorar sobre los análisis de riesgos para los derechos y libertades, y sobre
la evaluación de impacto relativa a la protección de datos, tanto en la necesidad de su
realización como en su elaboración.
f) Supervisar la gestión del registro de actividades de tratamiento de los Responsables
de Tratamiento, debiendo éstos facilitarle la información necesaria para ello. Ídem del
registro de actividades de tratamiento de la Agencia en su condición de Encargado de
tratamiento.
g) Aconsejar al Responsable del Tratamiento sobre la oportunidad y modo de notificar
los incidentes de seguridad sobre datos de carácter personal a la autoridad de control
correspondiente en materia de protección de datos de carácter personal.
h) Recomendar al Responsable del Tratamiento sobre la oportunidad y modo de
informar a las personas interesadas, y a las afectadas por violaciones de la seguridad de
sus datos personales que entrañen un alto riesgo para los derechos y libertades de las
personas físicas, conforme a lo establecido en el artículo 34 del RGPD.
i) Comprobar la asignación de responsabilidades, la concienciación y formación del
personal que participa en las actividades de tratamiento y las auditorías correspondientes.
j) Cooperar con la autoridad de control e intervenir en el caso de reclamaciones.
Actuar como punto de contacto de la autoridad de control para cuestiones relativas a los
tratamientos, incluidas las consultas previas del artículo 36 del Reglamento, o consultas
relativas a cualquier otro asunto.
k) Ser consultado por los interesados para las cuestiones relativas al tratamiento de
sus datos personales y el ejercicio de sus derechos.
4. E
n el ejercicio de sus funciones el Delegado de Protección de Datos tendrá acceso
a todos los datos personales y procesos de tratamiento, no pudiendo oponerse
a este acceso la existencia de cualquier deber de confidencialidad o secreto.
Todos los empleados de la Agencia están obligados a facilitar cuanta información
le sea requerida por el Delegado de Protección de Datos, así como el acceso a
locales, instalaciones, equipos archivos, soportes de almacenamiento, programas,
procesos y procedimientos.
9. Responsables de los Sistemas.
1. S
erá Responsable del Sistema la persona o personas que dirijan el desarrollo y
mantenimiento del sistema de información durante todo su ciclo de vida.
2. E
sta responsabilidad recaerá, para cada sistema, en la persona titular del servicio
con competencias en el desarrollo y mantenimiento de dicho sistema.
3. Las funciones del Responsable del Sistema serán las siguientes:
a) Gestionar el sistema durante todo su ciclo de vida, desde la especificación de este
a la instalación y seguimiento de su funcionamiento.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305160
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 48212/15
negligencia grave en su ejercicio. Se garantizará la independencia del Delegado de
Protección de Datos dentro de la Agencia, debiendo evitarse cualquier conflicto de
intereses.
2. S
u designación será comunicada en el plazo de diez días al Consejo de la
Transparencia y Protección de Datos de Andalucía.
3. Las funciones y responsabilidades del Delegado de protección de datos son:
a) Poner en conocimiento del Comité las cuestiones relacionadas con la protección de
datos que sea necesario y participar, desde el inicio, en todas las cuestiones relacionadas
con la protección de datos, contribuyendo así al cumplimiento de la protección de datos
personales desde el diseño y por defecto.
b) Asesorar y participar en todo proyecto normativo que pueda afectar al derecho de
protección de datos cuando prevea o determine un tratamiento de datos personales y en
el proceso de elaboración del análisis del impacto.
c) Ser consultado sobre la contratación, análisis, diseño, operación y mantenimiento
de los tratamientos realizados sobre datos personales.
d) Orientar sobre la confección de los modelos de formularios de recogida de datos
personales.
e) Asesorar sobre los análisis de riesgos para los derechos y libertades, y sobre
la evaluación de impacto relativa a la protección de datos, tanto en la necesidad de su
realización como en su elaboración.
f) Supervisar la gestión del registro de actividades de tratamiento de los Responsables
de Tratamiento, debiendo éstos facilitarle la información necesaria para ello. Ídem del
registro de actividades de tratamiento de la Agencia en su condición de Encargado de
tratamiento.
g) Aconsejar al Responsable del Tratamiento sobre la oportunidad y modo de notificar
los incidentes de seguridad sobre datos de carácter personal a la autoridad de control
correspondiente en materia de protección de datos de carácter personal.
h) Recomendar al Responsable del Tratamiento sobre la oportunidad y modo de
informar a las personas interesadas, y a las afectadas por violaciones de la seguridad de
sus datos personales que entrañen un alto riesgo para los derechos y libertades de las
personas físicas, conforme a lo establecido en el artículo 34 del RGPD.
i) Comprobar la asignación de responsabilidades, la concienciación y formación del
personal que participa en las actividades de tratamiento y las auditorías correspondientes.
j) Cooperar con la autoridad de control e intervenir en el caso de reclamaciones.
Actuar como punto de contacto de la autoridad de control para cuestiones relativas a los
tratamientos, incluidas las consultas previas del artículo 36 del Reglamento, o consultas
relativas a cualquier otro asunto.
k) Ser consultado por los interesados para las cuestiones relativas al tratamiento de
sus datos personales y el ejercicio de sus derechos.
4. E
n el ejercicio de sus funciones el Delegado de Protección de Datos tendrá acceso
a todos los datos personales y procesos de tratamiento, no pudiendo oponerse
a este acceso la existencia de cualquier deber de confidencialidad o secreto.
Todos los empleados de la Agencia están obligados a facilitar cuanta información
le sea requerida por el Delegado de Protección de Datos, así como el acceso a
locales, instalaciones, equipos archivos, soportes de almacenamiento, programas,
procesos y procedimientos.
9. Responsables de los Sistemas.
1. S
erá Responsable del Sistema la persona o personas que dirijan el desarrollo y
mantenimiento del sistema de información durante todo su ciclo de vida.
2. E
sta responsabilidad recaerá, para cada sistema, en la persona titular del servicio
con competencias en el desarrollo y mantenimiento de dicho sistema.
3. Las funciones del Responsable del Sistema serán las siguientes:
a) Gestionar el sistema durante todo su ciclo de vida, desde la especificación de este
a la instalación y seguimiento de su funcionamiento.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305160
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía