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Resolución de 11 de julio de 2024, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se aprueba el modelo de funcionamiento del entorno colaborativo de la Red Andaluza de Entidades Conciliadoras (RAEC).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 139 - Jueves, 18 de julio de 2024

página 48108/3

A NE XO
MODELO DE FUNCIONAMIENTO DEL ENTORNO COLABORATIVO DE LA RED
ANDALUZA DE ENTIDADES CONCILIADORAS (RAEC)

Segundo. Principios generales.
Para la consecución de los objetivos marcados y el correcto funcionamiento de la
red de entorno colaborativo, todas las entidades adheridas se ajustarán a los siguientes
principios:
a) Promover la igualdad de trato entre mujeres y hombres desde la dirección de la
entidad, evitando toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo en lo que
se refiere al empleo, a la formación profesional, igualdad salarial y a las condiciones de
trabajo.
b) Adoptar las medidas necesarias para la eliminación de la discriminación y promover
el desarrollo profesional de las mujeres.
c) El fomento de la corresponsabilidad, a través del reparto equilibrado entre mujeres
y hombres de las responsabilidades familiares, de las tareas domésticas y del cuidado de
las personas en situación de dependencia.
d) Transversalidad de género.
e) Empoderamiento femenino.
f) El impulso de las relaciones entre las distintas entidades, difundiendo los progresos
realizados a favor de la conciliación.
g) Gobernanza para la igualdad, impulsando procesos inclusivos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Primero. Definiciones y objetivos de la Red Andaluza de Entidades Conciliadoras.
1. La Red Andaluza de Entidades Conciliadoras se define como un entorno de trabajo
colaborativo en red con todo tipo de entidades, ya sean públicas o privadas, que decidan
adherirse para favorecer la simetría de género en relación con la conciliación familiar,
laboral y personal, mediante la puesta en valor e intercambio de buenas prácticas en la
materia.
2. A estos efectos se entiende como buena práctica en materia de conciliación
y corresponsabilidad, la que se ha demostrado que funciona bien y produce buenos
resultados, recomendándose como modelo. Se trata de una experiencia exitosa, que ha
sido probada y validada, en un sentido amplio, que se ha repetido y que merece ser
compartida con el fin de ser adoptada por el mayor número posible de entidades. Las
características de las buenas prácticas son las que se definen en el marco del Programa
Gestión de las Transformaciones Sociales (MOST) de la UNESCO, y que son las
siguientes: Innovadoras, desarrollan soluciones nuevas o creativas; Efectivas, demuestran
un impacto positivo y tangible sobre la mejora; Sostenibles, por sus exigencias sociales,
económicas y medioambientales pueden mantenerse en el tiempo y producir efectos
duraderos; y Replicables, sirven como modelos para desarrollar políticas, iniciativas y
actuaciones en otros lugares.
3. Sus objetivos son:
a) Crear una Red Andaluza de Entidades Conciliadoras, mediante la adhesión y la
participación activa de entidades y organismos públicos y privados para que a través
de una plataforma de trabajo colaborativo, se puedan diseñar y desarrollar las líneas
estratégicas para la mejora de la conciliación y la corresponsabilidad en los ámbitos
laboral y privado.
b) Propiciar la puesta en valor y el intercambio de buenas prácticas y experiencias en
materia de conciliación y corresponsabilidad entre las entidades adheridas, que sirvan de
ejemplo y de referencia para otras entidades y organizaciones que quieran incorporar en
su gestión la igualdad de género mediante la adopción de esta tipología de medidas.