3. Otras disposiciones. . (2024/139-42)
Orden de 11 de julio de 2024, por la que se publica la capa de montanera de Andalucía para 2024 y la superficie arbolada cubierta de quercus (SAC), asociada a la misma.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 139 - Jueves, 18 de julio de 2024

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3. La persona representante no tendrá que aportar documentación acreditativa de su
identidad ni de su poder de representación en los siguientes casos:
- Cuando aparezca como representante en la solicitud única de ayudas presentada
en la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el año en el que se realiza la solicitud, por
la persona o entidad solicitante.
- Cuando aparezca, en el Sistema de Información y Gestión Ganadera de Andalucía
(SIGGAN), como representante en un código de explotación ganadera (código REGA)
cuyo titular sea la persona o entidad solicitante.

El órgano gestor del procedimiento podrá recabar, a través de la Sede Electrónica
de Catastro, la información necesaria para acreditar la titularidad de las parcelas de los
recintos incluidos en la solicitud, salvo que se hayan opuesto a dicha consulta.
1. En los casos de oposición a la consulta, a través de la Sede Electrónica de Catastro,
junto a la solicitud de modificación de la capa de montanera se adjuntará también, para
acreditar la condición de persona interesada de los recintos incluidos en la misma, la
siguiente documentación:
a) Acreditación de titularidad. Deberá aportar alguna de la siguiente documentación:
- Certificado catastral emitido por la Dirección General del Catastro a nombre de la
persona o entidad solicitante en el que se incluyan las parcelas de los recintos recogidos
en la solicitud.
En el supuesto de que, en el certificado catastral aportado con la solicitud o en la
consulta a la sede electrónica de Catastro, no se acredite la titularidad de las parcelas de
todos los recintos incluidos en la solicitud, deberá aportar también, para esos recintos,
alguno de los documentos de los apartados siguientes.
- Escritura/s pública/s de propiedad a favor de la persona o entidad solicitante con
referencias catastrales.
- Nota/s simple/s del Registro de la Propiedad a nombre de la persona o entidad
solicitante con referencias catastrales.
- Contrato/s de compraventa a favor de la persona o entidad solicitante, con
referencias catastrales y liquidado de los Impuestos correspondientes.
- Otros documentos válidos en derecho que acrediten la titularidad a favor de la
persona o entidad solicitante, con referencias catastrales y liquidados de los Impuestos
correspondientes.
b) Acreditación de capacidad de uso y/o disfrute. Deberá aportar alguna de la
siguiente documentación:
- Contrato/s de arrendamiento a favor de la persona o entidad solicitante, con
referencias catastrales, liquidado de Impuestos y en vigor.
- Contrato/s de aparcería a favor de la persona o entidad solicitante, con referencias
catastrales, liquidado de Impuestos y en vigor.
- Cualquier otro documento válido en derecho que otorgue capacidad de uso y/o
disfrute de su aprovechamiento a favor de la persona o entidad solicitante, con referencias
catastrales, liquidado de Impuestos y en vigor.
- Autorización escrita facilitada por la persona propietaria del recinto a favor de la
persona o entidad solicitante para realizar la solicitud de modificación de la capa de
montanera, para el año en el que se realiza la solicitud, junto con la documentación que
acredite la propiedad del recinto en los términos indicados en la letra a).
2. No se tendrá que aportar documentación para acreditar la condición de persona
interesada para los recintos que se encuentren en alguna de las situaciones siguientes:
- Recintos que en el Sistema de Información y Gestión Ganadera de Andalucía
(SIGGAN) aparezcan vinculados a un código de explotación ganadera (código REGA)
que, estando incluido en la solicitud, corresponda a una explotación de porcino en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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2. ACREDITACIÓN DE LA CONDICIÓN DE PERSONA INTERESADA.