3. Otras disposiciones. . (2024/138-43)
Resolución de 8 de julio de 2024, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la extinción de la Fundación por Espacios Sin Exclusión (FESE).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 138 - Miércoles, 17 de julio de 2024

página 48121/2

Tercero. Consta en el expediente la comunicación de la extinción acordada por el
Patronato de la Fundación al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 42 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo.
Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde
las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto
279/2003, y todo ello de acuerdo con los artículos 1.i) y 11.5 del Decreto 164/2022, de
9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública, vistos los preceptos legales citados y demás de
pertinente aplicación,
RESU ELV E
Primero Inscribir la extinción de la Fundación por Espacios Sin Exclusión (FESE)
en el Registro de Fundaciones de Andalucía, adoptada por acuerdo de su Patronato en
sesión celebrada el día 30 de diciembre de 2023.
Segundo. Ordenar la inscripción de la liquidación de la fundación con sujeción a lo
previsto por el artículo 40 del Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, aprobado por Decreto 32/2008, de 5 de febrero, no existiendo remanente a
adjudicar por parte de la fundación.
Tercero. Cancelar los asientos de la fundación extinguida en el Registro de
Fundaciones de Andalucía, dando de baja a la Fundación por Espacios Sin Exclusión
(FESE).
Cuarto. Ordenar la notificación de la presente resolución a la fundación y su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del
Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante la persona titular de la
Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública.

00305070

Sevilla, 8 de julio de 2024.- El Director General, Esteban Rondón Mata.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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