3. Otras disposiciones. . (2024/137-38)
Resolución de 8 de julio de 2024, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se hacen públicas las superficies concedidas de autorizaciones de nuevas plantaciones de viñedo para el ejercicio 2024.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
4 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 137 - Martes, 16 de julio de 2024

página 48030/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Resolución de 8 de julio de 2024, de la Dirección General de la Producción
Agrícola y Ganadera, por la que se hacen públicas las superficies concedidas
de autorizaciones de nuevas plantaciones de viñedo para el ejercicio 2024.
El Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de
producción vitícola, en su Sección 1.ª del Capítulo II, establece la normativa básica
sobre la concesión de autorizaciones para nuevas plantaciones, a través de un régimen
de concurrencia competitiva entre todos las personas que las hayan solicitado a nivel
nacional.
Mediante Resolución de 18 de diciembre de 2023, la Dirección General de
Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
fijó en un 0,1% el porcentaje de la superficie plantada de viñedo a 31 de julio de 2023 en
España, que se podría conceder para autorizaciones para nuevas plantaciones en 2024,
lo que resultó ser equivalente a 928 hectáreas.
Una vez instruidas por todas las Comunidades Autónomas las solicitudes de
autorización para nuevas plantaciones presentadas en la convocatoria del año 2024, y
remitido el resultado al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, éste debe, no más
tarde del 1 de julio, indicar las solicitudes para las que se podrá conceder autorizaciones
y la superficie por la que se podrá conceder la misma, según dispone el artículo 11.3 del
Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre.
Los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma deberán resolver las
solicitudes, autorizando las superficies concedidas a los solicitantes antes del 1 de agosto
de cada año.
La Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera es competente para
resolver en virtud a lo establecido en el artículo 11.e) del Decreto 157/2022, de 9 de
agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y en el artículo 11.2 de la Orden de 10 de marzo de 2023.
Por todo lo anteriormente expuesto, y en ejercicio de las competencias conferidas,
RESU ELVO
Primero. Publicar la relación de las personas solicitantes en la convocatoria 2024 a
las que se les autoriza una superficie para nuevas plantaciones de viñedo de vinificación,
incluidas en Anexo I de la presente resolución, así como la solicitudes desestimadas, que
se encuentran relacionadas el Anexo II, indicando el motivo de exclusión.

Tercero. Una vez publicada la resolución de las superficies concedidas de
autorizaciones para nuevas plantaciones de viñedo, las personas autorizadas dispondrán
de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía, para incorporar la delimitación gráfica correspondiente a
esas superficies concedida, y a través de las herramientas informáticas disponibles en el
Registro Vitícola, a través del enlace:
https://ws142.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/viticola
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00304980

Segundo. Cuando la superficie asignada sea inferior al 50% de la solicitada, la
persona beneficiaria podrá renunciar a su solicitud en el plazo de un mes a contar desde
el día siguiente a la publicación de la resolución de concesión de autorizaciones.