Disposiciones generales. . (2024/137-5)
Orden de 10 de julio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, en el ámbito de las competencias de la Consejería.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 137 - Martes, 16 de julio de 2024

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1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD

El Estatuto de Autonomía para Andalucía, en el artículo 61, atribuye a la Comunidad
Autónoma de Andalucía la competencia exclusiva en materia de servicios sociales.
La Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía, al amparo de
esta competencia, tiene por objeto, promover y garantizar, en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, el derecho universal de todas las personas a las prestaciones y
servicios del Sistema Público de Servicios Sociales, en condiciones de igualdad, con el
fin de alcanzar su pleno desarrollo individual y social. Dicho Sistema tiene como finalidad
otorgar la protección y la adecuada cobertura de las necesidades sociales derivadas de la
interacción de las personas con su entorno, sea este grupal o comunitario, necesidades
tales como, las carencias de las personas en el acceso a unos recursos que garanticen
unas condiciones de vida dignas, la disposición de un adecuado entorno de convivencia
personal y familiar y de cauces para la participación social, la integración efectiva en
la sociedad y la consecución de la plena autonomía personal tanto en lo relativo a las
carencias materiales como a las funcionales.
El artículo 112 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, regula el fomento de la iniciativa
social, disponiendo que la Administración de la Junta de Andalucía podrá otorgar
subvenciones y otras ayudas públicas, conforme a la normativa vigente, a las entidades
de iniciativa social para contribuir a la realización de actividades de servicios sociales
siempre que tales actividades se correspondan con los fines propios de las entidades y
quede debidamente justificado el interés social de la actuación a subvencionar.
El artículo 1 del Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad,
dispone que a esta le corresponden, de conformidad con lo establecido en el Decreto del
Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, la competencia
de propuesta y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno sobre
promoción de las políticas sociales, entre otros ámbitos, en el desarrollo de políticas
activas en materia personas mayores, en el impulso de políticas en favor de la inclusión
social de personas con discapacidad, en el desarrollo de las políticas para la promoción
de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, en
materia de participación ciudadana y voluntariado, políticas migratorias, en materia de
infancia, adolescencia, juventud y familias, políticas de igualdad entre mujeres y hombres
y medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género y derechos de
igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familias y prevención
de la LGTBIfobia.
Por otra parte, establecida por el Real Decreto-ley 7/2013, de 28 de junio,
de medidas urgentes de naturaleza tributaria, presupuestaria y de fomento de la
investigación, el desarrollo y la innovación, la regulación de los fines de interés general
a los que iría destinado el porcentaje del rendimiento del Impuesto sobre la Renta de
las Personas Físicas y del régimen de las Entidades del Tercer Sector colaboradoras
con las Administraciones Públicas, mediante el Real Decreto 536/2013, de 12 de julio,
se establecieron las bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas a
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Orden de 10 de julio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva
destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés
general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del
0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre
Sociedades, en el ámbito de las competencias de la Consejería.