Disposiciones generales. . (2024/137-2)
Extracto de la Resolución de 11 de julio de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convocan para los años 2024 y 2025 las subvenciones públicas previstas en la Orden de 13 de septiembre de 2021, por la que se regula el programa de empleo y formación en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva a dicho programa.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 137 - Martes, 16 de julio de 2024

página 48091/2

Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por lo establecido en la Orden de 13 de septiembre
de 2021.
Quinto. Financiación y régimen de compatibilidad.
1. Los créditos presupuestarios destinados a financiar las subvenciones establecidas
en esta convocatoria son los contenidos en las partidas y por los importes que se detallan
en el resuelve primero y con la distribución consignada en el apartado 5.
2. La financiación de las subvenciones concedidas al amparo de esta convocatoria
provienen en su totalidad de fondos de la Administración General del Estado y estará
financiado con cargo a los Presupuestos Generales del Estado a través de los créditos
específicamente consignados cada año en el presupuesto de gastos del Servicio Público
de Empleo Estatal.
3. La concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito
adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.
4. Los créditos máximos destinados a financiar las subvenciones establecidas en
esta convocatoria, con cargo a las partidas presupuestarias consignadas en el resuelve
primero, ascienden a setenta y siete millones de euros (77.000.000 €).
5. Esta dotación se distribuye por provincias, proporcionalmente, poniendo en
relación el porcentaje de personas demandantes de empleo no ocupadas en cada
una de las provincias, con respecto del total de la comunidad autónoma, calculado a
partir de la media anual de personas demandantes de empleo no ocupadas para el año
2023, junto con el número e importe de solicitudes presentadas en cada provincia, en
las convocatorias de subvenciones publicadas en los ejercicios 2022 y 2023 del mismo
programa, conforme se detalla en la siguiente tabla:

ALMERÍA
CÁDIZ
CÓRDOBA
GRANADA
HUELVA
JAÉN
MÁLAGA
SEVILLA
TOTAL

Entidades Públicas
4.693.211,38 €
5.955.942,94 €
6.943.707,58 €
8.341.488,26 €
3.369.695,62 €
4.217.008,07 €
11.977.547,70 €
23.501.398,45 €
69.000.000,00 €

Entidades sin
ánimo de lucro
272.070,22 €
345.272,05 €
402.533,77 €
483.564,54 €
195.344,67 €
244.464,24 €
694.350,60 €
1.362.399,91 €
4.000.000,00 €

DOTACIÓN
EJERCICIO 2025
Entidades sin ánimo
de lucro
272.070,22 €
345.272,05 €
402.533,77 €
483.564,54 €
195.344,67 €
244.464,24 €
694.350,60 €
1.362.399,91 €
4.000.000,00 €

DOTACIÓN
TOTAL
5.237.351,82€
6.646.487,04 €
7.748.775,12 €
9.308.617,34 €
3.760.384,96 €
4.705.936,55 €
13.366.248,90 €
26.226.198,27 €
77.000.000,00 €

6. De acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la
que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de
las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias
administrativas y de régimen especial, una vez resueltas las convocatorias provinciales,
si se producen sobrantes de los créditos estimados en la letra e) por no haber concurrido
proyectos suficientes para cubrir la dotación presupuestada para cada uno de los tipos de
proyectos y, previa modificación de la distribución de los créditos aprobados por el órgano
competente, se podrá hacer uso de ese crédito en otras provincias, para lo cual se dictará
una resolución complementaria de concesión de la subvención, que incluya solicitudes,
respetando su orden de puntuación, de ámbitos territoriales de la misma convocatoria
que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento
del crédito disponible en dichos ámbitos.
7. Los remanentes de créditos que se obtengan serán distribuidos entre las provincias
que tengan solicitudes beneficiarias suplentes en función del porcentaje de personas

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00305040

PROVINCIA

DOTACIÓN EJERCICIO 2024