3. Otras disposiciones. . (2024/135-61)
Resolución de 2 de julio de 2024, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se efectúa la convocatoria para la participación en las elecciones a las vocalías que, en representación de las organizaciones de mujeres, integran el Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres, para el periodo 2024-2027.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 135 - Viernes, 12 de julio de 2024

página 47897/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Resolución de 2 de julio de 2024, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que
se efectúa la convocatoria para la participación en las elecciones a las vocalías
que, en representación de las organizaciones de mujeres, integran el Consejo
Andaluz de Participación de las Mujeres, para el periodo 2024-2027.
La Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la igualdad de Género en
Andalucía, crea, en su artículo 62, el Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres
como el órgano de participación de las organizaciones de mujeres en las políticas de
igualdad de género de la Junta de Andalucía.
El Decreto 154/2011, de 10 de mayo, por el que se regula el Consejo Andaluz de
Participación de las Mujeres, modificado por el Decreto 115/2015, de 24 de marzo, dota
a este órgano de la función de representación de los intereses de las organizaciones
de mujeres andaluzas así como de servir de cauce de participación activa de estas
organizaciones en las políticas de igualdad de género en la Administración autonómica.
El artículo 4 del Decreto 154/2011, de 10 de mayo, modificado por el Decreto
115/2015, de 24 de marzo, determina la composición del Consejo, estableciendo veintiséis
vocalías en representación de las organizaciones de mujeres, diez de ellas de ámbito
supraprovincial o regional y dieciséis de ámbito como máximo provincial, que deberán
reunir los requisitos establecidos en el artículo 5 de la norma citada.
Por su parte, a través de la Orden de 12 de mayo de 2011, por la que se establece el
procedimiento para la elección de las vocalías que, en representación de las organizaciones
de mujeres, integran el Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres, y se efectúa
la primera convocatoria de participación, se estableció las bases del procedimiento de
elección de las vocalías previsto en el artículo 5 del Decreto 154/2011, de 10 de mayo.
Mediante Resolución de 5 de noviembre de 2019, de la Dirección del Instituto Andaluz
de la Mujer, por la que se efectúa la convocatoria para la participación de las elecciones a
las vocalías, que en representación de las organizaciones de mujeres, integran el Consejo
Andaluz de Participación de las Mujeres, se realizó la convocatoria de las elecciones a las
vocalías del Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres para el periodo 2019-2022.
Como resultado de dicha convocatoria de elecciones a las vocalías del Consejo
Andaluz de Participación de las Mujeres, mediante Orden de 28 de abril de 2020, se
procedió al nombramiento de las vocalías del Consejo Andaluz de Participación de las
Mujeres durante el período 2019-2022, todo ello en aplicación de lo dispuesto en el artículo
6 del Decreto 154/2011, de 10 de mayo.
En consecuencia, y habiendo finalizado la vigencia de la designación de las actuales
vocales del Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres y en aplicación de lo
dispuesto en la disposición final segunda de la Orden 12 de mayo de 2011, y en uso de las
atribuciones que me han sido conferidas,

Primero. Convocatoria del proceso electoral para la elección de las vocalías.
La presente resolución tiene por objeto convocar el proceso electoral para la elección
de las veintiséis vocalías en representación de las organizaciones de mujeres que formarán
parte del Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres para el periodo 2024-2027.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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