3. Otras disposiciones. . (2024/135-59)
Orden de 2 de julio de 2024, por la que se resuelve la aprobación definitiva de la Modificación del PGOU de Jaén en el ámbito del antiguo sector SURO-06 «Terciario Este».
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 135 - Viernes, 12 de julio de 2024

página 47943/3

en sesiones de 11 de octubre de 2022, 26 de enero de 2023 y 30 de marzo de 2023,
solicitándose su aprobación definitiva por parte de la administración autonómica.
Analizado el expediente por parte del Servicio de Planeamiento Urbanístico, mediante
Oficio de 23 de mayo de 2023 se procedió a devolver el expediente al Ayuntamiento,
considerando que la innovación de referencia no había finalizado aún su tramitación
municipal, dado que no constaba en el expediente remitido la emisión de la Declaración
Ambiental Estratégica, conforme al artículo 38.6 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión
Integrada de la Calidad Ambiental (GICA).
Con fecha de 7 de julio y 8 de agosto de 2023 tuvo entrada documentación
complementaria al expediente y nueva solicitud de aprobación definitiva del mismo. Entre
dicha documentación se incluía la Declaración Ambiental Estratégica, emitida con fecha
de 19 de junio de 2023 por la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Cambio
Climático y el informe en materia de vivienda, emitido con fecha de 31 de mayo de 2023
por la Delegación Territorial de esta Consejería en Jaén.
Finalmente, se completó la documentación con fecha de 5 de enero de 2024,
aportándose el informe de verificación en materia de carreteras de titularidad estatal
emitido con fecha de 19 de diciembre de 2023 por la Subdirección General de Planificación
y Explotación de la Dirección General de Carreteras, considerándose a partir de la citada
fecha el expediente completo a los efectos del cómputo del plazo máximo para resolver
y notificar la aprobación definitiva por esta Consejería de la innovación, de conformidad
con el artículo 32.4 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de
Andalucía (LOUA).
Tercero. El objeto de la presente innovación es la clasificación como suelo urbano
consolidado de un ámbito de suelo en la zona de «Las Lagunillas», que se corresponde
con el del antiguo sector SURO-06 «Terciario Este» del PGOU anulado por Edicto de 20
de septiembre de 2018, de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada.
En la actualidad, este suelo se encuentra completamente desarrollado, habiéndose
ejecutado y recepcionado por el Ayuntamiento de Jaén la urbanización según la
ordenación prevista en el planeamiento que fue posteriormente anulado. Asimismo,
fueron cedidos los suelos con destino a los sistemas generales previstos, destinados a
sistema general viario, sistema general de espacios libres y sistema general dotacional
público sanitario, éste último integrado en la propuesta de la Ciudad Sanitaria de Jaén.
Se trata de un ámbito con una superficie de 324.724 m², clasificado por el
planeamiento vigente como suelo no urbanizable de carácter natural o rural, que se ubica
entre el recinto de la Universidad de Jaén, al sur, y el ámbito de la futura Ciudad Sanitaria
de Jaén al norte. La presente innovación establece el uso global terciario para el nuevo
ámbito y la ordenación detallada del mismo.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Segundo. La persona titular de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y
Vivienda es el órgano competente para la aprobación definitiva de los Planes Generales
de Ordenación Urbanística, así como sus innovaciones cuando afecten a la ordenación
estructural de los municipios identificados como ciudades principales y ciudades medias
de nivel 1 en el sistema de ciudades del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía,
de conformidad con los artículos 31.2.B.a) y 32.4 de la LOUA; en relación con el artículo
4.3.a) del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00304893

Primero. De conformidad con la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2021, de 1
de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, es de aplicación
al presente expediente la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de
Andalucía (LOUA).