Autoridades y personal. . (2024/133-25)
Resolución de 3 de julio de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo para la cobertura de vacantes correspondientes al Grupo III del personal laboral incluido en el Convenio Colectivo de la Administración de la Junta de Andalucía, mediante concurso de promoción derivado de las Ofertas de Empleo Público para los años 2022 y 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 133 - Miércoles, 10 de julio de 2024

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Cuarta. Solicitudes.
1. Quienes participen deberán cumplimentar una solicitud telemática de participación
y autobaremación, conforme al modelo oficial del Anexo III de la convocatoria para la
categoría profesional a la que se aspire.
2. La presentación de las solicitudes se realizará exclusivamente de manera telemática,
de conformidad con la obligación de relacionarse electrónicamente en los procedimientos
selectivos establecida en la disposición adicional segunda de la Ley 5/2023, de 7 de junio,
accediendo desde la página Web de Emplead@
(https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/).
3. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contados a partir
del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía, e irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos
y Función Pública. Una vez transcurrido el plazo de presentación, las solicitudes formuladas
serán vinculantes para quienes participen, sin que pueda modificarse apartado alguno del
anexo presentado, sin perjuicio de que pueda presentarse uno nuevo dentro del citado
plazo, en cuyo caso el primero quedará sin efecto. Cualquier dato omitido o consignado
erróneamente por la persona interesada no podrá ser invocado por ésta a efectos de
futuras reclamaciones, ni considerar por tal motivo lesionados sus intereses o derechos. La
solicitud tendrá la consideración de declaración responsable a los efectos previstos en el
artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
La solicitud presentada telemáticamente generará de forma automática un justificante
de la recepción de los documentos electrónicos presentados por las personas solicitantes,
en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como
fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma.
4. De conformidad con lo previsto en el apartado 1.c) de la base segunda, quienes
participen habrán de consignar expresamente la titulación académica a los efectos del
cumplimiento del requisito de acceso a la categoría profesional. En el supuesto de que
aquella no constara inscrita en el Registro General de Personal al día de la publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la presente convocatoria, habrá de adjuntarse a
la solicitud documentación acreditativa al efecto.
5. Las personas aspirantes deberán proceder a la autobaremación de sus méritos
conforme al baremo contenido en la presente convocatoria, cumplimentando al efecto
el Anexo III. Sólo se valorarán por la Comisión de Selección, a efectos de determinar la
puntuación en el concurso, los méritos obtenidos hasta la fecha de publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía de la presente convocatoria que en dicha fecha consten
inscritos en el Registro General de Personal y sean alegados y autobaremados por las
personas participantes. Esta autobaremación vinculará a la Comisión de Selección, en el
sentido de que ésta solo podrá valorar los méritos que hayan sido autobaremados por las
personas aspirantes, no pudiendo otorgar una puntuación total mayor a la asignada por las
mismas en el baremo de méritos.
Quinta. Tasas de inscripción.
1. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 252 y 254 de la Ley 10/2021,
de 28 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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determine reconocimiento de enfermedad mental. En los casos en que la expedición de este
dictamen corresponda a órgano competente de la Junta de Andalucía, la concurrencia de
este requisito será comprobada de oficio por la Dirección General de Recursos Humanos y
Función Pública, mediante consulta al citado órgano, salvo oposición expresa de la persona
interesada en la correspondiente solicitud de participación. En el caso de que su expedición
no corresponda a órgano competente de la Junta de Andalucía, habrá de aportarse en todo
caso dictamen técnico facultativo.