3. Otras disposiciones. . (2024/133-42)
Resolución de 1 de julio de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se ordena la publicación del Reglamento de Funcionamiento de la Editorial de la Universidad de Huelva en el marco del Servicio de Publicaciones, aprobado por Consejo de Gobierno de 26 de junio de 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 133 - Miércoles, 10 de julio de 2024
página 47751/8
- El proyecto inicial deberá contar con originales para los 2 primeros años y previsión
de títulos para su continuidad.
- La colección deberá cumplir antes de su creación los requisitos establecidos por
ANECA y FECYT a través del sello de calidad editorial CEA-APQ o cualesquiera otros de
naturaleza similar.
- Una colección se cerrará si durante dos años consecutivos no se publica ningún título.
- Las colecciones que aspiren a sello de calidad deberán contar con:
• Un Consejo Editorial propio.
• Una política editorial propia.
• Unas normas de publicación propias.
• Un proyecto editorial a cinco años vista, garantizando, como mínimo, la publicación
de un título por año.
5. Las colecciones sin estructura orgánica propia podrán ser creadas, modificadas
y suprimidas por el Vicerrectorado responsable de la Editorial, previa evaluación de la
propuesta del Comité Editorial.
6. Las series podrán contar con un editor/a responsable y las que aspiren a obtener un
sello de calidad deberán dotarse de una Dirección y adecuarse a los requisitos que marca
ANECA y FECYT a través del sello CEA-APQ o cualesquiera otros de naturaleza similar.
7. Collectanea es la colección que engloba las publicaciones de actas de congresos o
reuniones organizadas por Centros, Departamentos o Institutos. Los organizadores serán
responsables de la calidad de la publicación y financiarán, al menos, el 75% del coste de
la edición.
8. Las colecciones estarán abiertas a todo personal investigador, procedente de
cualquier Universidad o Centro de Investigación, nacional o internacional, que desarrolle
su labor con probados criterios de rigor y calidad científica en alguna de las múltiples
disciplinas que conforman los distintos ámbitos del conocimiento.
Artículo 20. Calidad de las publicaciones.
Las publicaciones de la Editorial estarán sometidas a los procesos de evaluación y
a los criterios de calidad que se determinen en relación a la línea editorial específica de
cada colección. Asimismo, las colecciones deberán cumplir los requisitos establecidos
por ANECA y FECYT a través del sello de calidad editorial CEA-APQ o cualesquiera
otros de naturaleza similar.
Quedarán exentos de cumplir este criterio las colecciones que engloben
las publicaciones de actas de congresos o reuniones organizadas por Centros,
Departamentos e Institutos, así como las publicaciones institucionales.
Artículo 22. Presentación y selección de originales.
1. Sin perjuicio de lo que se establezca en las normas para la presentación de originales
en cada modalidad de publicación y colección, con carácter general, los/las autores/as que
deseen publicar sus obras en la Editorial deberán cumplimentar el formulario de solicitud
de publicación disponible en la página web de la Editorial.
2. La aceptación o rechazo de los originales corresponde a la Dirección de la
colección, asesorada por el Consejo Editorial de la colección correspondiente.
3. Para garantizar la calidad de las publicaciones editadas en las colecciones,
los originales se someterán a la evaluación de informantes externos por pares ciegos
competentes en la materia correspondiente. A la vista de estos informes el Consejo
Editorial de la colección decidirá sobre la publicación o el rechazo de la obra, de forma
motivada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304700
Artículo 21. Protección de las publicaciones.
Corresponde exclusivamente a la Editorial la solicitud del registro legal (ISBN, ISSN,
Depósito Legal y Licencia Creative Commons) de sus obras.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 133 - Miércoles, 10 de julio de 2024
página 47751/8
- El proyecto inicial deberá contar con originales para los 2 primeros años y previsión
de títulos para su continuidad.
- La colección deberá cumplir antes de su creación los requisitos establecidos por
ANECA y FECYT a través del sello de calidad editorial CEA-APQ o cualesquiera otros de
naturaleza similar.
- Una colección se cerrará si durante dos años consecutivos no se publica ningún título.
- Las colecciones que aspiren a sello de calidad deberán contar con:
• Un Consejo Editorial propio.
• Una política editorial propia.
• Unas normas de publicación propias.
• Un proyecto editorial a cinco años vista, garantizando, como mínimo, la publicación
de un título por año.
5. Las colecciones sin estructura orgánica propia podrán ser creadas, modificadas
y suprimidas por el Vicerrectorado responsable de la Editorial, previa evaluación de la
propuesta del Comité Editorial.
6. Las series podrán contar con un editor/a responsable y las que aspiren a obtener un
sello de calidad deberán dotarse de una Dirección y adecuarse a los requisitos que marca
ANECA y FECYT a través del sello CEA-APQ o cualesquiera otros de naturaleza similar.
7. Collectanea es la colección que engloba las publicaciones de actas de congresos o
reuniones organizadas por Centros, Departamentos o Institutos. Los organizadores serán
responsables de la calidad de la publicación y financiarán, al menos, el 75% del coste de
la edición.
8. Las colecciones estarán abiertas a todo personal investigador, procedente de
cualquier Universidad o Centro de Investigación, nacional o internacional, que desarrolle
su labor con probados criterios de rigor y calidad científica en alguna de las múltiples
disciplinas que conforman los distintos ámbitos del conocimiento.
Artículo 20. Calidad de las publicaciones.
Las publicaciones de la Editorial estarán sometidas a los procesos de evaluación y
a los criterios de calidad que se determinen en relación a la línea editorial específica de
cada colección. Asimismo, las colecciones deberán cumplir los requisitos establecidos
por ANECA y FECYT a través del sello de calidad editorial CEA-APQ o cualesquiera
otros de naturaleza similar.
Quedarán exentos de cumplir este criterio las colecciones que engloben
las publicaciones de actas de congresos o reuniones organizadas por Centros,
Departamentos e Institutos, así como las publicaciones institucionales.
Artículo 22. Presentación y selección de originales.
1. Sin perjuicio de lo que se establezca en las normas para la presentación de originales
en cada modalidad de publicación y colección, con carácter general, los/las autores/as que
deseen publicar sus obras en la Editorial deberán cumplimentar el formulario de solicitud
de publicación disponible en la página web de la Editorial.
2. La aceptación o rechazo de los originales corresponde a la Dirección de la
colección, asesorada por el Consejo Editorial de la colección correspondiente.
3. Para garantizar la calidad de las publicaciones editadas en las colecciones,
los originales se someterán a la evaluación de informantes externos por pares ciegos
competentes en la materia correspondiente. A la vista de estos informes el Consejo
Editorial de la colección decidirá sobre la publicación o el rechazo de la obra, de forma
motivada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304700
Artículo 21. Protección de las publicaciones.
Corresponde exclusivamente a la Editorial la solicitud del registro legal (ISBN, ISSN,
Depósito Legal y Licencia Creative Commons) de sus obras.