3. Otras disposiciones. . (2024/133-42)
Resolución de 1 de julio de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se ordena la publicación del Reglamento de Funcionamiento de la Editorial de la Universidad de Huelva en el marco del Servicio de Publicaciones, aprobado por Consejo de Gobierno de 26 de junio de 2024.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 133 - Miércoles, 10 de julio de 2024

página 47751/10

La Editorial se hará cargo de los costes de los registros de identificadores persistentes
(DOI), siempre que se cumplan las condiciones establecidas en las normas de la Editorial
u otras normas específicas aprobadas.
La estrategia de difusión, promoción y comercialización de Revistas Científicas
depende exclusivamente de la Editorial, previa consulta a la Dirección de la revista.
TÍTULO V
USO DEL SELLO DE LA EDITORIAL
Artículo 28. Uso del sello de la Editorial.
Los sellos y marcas editoriales son propiedad de la Universidad de Huelva.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Primera. Régimen de Supletoriedad.
En lo no dispuesto por este Reglamento en cuanto al régimen de convocatorias y
adopción de acuerdos previsto en sus artículos 12 y 13, será de aplicación la regulación
prevista en el Título II, Capítulo I, del Reglamento de Régimen Interno del Consejo
de Gobierno de la Universidad de Huelva de fecha 14 de mayo de 2002, modificado
parcialmente en Consejo de Gobierno de 18 de febrero de 2021, así como la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Segunda. Reforma del Reglamento.
1. La iniciativa para la reforma del presente Reglamento podrá corresponder al
Comité Editorial por mayoría de sus miembros, sin perjuicio de las competencias de otros
órganos universitarios.
2. Cualquier modificación del presente Reglamento de Régimen Interno de la Editorial
de la Universidad de Huelva deberá contar con la aprobación del Consejo de Gobierno de la
Universidad de Huelva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 19.f) de sus Estatutos.
Disposición derogatoria única.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
dispuesto en el presente Reglamento.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

00304700

Huelva, 1 de julio de 2024.- La Rectora, María Antonia Peña Guerrero.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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