Autoridades y personal. . (2024/131-35)
Resolución de 1 de julio de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo para la cobertura de vacantes correspondientes al Grupo II del personal laboral incluido en el Convenio Colectivo de la Administración de la Junta de Andalucía, mediante concurso de promoción derivado de las Ofertas de Empleo Público para los años 2022 y 2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 131 - Lunes, 8 de julio de 2024
página 47628/2
de Justicia, Administración Local y Función Pública, resuelve convocar concurso de
promoción para la cobertura de vacantes correspondientes al grupo profesional II, con
sujeción a las siguientes
BASES DE CONVOCATORIA
Segunda. Requisitos de los aspirantes.
1. Para participar en esta convocatoria será necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Estar vinculada la persona aspirante a la Administración de la Junta de Andalucía
por una relación jurídica de naturaleza laboral, de carácter fijo o fijo discontinuo, incluida
en el ámbito de aplicación del vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral de la
Administración de la Junta de Andalucía.
b) Acreditar una permanencia mínima de un año en la misma categoría profesional
con el carácter de fijo desde la que se pretende la promoción.
c) Según la categoría profesional a que se opte y de conformidad con lo establecido
en el sistema de clasificación profesional vigente en el ámbito del Convenio Colectivo del
Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, deberá acreditarse estar
en posesión de la titulación académica que se detalla:
- Diplomado/a en Enfermería: Diplomatura en Enfermería o Grado en Enfermería.
- Diplomado/a en Trabajo Social: Diplomatura en Trabajo Social o Grado en Trabajo Social.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304577
Primera. Normas generales.
1. De conformidad con lo establecido en el capítulo VI del Convenio Colectivo del
Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, se convoca concurso de
promoción para la cobertura de las plazas correspondientes a las categorías profesionales
«Diplomado/a en Enfermería», «Diplomado/a en Trabajo Social», «Educador/a», «Educador/a
de Centros Sociales», «Educador/a Infantil», «Técnico/a de Mantenimiento y Servicios»,
según número determinado en el Anexo I de la presente resolución.
2. Del total de plazas convocadas se reservará el cupo especificado en el Anexo I para
ser cubiertas entre personas con discapacidad o enfermedad mental, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, así como en el apartado
2 del artículo 4 del Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas
con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobada por el Real Decreto Legislativo
1/2013, de 29 de noviembre, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 del Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en las condiciones que se establecen en el artículo
28 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y Atención a las Personas
con Discapacidad en Andalucía. En caso de no cubrirse las plazas vacantes reservadas
para el turno de discapacidad o enfermedad mental, se acumularán a posteriores ofertas
hasta un límite del 10% de las plazas no cubiertas. Las plazas restantes no cubiertas se
acumularán a las del turno general de la presente convocatoria.
3. En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad
o enfermedad mental que se hubiera presentado por el cupo de reserva no obtuviese
plaza en él, siendo su puntuación superior a la obtenida por otras personas aspirantes
del sistema de acceso general, será incluida por su orden de puntuación en el sistema
de acceso general, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 4 del
Decreto 93/2006, de 9 de mayo, por el que se regula el ingreso, la promoción interna y la
provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad en la Función Pública de
la Administración General de la Junta de Andalucía.
4. La presente convocatoria se somete a lo establecido en materia de promoción
profesional del personal laboral en el Capítulo I del Título V de la Ley 5/2023, de 7 de
junio, y en el vigente VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de
la Junta de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 131 - Lunes, 8 de julio de 2024
página 47628/2
de Justicia, Administración Local y Función Pública, resuelve convocar concurso de
promoción para la cobertura de vacantes correspondientes al grupo profesional II, con
sujeción a las siguientes
BASES DE CONVOCATORIA
Segunda. Requisitos de los aspirantes.
1. Para participar en esta convocatoria será necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Estar vinculada la persona aspirante a la Administración de la Junta de Andalucía
por una relación jurídica de naturaleza laboral, de carácter fijo o fijo discontinuo, incluida
en el ámbito de aplicación del vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral de la
Administración de la Junta de Andalucía.
b) Acreditar una permanencia mínima de un año en la misma categoría profesional
con el carácter de fijo desde la que se pretende la promoción.
c) Según la categoría profesional a que se opte y de conformidad con lo establecido
en el sistema de clasificación profesional vigente en el ámbito del Convenio Colectivo del
Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, deberá acreditarse estar
en posesión de la titulación académica que se detalla:
- Diplomado/a en Enfermería: Diplomatura en Enfermería o Grado en Enfermería.
- Diplomado/a en Trabajo Social: Diplomatura en Trabajo Social o Grado en Trabajo Social.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304577
Primera. Normas generales.
1. De conformidad con lo establecido en el capítulo VI del Convenio Colectivo del
Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, se convoca concurso de
promoción para la cobertura de las plazas correspondientes a las categorías profesionales
«Diplomado/a en Enfermería», «Diplomado/a en Trabajo Social», «Educador/a», «Educador/a
de Centros Sociales», «Educador/a Infantil», «Técnico/a de Mantenimiento y Servicios»,
según número determinado en el Anexo I de la presente resolución.
2. Del total de plazas convocadas se reservará el cupo especificado en el Anexo I para
ser cubiertas entre personas con discapacidad o enfermedad mental, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, así como en el apartado
2 del artículo 4 del Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas
con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobada por el Real Decreto Legislativo
1/2013, de 29 de noviembre, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 del Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en las condiciones que se establecen en el artículo
28 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y Atención a las Personas
con Discapacidad en Andalucía. En caso de no cubrirse las plazas vacantes reservadas
para el turno de discapacidad o enfermedad mental, se acumularán a posteriores ofertas
hasta un límite del 10% de las plazas no cubiertas. Las plazas restantes no cubiertas se
acumularán a las del turno general de la presente convocatoria.
3. En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad
o enfermedad mental que se hubiera presentado por el cupo de reserva no obtuviese
plaza en él, siendo su puntuación superior a la obtenida por otras personas aspirantes
del sistema de acceso general, será incluida por su orden de puntuación en el sistema
de acceso general, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 4 del
Decreto 93/2006, de 9 de mayo, por el que se regula el ingreso, la promoción interna y la
provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad en la Función Pública de
la Administración General de la Junta de Andalucía.
4. La presente convocatoria se somete a lo establecido en materia de promoción
profesional del personal laboral en el Capítulo I del Título V de la Ley 5/2023, de 7 de
junio, y en el vigente VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de
la Junta de Andalucía.