Disposiciones generales. . (2024/130-3)
Resolución de 1 de julio de 2024, de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE), por la que se efectúa convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para proyectos de crecimiento y mejora de la competitividad de las PYMES con actividad económica en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 130 - Viernes, 5 de julio de 2024

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caso, el plazo de presentación de solicitudes finalizará el día de la publicación en el
citado Boletín.
Sin perjuicio de lo anterior, la información relativa al agotamiento del crédito disponible
será publicada en la página web de dicha Agencia, en el Portal de Transparencia y en el
Catálogo de Procedimientos y Servicios correspondiente al presente procedimiento para
su general conocimiento.
En el caso de eventuales aumentos sobrevenidos en el presupuesto destinado a la
financiación de las actuaciones, la persona titular de la Dirección de la Agencia Empresarial
para la Transformación y el Desarrollo Económico podrá conceder subvenciones a
aquellos solicitantes que, cumpliendo las condiciones exigidas para su concesión, no
resultaron beneficiarios por falta de disponibilidad presupuestaría. Estas concesiones
seguirán el mismo orden conformado en relación con la presentación de las solicitudes y
serán concedidas por un importe total equivalente al aumento presupuestario.
Octavo. Órganos competentes para instruir y resolver.
El órgano responsable de la instrucción del procedimiento será la Gerencia Provincial
de la Agencia TRADE de la provincia dónde se vaya a ejecutar el proyecto o la parte
principal de la inversión presentada del mismo, si afecta a varias provincias.
De conformidad con lo establecido en el apartado 12 del Cuadro Resumen, el órgano
competente para resolver las solicitudes de concesión de subvenciones será la persona
titular de la Dirección General de la Agencia Empresarial para la Transformación y el
Desarrollo Económico, cuya resolución pondrá fin a la vía administrativa.
Noveno. Plazo para resolver y notificar.
El plazo para resolver y notificar en el presente procedimiento será de seis meses a
contar de la fecha de presentación de la solicitud.
Décimo. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de la publicación en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones.

00304517

Sevilla, 1 de julio de 2024.- El Director General, Antonio Castro Jiménez.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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