Disposiciones generales. . (2024/130-3)
Resolución de 1 de julio de 2024, de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE), por la que se efectúa convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para proyectos de crecimiento y mejora de la competitividad de las PYMES con actividad económica en Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 130 - Viernes, 5 de julio de 2024
página 47567/2
de la Comisión, de 17 de junio de 2014, y que cumplan con los requisitos y condiciones
establecidos en el apartado 2.2.a) y en el apartado 4 del cuadro resumen de la línea de
subvención del Decreto 114/2024, de 18 de junio.
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará a las 9:00 horas del tercer día
hábil posterior a la publicación del Extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía en la forma prevista en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones y finalizará a las 14:00 horas del 30 de diciembre
de 2027.
Quinto. Aprobación de formularios y presentación de solicitudes.
Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 12 de las bases reguladoras se aprueban con
esta convocatoria el formulario de solicitud, así como el de alegaciones/aceptación que
se incorporan respectivamente como anexos a la presente resolución.
Dichos formularios se encuentran incorporados en la herramienta telemática de
tramitación de solicitudes.
Las solicitudes para la obtención de las subvenciones deberán cumplimentarse
telemáticamente con los medios electrónicos disponibles en la dirección de Internet de la
Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico.
Las solicitudes y los documentos que la acompañan se presentarán a través de la
dirección electrónica: www.andaluciatrade.es/oficinavirtual sin perjuicio de lo establecido
en el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, siendo obligatoria la presentación
telemática de las mismas.
Sexto. Otra documentación adicional.
Durante la tramitación de los expedientes de ayuda, además de la documentación
expresamente identificada en los apartados 14.a) 1 y 2 del cuadro resumen, podrá ser
necesario solicitar otra documentación adicional exclusivamente relacionada con la
comprobación de la elegibilidad de la persona o entidad solicitante y/o del proyecto solicitado.
Séptimo. Financiación, partida presupuestaria y cuantía máxima de las subvenciones
a otorgar con la convocatoria.
Atendiendo a lo dispuesto en la Disposición Adicional Única de las bases reguladoras,
se consigna crédito presupuestario para la financiación de las ayudas correspondientes
a la presente convocatoria por importe de 201.063.078 euros con cargo a al presupuesto
de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).
Las subvenciones estarán cofinanciadas al 85% por la Unión Europea, dentro del
Programa Andalucía FEDER 2021-2027, en las medidas A411CA21EB y A411CB21EB, cada
una de las cuales se corresponden con un tipo de acción, por un lado, el tipo de acción A.
Fomento del emprendimiento y por otro el tipo de acción B. Fomento del crecimiento, la
competitividad y la consolidación de las PYMES en el ámbito de intervención 021. Desarrollo
empresarial e internacionalización de las PYMES, incluidas las inversiones productivas.
Las partidas presupuestarias con cargo a las que se imputará el gasto de estas
subvenciones son las siguientes:
IMPORTE MÁXIMO
40.000.000 €
161.063.78 €
En el supuesto de que antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes se
agotara el presupuesto establecido en la presente convocatoria, la Agencia Empresarial
para la Transformación y el Desarrollo Económico publicará en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía la correspondiente resolución para su general conocimiento. En tal
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304517
PARTIDA PRESUPUESTARIA
1051 17 0003 G/72B/ 770000/ 00/ A411CA21EB 2024001230
1051 17 0003 G/72B/ 770000/ 00/ A411CB21EB 2024001225
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 130 - Viernes, 5 de julio de 2024
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de la Comisión, de 17 de junio de 2014, y que cumplan con los requisitos y condiciones
establecidos en el apartado 2.2.a) y en el apartado 4 del cuadro resumen de la línea de
subvención del Decreto 114/2024, de 18 de junio.
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará a las 9:00 horas del tercer día
hábil posterior a la publicación del Extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía en la forma prevista en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones y finalizará a las 14:00 horas del 30 de diciembre
de 2027.
Quinto. Aprobación de formularios y presentación de solicitudes.
Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 12 de las bases reguladoras se aprueban con
esta convocatoria el formulario de solicitud, así como el de alegaciones/aceptación que
se incorporan respectivamente como anexos a la presente resolución.
Dichos formularios se encuentran incorporados en la herramienta telemática de
tramitación de solicitudes.
Las solicitudes para la obtención de las subvenciones deberán cumplimentarse
telemáticamente con los medios electrónicos disponibles en la dirección de Internet de la
Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico.
Las solicitudes y los documentos que la acompañan se presentarán a través de la
dirección electrónica: www.andaluciatrade.es/oficinavirtual sin perjuicio de lo establecido
en el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, siendo obligatoria la presentación
telemática de las mismas.
Sexto. Otra documentación adicional.
Durante la tramitación de los expedientes de ayuda, además de la documentación
expresamente identificada en los apartados 14.a) 1 y 2 del cuadro resumen, podrá ser
necesario solicitar otra documentación adicional exclusivamente relacionada con la
comprobación de la elegibilidad de la persona o entidad solicitante y/o del proyecto solicitado.
Séptimo. Financiación, partida presupuestaria y cuantía máxima de las subvenciones
a otorgar con la convocatoria.
Atendiendo a lo dispuesto en la Disposición Adicional Única de las bases reguladoras,
se consigna crédito presupuestario para la financiación de las ayudas correspondientes
a la presente convocatoria por importe de 201.063.078 euros con cargo a al presupuesto
de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).
Las subvenciones estarán cofinanciadas al 85% por la Unión Europea, dentro del
Programa Andalucía FEDER 2021-2027, en las medidas A411CA21EB y A411CB21EB, cada
una de las cuales se corresponden con un tipo de acción, por un lado, el tipo de acción A.
Fomento del emprendimiento y por otro el tipo de acción B. Fomento del crecimiento, la
competitividad y la consolidación de las PYMES en el ámbito de intervención 021. Desarrollo
empresarial e internacionalización de las PYMES, incluidas las inversiones productivas.
Las partidas presupuestarias con cargo a las que se imputará el gasto de estas
subvenciones son las siguientes:
IMPORTE MÁXIMO
40.000.000 €
161.063.78 €
En el supuesto de que antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes se
agotara el presupuesto establecido en la presente convocatoria, la Agencia Empresarial
para la Transformación y el Desarrollo Económico publicará en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía la correspondiente resolución para su general conocimiento. En tal
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304517
PARTIDA PRESUPUESTARIA
1051 17 0003 G/72B/ 770000/ 00/ A411CA21EB 2024001230
1051 17 0003 G/72B/ 770000/ 00/ A411CB21EB 2024001225