Autoridades y personal. . (2024/129-31)
Resolución de 27 de junio de 2024, de la Universidad de Almería, por la que se convocan a concurso público 12 Contratos Predoctorales para la Formación del Personal Investigador del Plan Propio de Investigación y Transferencia 2024-2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 129 - Jueves, 4 de julio de 2024

página 47472/8

8. Carácter del contrato.
8.1. Las personas beneficiarias dispondrán de un contrato de duración determinada
(contrato predoctoral), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley de la
Ciencia. Las personas beneficiarias de los contratos propuestos en la resolución definitiva
tendrán que acreditar la matrícula en un programa de doctorado en el curso 2023-2024.
El disfrute de la ayuda exige dedicación exclusiva a tiempo completo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00304422

7.4. Las reclamaciones presentadas serán resueltas por la Comisión de Investigación.
Resueltas las posibles reclamaciones o transcurrido el plazo establecido al efecto sin que
se hayan producido, se elevará la propuesta de adjudicación definitiva al Rector.
7.5. El Rector dictará resolución aprobando, en su caso, dicha propuesta y adjudicando
los contratos en cuestión, adjudicación que se hará pública en la web indicada en la base 5.
La resolución se dictará en el plazo máximo de seis meses, contados a partir de la
fecha de finalización de presentación de solicitudes. En el supuesto de no producirse
la resolución en el plazo establecido, se entenderán desestimadas las solicitudes. La
resolución dictada resolviendo las ayudas agota la vía administrativa.
7.6. Se concederán tres contratos por cada uno de los Grupos de Áreas que se
relacionan en el Anexo A del Plan Propio de Investigación y Transferencia 2024-2025. La
asignación se hará atendiendo a los siguientes pasos:
i) En primer lugar, las ayudas se irán concediendo a las personas mejores clasificadas
de los diferentes Ámbitos (A1, A2, A3, B1, B2, etc.) de cada Grupo de Áreas (A, B,
C y D).
ii) En segundo lugar, en el caso de que no haya personas candidatas en algún Ámbito,
dentro de un Grupo de Área, se asignará a la persona segunda mejor clasificada
dentro del Grupo de Área, y así sucesivamente.
iii) Por último, si un Grupo de Áreas no tiene personas candidatas suficientes, los
contratos sobrantes se asignarán a las personas mejores calificadas del resto de
Grupos de Áreas.
La adscripción de la persona solicitante a un determinado Ámbito vendrá definida por
el Área de Conocimiento del director o directora que avala la solicitud
7.7. En caso de igualdad de puntuación entre personas candidatas, tendrán preferencia
las personas que acrediten una discapacidad igual o superior al 33%. En caso de que
se mantenga el empate, entonces tendrán preferencia las solicitudes presentadas por
mujeres. Finalmente, si el permanece el empate, se asignará: primero en función de la
puntuación obtenida en el apartado A del baremo, segundo en función de la puntuación
obtenida en el apartado B y, tercero, en función de la puntuación obtenida en artículos
(dentro del apartado C).
7.8. Las renuncias que se produzcan entre los contratados de nueva concesión por
conseguir éstos una ayuda similar en la correspondiente convocatoria de ayudas FPU
o FPI del Plan Nacional, autonómico, o por cualquier otro motivo, podrán cubrirse por
los siguientes clasificados de cada grupo. No se cubrirán las renuncias que se realicen
con posterioridad a la siguiente convocatoria de contratos predoctorales del Plan Propio
de Investigación y Transferencia. El suplente podrá disfrutar la ayuda completa desde el
momento en que se produce la renuncia. La fecha de incorporación no podrá ser superior
a 15 días desde la notificación de la vacante.
7.9. Las personas beneficiarias dispondrán de 5 días hábiles, contados a partir del día
siguiente al de la publicación en el Tablón Oficial de la Sede Electrónica de la Universidad
de Almería, para aceptar o rechazar el contrato. La fecha de incorporación vendrá
definida en la resolución de concesión, que en todo caso no podrá exceder los 15 días
desde la fecha de resolución de la convocatoria.
Las personas extranjeras que no pertenezcan a la Unión Europea y que para la
formalización del contrato precisen trámites que no puedan resolverse en ese plazo
dispondrán de hasta 60 días hábiles.