Disposiciones generales. . (2024/129-4)
Extracto de la Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se convocan para el año 2024 las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para la celebración de congresos, cursos, seminarios, jornadas y otras actividades de naturaleza similar en materia de justicia juvenil y cooperación.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 129 - Jueves, 4 de julio de 2024
página 47422/3
Sexto. Plazo de ejecución.
1. El plazo dentro del cual deben haberse realizado los gastos subvencionables será:
a) Línea 1. Fomento de la generación de conocimiento e incremento de la formación
entre los distintos operadores que intervienen en el ámbito de la asistencia a las víctimas
y de la justicia juvenil, desde el 1 de enero hasta el 31 de octubre de 2024.
b) Línea 2. Fomento de la generación de conocimiento e incremento de la formación
entre los distintos operadores que intervienen en los ámbitos de justicia gratuita,
mediación y otros medios adecuados de solución de controversias, y régimen jurídico de
las asociaciones, fundaciones y colegios profesionales, desde el 1 de enero hasta el 31
de octubre de 2024.
Séptimo. Otros.
Las solicitudes tramitadas al amparo de esta convocatoria se regirán en todos sus
aspectos, entre ellos, los requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos
y los órganos competentes para instruir y resolver, por lo establecido en las bases
reguladoras, aprobadas mediante Orden de 1 de mayo de 2024, de la Consejería Justicia,
Administración Local y Función Pública.
00304372
El Director General de Justicia Juvenil y Cooperación, Fdo.: Esteban Rondón Mata.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 129 - Jueves, 4 de julio de 2024
página 47422/3
Sexto. Plazo de ejecución.
1. El plazo dentro del cual deben haberse realizado los gastos subvencionables será:
a) Línea 1. Fomento de la generación de conocimiento e incremento de la formación
entre los distintos operadores que intervienen en el ámbito de la asistencia a las víctimas
y de la justicia juvenil, desde el 1 de enero hasta el 31 de octubre de 2024.
b) Línea 2. Fomento de la generación de conocimiento e incremento de la formación
entre los distintos operadores que intervienen en los ámbitos de justicia gratuita,
mediación y otros medios adecuados de solución de controversias, y régimen jurídico de
las asociaciones, fundaciones y colegios profesionales, desde el 1 de enero hasta el 31
de octubre de 2024.
Séptimo. Otros.
Las solicitudes tramitadas al amparo de esta convocatoria se regirán en todos sus
aspectos, entre ellos, los requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos
y los órganos competentes para instruir y resolver, por lo establecido en las bases
reguladoras, aprobadas mediante Orden de 1 de mayo de 2024, de la Consejería Justicia,
Administración Local y Función Pública.
00304372
El Director General de Justicia Juvenil y Cooperación, Fdo.: Esteban Rondón Mata.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja